Cuáles serán los feriados "puente" del próximo año
Viernes 27 de
Noviembre 2020
El Gobierno definió cuáles serán estableció los “feriados con fines turísticos” del 2021, a través del Decreto 947/2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
Según se precisó, los feriados "puente" serán el lunes 24 de mayo, en la antesala de la jornada patria en recuerdo a la Revolución de Mayo; el viernes 8 de octubre, en la previa del Día del Respeto a la Diversidad Cultural; y el lunes 22 de noviembre, posterior al Día de la Soberanía Nacional.
Entre los considerandos del Decreto de este viernes, el Gobierno señaló que, a partir de la Ley N° 27.399, se facultó al Poder Ejecutivo “a fijar anualmente hasta 3 días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.
En este sentido, sostuvo que estos feriados están “relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo”.
El calendario de feriados 2021 quedaría posiblemente de la siguiente manera:
1 de enero: Año Nuevo
15 de febrero: Carnaval
16 de febrero: Carnaval
24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
1 de abril: Jueves Santo
2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, y Viernes Santo
1 de mayo: Día del Trabajador
24 de mayo: Feriado con fines turísticos
25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
20 de junio: Día del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
21 de junio: Día del Paso a la Inmortalidad del General Martín de Güemes
9 de julio: Día de la Independencia
16 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
8 de octubre: Feriado con fines turísticos
11 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
22 de noviembre: Feriado con fines turísticos
8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre: Navidad
Entre los considerandos del Decreto de este viernes, el Gobierno señaló que, a partir de la Ley N° 27.399, se facultó al Poder Ejecutivo “a fijar anualmente hasta 3 días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.
En este sentido, sostuvo que estos feriados están “relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo”.
El calendario de feriados 2021 quedaría posiblemente de la siguiente manera:
1 de enero: Año Nuevo
15 de febrero: Carnaval
16 de febrero: Carnaval
24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
1 de abril: Jueves Santo
2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, y Viernes Santo
1 de mayo: Día del Trabajador
24 de mayo: Feriado con fines turísticos
25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
20 de junio: Día del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
21 de junio: Día del Paso a la Inmortalidad del General Martín de Güemes
9 de julio: Día de la Independencia
16 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
8 de octubre: Feriado con fines turísticos
11 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
22 de noviembre: Feriado con fines turísticos
8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre: Navidad
Con información de
Ámbito

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