Impuestazo: quiénes serán los más perjudicados por el efecto de la suba de la valuación fiscal sobre Bienes Personales

Miércoles 09 de Marzo 2022

Después de que la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, anticipara que el organismo tributario cambiará su criterio para tasar las propiedades de la Ciudad de Buenos Aires y que volverá al esquema que rigió hasta 2018 -lo que implicaría multiplicar por cuatro el valor que determina el pago de Bienes Personales-, una consultora privada graficó cuál sería el impacto en un contribuyente de clase media.
Mediante un informe, Focus Market y el estudio Contable Canteli elaboraron dos escenarios de pago de Bienes Personales: el primero, con el actual nivel de mínimo no imponible y valuación fiscal. Y el segundo, con el actual nivel de mínimo no imponible y con el cambio revalúo fiscal de inmuebles.
 
A modo de ilustración, desde la consultora Focus Market reflejaron el caso real de una persona de clase media que cuenta con su casa habitación, dos departamentos y bienes del hogar gravados en la declaración de Bienes Personales por $3.612.755,24.
 
“Por no superar el mínimo no imponible de Bienes Personales, hoy no está sujeto a pagar el impuesto. Con los mismos bienes declarados esa misma persona de clase media con el revalúo inmobiliario presentado como base de sustentación recaudatoria en el acuerdo con el FMI tendría un total de bienes gravados por $ 15.489.769,64″, indicó la consultora.
 
Según explicó, en el primer caso la persona de clase media hoy no paga Bienes Personales; mientras que en el segundo -con revalúo inmobiliario propuesto- esa persona pasaría a abonar $71.174,70. Es decir, el salto es de $0 a $71,147,70 por Bienes Personales.
 
“El revalúo inmobiliario presenta una trampa mortal para el contribuyente ya que se incrementa la valuación fiscal de su propiedad, pero no se ajusta los mínimos no imponibles por inflación histórica desde la creación del impuesto de bienes personales hasta hoy”, manifestó el director de Focus Market, Damián Di Pace.
 
Y en ese plano, precisó: “El impuesto se creó en 1991 y sería solo por ocho años, es decir, hasta 1999. La inflación acumulada desde ese momento hasta ahora en Argentina es de 15000%”. En otras palabras, señaló, el mínimo no imponible debería ser de $16 millones y es de $6 millones. “Es una trampa letal en la que se intenta atrapar a miles de contribuyentes”.
 
De acuerdo con el relevamiento, en los últimos seis años el Impuesto a los Bienes Personales en Argentina atravesó varias etapas de cambios que desalentaron la inversión privada en el sector de la construcción e inmobiliario.
 
“Bienes Personales: desde su eliminación al impuestazo”
 
-2016 a 2018: reducción de la alícuota Bienes Personales hasta su eliminación.
 
-2018: reincorporación de Bienes Personales y ITI (Impuesto a la Transferencia Inmobiliaria).
 
-2019: suba de la alícuota de Bienes Personales.
 
-2020: impuesto a la riqueza por única vez.
 
-2021: retrasos mínimos no imponibles del Impuesto a los Bienes Personales respecto de la inflación.
 
-2022: revalúo fiscal de Inmuebles sin ajuste histórico mínimos no imponibles por inflación.
 
Para Di Pace, el efecto del revalúo traerá aparejado varios perjuicios no analizados por la política -una vez más- por solo pensar en el objetivo recaudatorio de corto plazo.
 
Efectos
 
Según su perspectiva, habrá una caída de la inversión privada en el sector de la construcción, gran generador de movimiento en la industria y el empleo; un incremento de la oferta en la venta de inmuebles con la consecuente caída del precio del metro cuadrado de la construcción por falta de demanda.
 
A su vez, derivará en un “mayor retiro de la oferta de vivienda en alquiler con suba de precios de los alquileres”. Y por último también generará algo que ya venía provocando la Ley de Alquileres, pero esto “acentuará aún más las decisiones privadas de desplazar las inversiones en el sector de la construcción e inmobiliario hacia mercados donde no solo no cobran bienes personales sino que tienen excepciones fiscales como Uruguay, Paraguay y ciertos Estados de los Estados Unidos”.
 
A modo de cierre, el director de la consultora sintetizó: “Cuatro actores en una misma decisión serán perjudicados: dueños de inmuebles, inquilinos e inversores en la construcción e inmobiliarios”.
Con información de Infobae

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