
La selectividad del poder y la erosión del Estado de Derecho
Miércoles 22 de
Julio 2026

Por:
Carlos Damián Renna, abogado penalista, Dr. en ciencias penales, ex juez de Cámara Penal
Se advierte que actualmente, en algunos casos, el Estado violenta el principio de inocencia y debido proceso penal, al acusar públicamente y en forma mediática a personas que aparecen como supuestos sospechosos de algún hecho ilícito menor; y en otros casos, respeta el derecho de defensa, el principio de inocencia y debido proceso, esperando que la resolución judicial quede firme en segunda instancia lo cual debería hacer siempre como respeto a todos los ciudadanos.
Esto da de lleno en una de las mayores distorsiones del ejercicio del poder: la aplicación instrumental de la ley. Cuando las garantías procesales y los principios de justicia dejan de ser universales y se convierten en “un privilegio asignado según la afinidad política”, la justicia se transforma en una herramienta de “persecución o impunidad”. Máxime cuando el poder ejecutivo interfiere permanentemente en las decisiones del poder judicial, llegando en algunos casos al supuesto de tráfico de influencias.
Las dos caras de la misma moneda:
Este fenómeno se manifiesta mediante dos comportamientos contradictorios pero complementarios:
“Garantismo selectivo para el aliado”: Cuando se trata de sectores afines o de miembros de fuerzas de seguridad involucrados en abusos o delitos graves, el discurso del poder apela de inmediato a la presunción de inocencia, al debido proceso y al amparo institucional. Las garantías constitucionales se transforman en un escudo absoluto.
“Punitivismo o autoritarismo para el adversario”: Cuando el investigado es un opositor, un disidente o alguien ajeno al marco de alianzas del gobierno, el criterio cambia radicalmente. Se apela a la condena social inmediata, a la rigorización de las medidas preventivas y a un juzgamiento sumario, desconociendo los mismos derechos que antes se blindaban.
Esto lamentablemente tiene consecuencias sobre el sistema democrático cuando proviene de un poder del Estado:
a.- Ruptura de la “igualdad ante la ley” Art 16 CN: Se crean implícitamente dos categorías de ciudadanos: quienes cuentan con protección política e inmunidad de facto, y quienes quedan expuestos al máximo rigor de la ley.
b.- Pérdida de legitimidad institucional: Cuando la ciudadanía percibe que la severidad de la justicia depende del carnet de afiliación o de la lealtad al régimen de turno, se destruye la confianza en los jueces, fiscales y fuerzas de seguridad.
c.- Vaciado conceptual: Términos fundamentales como "debido proceso", "derechos humanos" o "garantismo" terminan degradándose en meras herramientas retóricas que se usan o se descartan según la conveniencia del momento (Ar. 18 de la CN).

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