ROSARIO
La Justicia condenó a una prepaga a cubrir el test de covid-19 a una mujer embarazada
Lunes 24 de
Agosto 2020
Una jueza de Rosario hizo lugar al amparo presentado y remarcó que "están implicados los derechos a la salud y a la protección de la vida de la persona por nacer que requieren un inmediato tratamiento".
La jueza María Silvia Beduino, titular del juzgado Civil y Comercial N° 17 de Rosario, dispuso que la empresa de medicina prepaga Plenit cubra el costo del análisis para detección de coronavirus de una mujer embarazada que transitaba la semana 37 de gestación.
El resultado del hisopado es requerido a partir de la semana 38 de gestación para mujeres que transitan un embarazo y, debido a que Plenit se negaba a pagarlo por no estar incluido en el Programa Médico Obligatorio (PMO), la asociada presentó un amparo en los Tribunales de Rosario.
La jueza Beduino resolvió la medida cautelar priorizando la protección de la salud de la madre y del niño por nacer, teniendo en cuenta el eventual perjuicio que podría significar rechazar el amparo, cuya consecuencia sería mucho más perjudicial para la demandante que autorizar el tratamiento. Por su parte, la prepaga Plenit alegó una cuestión de competencia territorial. Al responder los agravios argumentó que debía intervenir la Justicia Federal y no la provincial. Si bien la jueza Beduino coincidió con esa postura, hizo prevalecer aspectos urgentes del caso.
Al resolver la medida cautelar remarcó que “están implicados los derechos a la salud y a la protección de la vida de la persona por nacer que requieren un inmediato tratamiento”.
Aunque la magistrada atendió esa cuestión urgente, se declaró incompetente para expedirse sobre el fondo del asunto, y ordenó que la causa sea remitida a la Justicia Federal.
El resultado del hisopado es requerido a partir de la semana 38 de gestación para mujeres que transitan un embarazo y, debido a que Plenit se negaba a pagarlo por no estar incluido en el Programa Médico Obligatorio (PMO), la asociada presentó un amparo en los Tribunales de Rosario.
La jueza Beduino resolvió la medida cautelar priorizando la protección de la salud de la madre y del niño por nacer, teniendo en cuenta el eventual perjuicio que podría significar rechazar el amparo, cuya consecuencia sería mucho más perjudicial para la demandante que autorizar el tratamiento. Por su parte, la prepaga Plenit alegó una cuestión de competencia territorial. Al responder los agravios argumentó que debía intervenir la Justicia Federal y no la provincial. Si bien la jueza Beduino coincidió con esa postura, hizo prevalecer aspectos urgentes del caso.
Al resolver la medida cautelar remarcó que “están implicados los derechos a la salud y a la protección de la vida de la persona por nacer que requieren un inmediato tratamiento”.
Aunque la magistrada atendió esa cuestión urgente, se declaró incompetente para expedirse sobre el fondo del asunto, y ordenó que la causa sea remitida a la Justicia Federal.
Con información de
Aire de Santa Fe

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