Prohibición del lenguaje inclusivo en las escuelas de CABA: se abrió una causa y la Justicia convocó a personas que quieran opinar

Por: Martín Angulo
Martes 21 de Junio 2022

Se trata de un amparo colectivo para que la decisión del gobierno porteño sea declarada inconstitucional porque es discriminatoria, viola la libertad de expresión y el derecho a la identidad. La jueza del caso lo abrió durante 10 días a las personas que quieran opinar y hacer aportes
La decisión del gobierno de la ciudad de Buenos Aires de prohibir el uso del lenguaje inclusivo en las escuelas tiene una causa judicial. Se trata de un amparo colectivo para que se declare la inconstitucionalidad de la medida y se garanticen las diversas formas de comunicación, en el que la jueza a cargo del expediente abrió por 10 días una convocatoria a todas las personas que quieren opinar y participar de la causa.
 
El expediente lo iniciaron la semana pasada ante los tribunales porteños la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT+); María Rachid, integrante de la Federación, titular del Instituto contra la Discriminación de la ciudad de Buenos Aires y ex legisladora porteña del Frente de Todos, y Mariana Gras Buscetto, profesora de la universidad nacional de La Plata y de la de Tres de Febrero.
 
Presentaron un amparo colectivo contra el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta por la resolución 2022-2566 del Ministerio de Educación de la ciudad, a cargo de Soledad Acuña, que prohibió el uso del lenguaje inclusivo -puntualmente aquellas expresiones que incluyen la “e”, la “x” o el “@”- en las escuelas públicas y privadas de los tres niveles tanto para el aprendizaje en el aula como en la comunicación con las familias.
 
“Establézcase que en el ejercicio de sus funciones, los/as docentes deberán desarrollar las actividades de enseñanza y realizar las comunicaciones institucionales de conformidad con las reglas del idioma español, sus normas gramaticales y los lineamientos oficiales para su enseñanza”, dice la resolución. “Sabemos que el lenguaje va mutando y no somos ajenos a eso, pero ese tipo de distorsiones generan dificultad para aprender las reglas gramaticales y básicas de la lengua. Es algo que venimos trabajando con especialistas y si bien no hay evidencia porque aún todo es muy nuevo, coincidimos en que va en contra del aprendizaje. Nosotros tenemos la obligación de enseñar el uso correcto de la lengua. Después los chicos son personas libres y pueden adecuarlo como crean conveniente”, explicó Acuña.
 
La medida generó polémica sobre si se puede prohibir el uso del lenguaje cuando el inclusivo forma parte de la comunicación de muchos chicos y chicas para que todos los géneros estén representados en el habla.
 
Y el tema ya tiene su capítulo judicial. Infobae pudo saber que en la justicia en lo contencioso administrativo y tributario de la ciudad ya se presentaron cinco causas contra la medida. La primera fue el amparo colectivo de FALGBT+, Rachid y Buscetto y quedó a cargo de la jueza Romina Lilian Tesone que comenzó a acumular en su juzgado el resto de los expedientes.
 
El amparo colectivo es a favor de todas las personas afectadas por la medida y reclama la inconstitucionalidad de la prohibición del lenguaje inclusivo. También que se dicten cursos de capacitación sobre la no discriminación y la diversidad lingüística y que no haya sanciones o inicios de sumarios para los estudiantes o docentes que utilicen el inclusivo. Y como primera decisión en la causa reclama que la justicia dicte una medida cautelar que suspenda la resolución mientras se analiza el pedido de inconstitucionalidad.
 
En el amparo, al que accedió este medio, señalaron que la medida es discriminatoria, vulnera la libertad de expresión y el derecho a la identidad y expresión de género de docentes y estudiantes y que el lenguaje inclusivo busca abarcar todas las identidades reconocidas por la legislación argentina que no se sienten expresadas por el género femenino o masculino.
 
“Les estudiantes de la Ciudad tienen derecho a aprender en la pluralidad, a saber que el lenguaje inclusivo es una posibilidad para visibilizar otras identidades y que pone en práctica la legislación en relación a género y diversidad más avanzada del mundo. Algunas personas pueden no compartirlo, no estar de acuerdo, o no sentirse cómodas utilizándolo, y nadie pretende obligarlas a usar el lenguaje inclusivo. Como tampoco la Ministra, ni ningune funcionarie, puede imponer su forma de pensar sobre el resto de la población prohibiendo una forma de comunicación que solo aporta a visibilizar a la diversidad”, señalaron en la presentación escrita en lenguaje inclusivo.
 
La jueza Tesone incluyó el amparo en el Registro de Procesos Colectivos y la semana pasado dispuso difundir la causa judicial “a fin de hacer saber a las personas interesadas que ─en el plazo de 10 días- podrán presentarse a los efectos de intervenir en el proceso”. La magistrada aclaró que “sólo serán admitidas aquellas presentaciones que contengan un aporte sustancial a los planteos jurídicos o fácticos contenidos en el escrito inicial y no resulten una mera reiteración de los argumentos que ya han sido planteados”.
 
Para su difusión, la magistrada dispuso publicar el inicio de la causa en la página web del Consejo de la Magistratura de la ciudad y le ordenó hacer lo mismo a la ministra Acuña en el sitio web del Ministerio de Educación y que lo informe en “todos los establecimientos educativos de los niveles inicial, primario y secundario y sus modalidades, de gestión estatal y privada” de la ciudad para las personas que quieren intervenir.
 
Antes de resolver los planteos en la causa, la jueza le pidió opinión a la Fiscalía, a la Asesoría Tutelar y al Observatorio de Género de la Justicia.
 
El asesor tutelar Damián Corti aceptó representar en la causa a los niños, niñas y adolescentes y pidió que antes de dar opinión sobre la causa se convoque a una audiencia de diálogo con todas las partes para escuchar sus posturas.
 
Por su parte, la fiscal Marcela Monti aceptó el caso como un proceso colectivo. “En primer lugar, y a tenor del efecto que la medida estatal cuestionada podría eventualmente causar en la sociedad, observo que se configura un ´caso´ a partir de la presunta afectación al bien colectivo ´no discriminación´, dijo la fiscal y agregó que “al mismo tiempo, advierto que también se configura un ´caso´ en el que se hallarían comprometidos derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos —derecho a la educación inclusiva y libertad de expresión— pertenecientes a la comunidad educativa local”.
 
Monti compartió el criterio de la Asesoría Tutelar de convocar a una audiencia y dijo que antes de dar una opinión sobre el reclamo del amparo se debía esperar la respuesta del gobierno de la ciudad a la demanda y la postura del Observatorio de Género de la Justicia.

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