La AFIP establece plazo de 180 días para comunicar reorganización de sociedades

Miércoles 01 de Septiembre 2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) restableció el plazo de 180 días corridos para que las y los contribuyentes informen la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones, a través de la resolución general 5063/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma da por finalizado el plazo adicional de 90 días corridos que se había dispuesto el año pasado como parte de las medidas para facilitar las tareas de cumplimiento de las empresas en el marco del aislamiento y distanciamiento social preventivo y obligatorio.
 
De esta forma, para las reorganizaciones societarias registradas a partir de la vigencia de esta resolución general regirán las mismas condiciones, plazos y requisitos que establece la RG 2513/2008, y la comunicación deberá cumplirse dentro de los 180 días corridos contados a partir de la fecha de la reorganización, entendiéndose por esta última la fecha de comienzo por parte de la o las empresas continuadoras, de la actividad o actividades que desarrollaban la o las antecesoras.
Con información de Ámbito

NOTA22.COM


Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com

LO MÁS VISTO
La Cámara de Senadores inauguró la puesta en valor del histórico recinto legislativo y le impuso el nombre de los exgobernadores Aldo Tessio y Jorge Obeid. También se descubrió un óleo del Brigadier Estanislao López y se impuso.
El Presidente abrió el abanico de opciones al señalar que ya tomó la decisión de cara a la cita electoral.
El Presidente volvió a relativizar los altos índices de mora de la población con bancos y aplicaciones y dijo que se trata de acuerdos entre privados.

arrow_upward