La Anmat prohibió la venta de un queso Tybo en todo el país
Lunes 14 de
Junio 2021
De acuerdo con la Resolución de la Anmat el producto estaba "falsamente rotulado".
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes en todo el país la comercialización de un queso Tybo. , tal como indicó este lunes en el Boletín Oficial.
De acuerdo con la Disposición 4190/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, se trata del producto rotulado como “Queso Tybo, marca Lácteos Rivadavia, fecha de elaboración 01/04/2021, consumir preferentemente antes de los 90 días, Elaborado por Lácteos Rivadavia SRL, Zona Rural Col. Mackinlay (Sgo. del Estero), Venta al peso, Envasado al vacío, RNE: 220004198, RNPA: 2200242533”.
A partir de la investigación que realizó la Anmat a raíz un monitoreo de rutina en la provincia de Santa Fe y que derivó en una denuncia de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) se pudo determinar que se los datos de registro de la etiqueta del producto eran absolutamente falsos.
En este sentido, la Anmat ordenó también: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNE 220004198 y el RNPA 2200242533 por ser productos falsamente rotulados por exhibir en el rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
De acuerdo con la Disposición 4190/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, se trata del producto rotulado como “Queso Tybo, marca Lácteos Rivadavia, fecha de elaboración 01/04/2021, consumir preferentemente antes de los 90 días, Elaborado por Lácteos Rivadavia SRL, Zona Rural Col. Mackinlay (Sgo. del Estero), Venta al peso, Envasado al vacío, RNE: 220004198, RNPA: 2200242533”.
A partir de la investigación que realizó la Anmat a raíz un monitoreo de rutina en la provincia de Santa Fe y que derivó en una denuncia de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) se pudo determinar que se los datos de registro de la etiqueta del producto eran absolutamente falsos.
En este sentido, la Anmat ordenó también: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNE 220004198 y el RNPA 2200242533 por ser productos falsamente rotulados por exhibir en el rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Con información de
MINUTO 1
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