El ministerio de Salud habilitó la vacunación con la Sputnik V a embarazadas, personas lactantes y grupos de riesgo
Jueves 11 de
Febrero 2021
Las personas embarazadas, en período de lactancia, inmunocomprometidas o con enfermedades autoinmunes que estén consideradas como parte de la “población objetivo” por el Gobierno nacional podrán inmunizarse con la vacuna rusa Sputnik V.
Es decir, la medida habilita a quienes reúnan esas características y formen parte del sector prioritario para la campaña nacional de vacunación contra la COVID-19, como los trabajadores expuestos al contagio -como el personal de salud o docente- o los grupos de riesgo con enfermedades subyacentes.
La resolución fue impulsada por la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNaIn) del ministerio de Salud de la Nación y adoptada “en consenso con diversas sociedades científicas y expertos externos a la cartera sanitaria nacional, en línea con los análisis recomendaciones publicadas en las últimas semanas en otros países”.
La medida se informó a través de un memorándum, titulado “Sputnik V: actualización sobre situaciones especiales en la población a vacunar”, con fecha del 10 de febrero. El texto señala que, de acuerdo a lo resuelto por las autoridades sanitarias, se “excluye el concepto de ‘contraindicación para la vacunación contra la COVID-19’ para “embarazadas, mujeres en período de lactancia, personas inmunocomprometidas o con enfermedades autoinmunes que formen parte de los grupos que pertenecen a la población objetivo a vacunar”.
Por lo tanto, podrán optar por inmunizarse aquellas embarazadas, mujeres en período de lactancia, personas inmunocomprometidas o con enfermedades autoinmunes que presenten un riesgo de exposición alto al virus Sars Cov-2 y que no pueda evitarse, como el personal de salud, “personal estratégico”, docente y no docente de los niveles inicial, primario y secundario.
También tendrán el permiso prioritario los que presenten enfermedades subyacentes, como diabetes, obesidad grado 2 o mayor (IMC mayor o igual a 35 kg/m2) o enfermedades crónicas renales, respiratorias o cardíacas.
Sin embargo, las personas quedarán habilitadas a inmunizarse “siempre y cuando la plataforma de la vacuna utilizada no sea a virus vivos y atenuados”, dice el texto con firma del director nacional de Control de Enfermedades Transmisibles, Juan Manuel Castelli.
De acuerdo a la iniciativa, la recomendación se sustenta “en la necesidad de realizar una evaluación individualizada del beneficio que puede ofrecer la vacunación en estas condiciones especiales (embarazo, lactancia, inmunocompromiso y enfermedades autoinmunes) en caso de poblaciones de alto riesgo”.
Entre los fundamentos, la autoridad sanitaria apuntó que el riesgo a presentar eventos adversos graves “es muy poco probable”, aunque reconoce la carencia de datos fehacientes sobre ensayos clínicos en la población señalada. Sin embargo, los expertos sopesan los escenarios posibles y aclaran: “La contraindicación de la vacunación en población de riesgo por falta, fundamentalmente, de evidencia en relación a la eficacia vacunal en estas condiciones especiales, dejaría expuesto al individuo a un alto riesgo epidemiológico considerando su mayor vulnerabilidad”.
Aún con el permiso definido, el ministerio de Salud recomienda al interesado la “consulta previa con personal de salud idóneo que brinde la información pertinente previo al acto de vacunación, en función de priorizar la decisión personal e individual de recibir la vacuna, evaluando el beneficio que ofrece la vacunación en relación al potencial riesgo de recibirla, y conociendo las condiciones actuales en las que se encuentran los conocimientos científicos en relación a datos de seguridad y eficacia”.
“Se recomienda también el seguimiento clínico posterior de ésta población en situaciones especiales, en caso de decidir vacunarse”, instruye la autoridad sanitaria.
La resolución fue impulsada por la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNaIn) del ministerio de Salud de la Nación y adoptada “en consenso con diversas sociedades científicas y expertos externos a la cartera sanitaria nacional, en línea con los análisis recomendaciones publicadas en las últimas semanas en otros países”.
La medida se informó a través de un memorándum, titulado “Sputnik V: actualización sobre situaciones especiales en la población a vacunar”, con fecha del 10 de febrero. El texto señala que, de acuerdo a lo resuelto por las autoridades sanitarias, se “excluye el concepto de ‘contraindicación para la vacunación contra la COVID-19’ para “embarazadas, mujeres en período de lactancia, personas inmunocomprometidas o con enfermedades autoinmunes que formen parte de los grupos que pertenecen a la población objetivo a vacunar”.
Por lo tanto, podrán optar por inmunizarse aquellas embarazadas, mujeres en período de lactancia, personas inmunocomprometidas o con enfermedades autoinmunes que presenten un riesgo de exposición alto al virus Sars Cov-2 y que no pueda evitarse, como el personal de salud, “personal estratégico”, docente y no docente de los niveles inicial, primario y secundario.
También tendrán el permiso prioritario los que presenten enfermedades subyacentes, como diabetes, obesidad grado 2 o mayor (IMC mayor o igual a 35 kg/m2) o enfermedades crónicas renales, respiratorias o cardíacas.
Sin embargo, las personas quedarán habilitadas a inmunizarse “siempre y cuando la plataforma de la vacuna utilizada no sea a virus vivos y atenuados”, dice el texto con firma del director nacional de Control de Enfermedades Transmisibles, Juan Manuel Castelli.
De acuerdo a la iniciativa, la recomendación se sustenta “en la necesidad de realizar una evaluación individualizada del beneficio que puede ofrecer la vacunación en estas condiciones especiales (embarazo, lactancia, inmunocompromiso y enfermedades autoinmunes) en caso de poblaciones de alto riesgo”.
Entre los fundamentos, la autoridad sanitaria apuntó que el riesgo a presentar eventos adversos graves “es muy poco probable”, aunque reconoce la carencia de datos fehacientes sobre ensayos clínicos en la población señalada. Sin embargo, los expertos sopesan los escenarios posibles y aclaran: “La contraindicación de la vacunación en población de riesgo por falta, fundamentalmente, de evidencia en relación a la eficacia vacunal en estas condiciones especiales, dejaría expuesto al individuo a un alto riesgo epidemiológico considerando su mayor vulnerabilidad”.
Aún con el permiso definido, el ministerio de Salud recomienda al interesado la “consulta previa con personal de salud idóneo que brinde la información pertinente previo al acto de vacunación, en función de priorizar la decisión personal e individual de recibir la vacuna, evaluando el beneficio que ofrece la vacunación en relación al potencial riesgo de recibirla, y conociendo las condiciones actuales en las que se encuentran los conocimientos científicos en relación a datos de seguridad y eficacia”.
“Se recomienda también el seguimiento clínico posterior de ésta población en situaciones especiales, en caso de decidir vacunarse”, instruye la autoridad sanitaria.
Con información de
Infobae
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