Cafiero firmó una resolución que dificulta el acceso a la información: de qué se trata
Martes 13 de
Abril 2021
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, firmó una resolución en la que se faculta a cualquier funcionario que sea subsecretario o superior a ese cargo -dentro de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación- la posibilidad de emitir el acto denegatorio de información.
"Delégase en los Titulares de unidades organizacionales de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con rango equivalente o superior a subsecretario, la facultad para emitir el acto denegatorio de información dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública", consigna el artículo 1 de la Resolución 323/2021, que se publicó este martes en el Boletín Oficial.
Esta medida, básicamente, implica un obstáculo más para los periodistas, las organizaciones y los ciudadanos que quieren hacer uso de su derecho de acceso a la información pública.
Entre los considerandos del texto, señalan que "la Ley N° 27.275 y su modificatorio tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública".
"La mencionada Ley N° 27.275 y su modificatorio establece que el sujeto requerido, solo podrá negarse a brindar la información solicitada por acto fundado, y que dicha denegatoria debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida", aclaran.
De acuerdo con el documento oficial, la resolución entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
Esta medida, básicamente, implica un obstáculo más para los periodistas, las organizaciones y los ciudadanos que quieren hacer uso de su derecho de acceso a la información pública.
Entre los considerandos del texto, señalan que "la Ley N° 27.275 y su modificatorio tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública".
"La mencionada Ley N° 27.275 y su modificatorio establece que el sujeto requerido, solo podrá negarse a brindar la información solicitada por acto fundado, y que dicha denegatoria debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida", aclaran.
De acuerdo con el documento oficial, la resolución entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
Con información de
Cronista


Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com
LO MÁS VISTO
El principal problema de incorporar una penalidad sobre discurso de odio en la legislación
En primer lugar, debemos definir que es un discurso.
El Presidente volvió a relativizar los altos índices de mora de la población con bancos y aplicaciones y dijo que se trata de acuerdos entre privados.
El Presidente abrió el abanico de opciones al señalar que ya tomó la decisión de cara a la cita electoral.
La investigación, realizada por expertos del INTI sobre cinco cortes representativos, concluyó que aportan proteínas completas, minerales esenciales y bajos niveles de grasa
