Se prorrogó hasta el 8 de enero la opción de presentar un PCR negativo o hacer cuarentena para argentinos y residentes llegados del exterior
Sábado 19 de
Diciembre 2020
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), y el Ministerio de Salud, informó que se prorrogará hasta el 8 de enero inclusive la disposición que determina que los ciudadanos argentinos, nativos y residentes, puedan optar por presentar PCR negativo o realizar el aislamiento como requisito para el ingreso al territorio nacional.
Además, desde mañana quedarán exceptuados del cumplimiento de este requisito los menores de 6 años de todos los países habilitados para el ingreso al país ya sean argentinos, residentes o extranjeros, provenientes de países limítrofes o con familiares argentinos. El único requerimiento para su ingreso será la presentación de una Declaración Jurada electrónica y seguro COVID si ingresan como turistas.
Según informó el Ministerio del Interior, con esta nueva ampliación del plazo busca que los argentinos que viajaron por vacaciones o cualquier otro motivo, no sufran contratiempos en los viajes planificados.
El requisito migratorio de un PCR empezaba a regir desde las 00 del domingo 6 de diciembre, se prolongó en principio con carácter de optativo hasta las 00 del miércoles 16, y ahora se estipuló una nueva extensión que alcanza a todos los argentinos nativos y extranjeros residentes.
La realización del PCR no podrá ser previa a 72 horas del embarque y se deberá adjuntar a la Declaración Jurada electrónica que se debe completar dentro de las 48 horas previas a embarcar.
Los requisitos para el ingreso al territorio nacional son los siguientes:
Argentinos nativos y extranjeros residentes en el país:
1) Completar Declaración Jurada electrónica (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar.
2) Se puede optar por PCR negativo o realizar cuarentena.
3) A partir de 8 de enero a las 00 debe presentar PCR negativo en forma obligatoria.
Extranjeros nativos o con residencia en países limítrofes:
1) Completar Declaración Jurada electrónico (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar.
2) PCR negativo (no más de 72 hs. previas a embarcar), adjuntar a DDJJ y presentar el certificado del test en formato físico en el momento del embarque.
3) Seguro médico Covid-19, adjuntar a DDJJ y presentar físico en el momento del embarque.
Extranjeros con familiares directos de nacionalidad argentina y residentes en el país:
Podrán realizar gestión ante: 1) consulado, 2) Dirección Nacional de Migraciones
1) Consulado:
”Visa por reunificación familiar” cuesta entre 550 y 850 dólares y habilita al extranjero a solicitar la residencia permanente en Argentina.
Pasos:
a) Presentar certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar.
b) Cancillería de intervención a Ministerio de Salud y Dirección Nacional de Migraciones para autorizar el ingreso.
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica con PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque).
d) Presentar PCR negativo físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo.
2) Dirección Nacional de Migraciones:
Para visita de familiar argentino (no otorga residencia) con tasa migratoria de 9.000 pesos (Decreto N° 865/19 artículo 1° inciso m).
Pasos:
a) Presentar ante la aerolínea certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes.
b) Presentar ante la aerolínea nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica donde debe adjuntar PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque) y seguro médico Covid-19.
d) Presentar PCR negativo físico y seguro médico Covid-19 físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo.
Según informó el Ministerio del Interior, con esta nueva ampliación del plazo busca que los argentinos que viajaron por vacaciones o cualquier otro motivo, no sufran contratiempos en los viajes planificados.
El requisito migratorio de un PCR empezaba a regir desde las 00 del domingo 6 de diciembre, se prolongó en principio con carácter de optativo hasta las 00 del miércoles 16, y ahora se estipuló una nueva extensión que alcanza a todos los argentinos nativos y extranjeros residentes.
La realización del PCR no podrá ser previa a 72 horas del embarque y se deberá adjuntar a la Declaración Jurada electrónica que se debe completar dentro de las 48 horas previas a embarcar.
Los requisitos para el ingreso al territorio nacional son los siguientes:
Argentinos nativos y extranjeros residentes en el país:
1) Completar Declaración Jurada electrónica (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar.
2) Se puede optar por PCR negativo o realizar cuarentena.
3) A partir de 8 de enero a las 00 debe presentar PCR negativo en forma obligatoria.
Extranjeros nativos o con residencia en países limítrofes:
1) Completar Declaración Jurada electrónico (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar.
2) PCR negativo (no más de 72 hs. previas a embarcar), adjuntar a DDJJ y presentar el certificado del test en formato físico en el momento del embarque.
3) Seguro médico Covid-19, adjuntar a DDJJ y presentar físico en el momento del embarque.
Extranjeros con familiares directos de nacionalidad argentina y residentes en el país:
Podrán realizar gestión ante: 1) consulado, 2) Dirección Nacional de Migraciones
1) Consulado:
”Visa por reunificación familiar” cuesta entre 550 y 850 dólares y habilita al extranjero a solicitar la residencia permanente en Argentina.
Pasos:
a) Presentar certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar.
b) Cancillería de intervención a Ministerio de Salud y Dirección Nacional de Migraciones para autorizar el ingreso.
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica con PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque).
d) Presentar PCR negativo físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo.
2) Dirección Nacional de Migraciones:
Para visita de familiar argentino (no otorga residencia) con tasa migratoria de 9.000 pesos (Decreto N° 865/19 artículo 1° inciso m).
Pasos:
a) Presentar ante la aerolínea certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente, copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes.
b) Presentar ante la aerolínea nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica donde debe adjuntar PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque) y seguro médico Covid-19.
d) Presentar PCR negativo físico y seguro médico Covid-19 físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo.
Con información de
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