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Las empleadas del Estado nacional que no trabajaron el 8M no sufrirán descuentos en su sueldo

Martes 16 de Marzo 2021

Unas semanas después de la movilización, el Gobierno confirmó que las empleadas del sector público nacional que se hayan ausentado en sus trabajos el 8 de marzo pasado para participar de las actividades por el Día Internacional de la Mujer, no sufrirán descuentos en su sueldo.
Mediante la Resolución 21/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial y firmada por la secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ana Gabriela Castellani, se anunció que la inasistencia en esa fecha “podrá ser justificada con goce de haberes”.
 
Esta medida rige para todas “las trabajadoras del Sector Público Nacional, que revistan en Plantas Permanentes, Plantas Transitorias, Personal de Gabinete, Contratos Temporarios, y/o que mantengan toda otra vinculación jurídica de prestación de servicios de carácter laboral y/o personal”.
 
De esta manera, según precisaron las autoridades nacionales “no se deberán efectuar descuentos por el día, ni impactará en el presentismo” el hecho de haber faltado a sus tareas habituales para asistir a las manifestaciones “relacionadas con las medidas de lucha del 8M”.
 
Durante ese día, una multitud marchó desde las 17 horas por Avenida de Mayo y 9 de Julio hacia el Congreso con varias consignas como bandera. La principal: “Trabajadoras somos todas. Vivas, libres y desendeudadas nos queremos”.
 
“Seguimos sosteniendo el paro como herramienta feminista, como propulsor de aquello que venimos imaginando en la calle y en las asambleas, en los trabajos, en las casas y en las camas. En las escuelas, en los hospitales y barrios”, explicaron desde el colectivo Ni Una Menos a través de un comunicado.
 
Entre los considerandos de la Resolución, el Gobierno recordó que “el día Internacional de la Mujer es celebrado por las Naciones Unidas desde 1975, y así fue proclamado por su Asamblea en 1977″.
 
Además, remarcó que “la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer con jerarquía constitucional, establece en su artículo 2º que los Estados Partes condenan la discriminación” contra este sector de la población “en todas sus formas” y “convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar” este problema.
 
Por otro lado, el Poder Ejecutivo explicó que, a nivel local, “la Ley N° 25.164 en su artículo 16 establece los derechos del trabajador”, entre los cuales se mencionan la “igualdad de oportunidades en la carrera” y las “licencias, justificaciones y franquicias”.
 
Además, se mencionó el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006, el cual regula el empleo público y estableció “condiciones y medio ambiente de trabajo dignas libres de violencia; derecho a la no discriminación con pretexto de raza, etnia, género, sexo, orientación o preferencia sexual, ideología, actividad gremial, opinión, religión, edad, caracteres físicos, condición social o económica o cualquier otra que implique menoscabo, segregación y/o exclusión”.
 
Esta norma también ratificó el derecho “a disponer en el ámbito laboral de un espacio privado, cómodo y exclusivo para trabajadoras madres en período de lactancia con el objeto de contribuir y facilitar la voluntad de las mismas de reincorporarse” a sus puestos.
 
Por todo esto, el Gobierno aseguró que “la Nación Argentina ha tomado como política de Estado eliminar las barreras culturales e ideológicas que pregonen, fomenten o sostengan la desigualdad contra las mujeres, incorporando a su Derecho Interno la mencionada Convención otorgándole supremacía Constitucional”.
 
Por último, las autoridades consideraron que “la lucha de las mujeres por un futuro igualitario requiere de una vocación activa y constante”.

Con información de Infobae

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