La selectividad del poder y la erosión del Estado de Derecho

Miércoles 22 de Julio 2026 - 11:44
Por: Carlos Damián Renna, abogado penalista, Dr. en ciencias penales, ex juez de Cámara Penal

Se advierte que actualmente, en algunos casos, el Estado violenta el principio de inocencia y debido proceso penal, al acusar públicamente y en forma mediática a personas que aparecen como supuestos sospechosos de algún hecho ilícito menor; y en otros casos, respeta el derecho de defensa, el principio de inocencia y debido proceso, esperando que la resolución judicial quede firme en segunda instancia lo cual debería hacer siempre como respeto a todos los ciudadanos.
 
Esto da de lleno en una de las mayores distorsiones del ejercicio del poder: la aplicación instrumental de la ley. Cuando las garantías procesales y los principios de justicia dejan de ser universales y se convierten en “un privilegio asignado según la afinidad política”, la justicia se transforma en una herramienta de “persecución o impunidad”. Máxime cuando el poder ejecutivo interfiere permanentemente en las decisiones del poder judicial, llegando en algunos casos al supuesto de tráfico de influencias.

 
Las dos caras de la misma moneda:

 
Este fenómeno se manifiesta mediante dos comportamientos contradictorios pero complementarios:
 
“Garantismo selectivo para el aliado”: Cuando se trata de sectores afines o de miembros de fuerzas de seguridad involucrados en abusos o delitos graves, el discurso del poder apela de inmediato a la presunción de inocencia, al debido proceso y al amparo institucional. Las garantías constitucionales se transforman en un escudo absoluto.
 
“Punitivismo o autoritarismo para el adversario”: Cuando el investigado es un opositor, un disidente o alguien ajeno al marco de alianzas del gobierno, el criterio cambia radicalmente. Se apela a la condena social inmediata, a la rigorización de las medidas preventivas y a un juzgamiento sumario, desconociendo los mismos derechos que antes se blindaban.


 
Esto lamentablemente tiene consecuencias sobre el sistema democrático cuando proviene de un poder del Estado:
 
a.- Ruptura de la “igualdad ante la ley” Art 16 CN: Se crean implícitamente dos categorías de ciudadanos: quienes cuentan con protección política e inmunidad de facto, y quienes quedan expuestos al máximo rigor de la ley.
 
b.- Pérdida de legitimidad institucional: Cuando la ciudadanía percibe que la severidad de la justicia depende del carnet de afiliación o de la lealtad al régimen de turno, se destruye la confianza en los jueces, fiscales y fuerzas de seguridad.
 
c.- Vaciado conceptual: Términos fundamentales como "debido proceso", "derechos humanos" o "garantismo" terminan degradándose en meras herramientas retóricas que se usan o se descartan según la conveniencia del momento (Ar. 18 de la CN).


NOTA22.COM


Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com

LO MÁS VISTO
¿Pullaro creó un cargo de planta permanente a medida para la vocera Virginia Coudannes?
El Decreto N.º 2115/2026 reubica a María Virginia Coudannes, vocera del Gobierno de Santa Fe, en una jefatura de Categoría 06, dentro de una estructura administrativa reorganizada bajo la órbita de la Gobernación.
Este régimen estableció tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica.
Las tasas informadas por las entidades van del 16% al 24% anual. Cuál es el rendimiento estimado al invertir $1 millón durante un mes.
El Gobierno postergó hasta diciembre la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral

arrow_upward