Impuesto a las Ganancias: el retroactivo se cobraría en junio

Por: Guillermo Gammacurta
Jueves 22 de Abril 2021

Por estas horas los equipos técnicos del Ministerio de Economía y de la AFIP comenzarán a trabajar intensamente en la reglamentación de la ley de reforma del Impuesto a las Ganancias lo que determinará cuándo se devolverá el retroactivo previsto al 1 de enero, para aquellos trabajadores y jubilados que ganan hasta $150 mil, y que por ende ahora no son alcanzados por el tributo.
Luego de la promulgación este martes de ley de modificación del Impuesto a las Ganancias sancionada por el Congreso, que permitirá a 1.267.000 trabajadores y jubilados que ganan hasta $150 mil, dejen de pagar el tributo, el Ministerio de Economía debe redactar decreto normativo y la AFIP avanzar luego con una resolución para establecer los detalles y mecanismos de la puesta en marcha de la reforma.
 
La vigencia de la ley es retroactiva a enero de 2021, por lo que los beneficiados recibirán una devolución de los montos retenidos de más en el período entre principios de año y el momento de entrada en vigencia de la ley.
 
Ante los distintos beneficios que contempla la ley, los equipos técnicos comenzarán con la redacción de las normas la próxima semana por lo que las empresas no podrán liquidar el retroactivo con el sueldo de abril que se cobra en mayo.
 
Si todo avanza como estiman quienes están trabajando en las normativas, se calcula que con la publicación del decreto y la resolución, el retroactivo se podría liquidar con el sueldo de mayo, que se cobra en junio, según pudo saber Ámbito.
 
Un punto a considerar es que, para esta iniciativa, el Gobierno calculó inicialmente un esfuerzo fiscal de $42.000 millones para 2021, pero será de $48.000 millones con los agregados que se fueron incorporando al proyecto original. Vale recordar que el 60% del Impuesto a las Ganancias es coparticipable, por lo que el esfuerzo fiscal también es para las provincias.
 
Es por eso que para la devolución de lo que se cobró de más desde el 1 de enero, la reglamentación podría establecer una devolución en cuotas, para que el esfuerzo fiscal no se transfiera de forma inmediata y total al fisco. Es decir, que en junio se podría cobrar la primera parte correspondiente al retroactivo.
 
La ley impulsada por el oficialismo además de establecer un nuevo piso para empezar a pagar el Impuesto a las Ganancias determinó que el mínimo no imponible se actualizará todos los años por el Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
 
Con esta ley sólo siete de cada 100 trabajadores pagarán el impuesto; en el caso de los jubilados, el impuesto seguirá afectando sólo al 0,4% del total.
 
Calculadora de Ganancias
 
El pago del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría contempla algunas deducciones especiales. Mediante la calculadora de Ámbito podés estimar cuánto te corresponde pagar.
Con información de Ámbito

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