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La Justicia de Brasil ratificó el fallo contra Ternium, pero redujo la indemnización a u$s109 millones

Lunes 09 de Diciembre 2024

El monto inicial oscilaba entre u$s900 y u$s2.000 millones. Igual, la siderúrgica de Techint aclaró que seguirá apelando las sentencias.
Ternium Argentina, la siderúrgica del grupo Techint, recibió una doble noticia por parte del Tribunal Superior de Justicia de Brasil. Por un lado, los jueces rechazaron un recurso de aclaratoria que la compañía había presentado en una demanda que la enfrenta con la brasileña Companhia Siderúrgica Nacional (CSN) por la compra de acciones de Usiminas en 2011.
 
Por el otro, casi como un premio consuelo, el alto Tribunal revisó a la baja el monto de la indemnización que debería pagar la empresa argentina y la determinó en el equivalente a u$s109 millones.
 
Este no es un dato menor, ya que el monto en juego que se había determinado por un fallo emitido en mayo de este año ascendía hasta un máximo estimado de u$s2.000 millones, según informó oportunamente la propia Ternium en una comunicación a la Comisión Nacional de Valores.
 
Con esa cifra como tope, el cálculo fino de la sentencia había sido ubicado en torno de los u$s927 millones a mitad de este año. Ahora, en un nuevo fallo divulgado el viernes último en Brasil, el monto quedó reducido a u$s109 millones, también según informó Ternium a la CNV.
 

Qué dijo la siderúrgica del grupo Techint sobre la disputa con CSN

“El Tribunal Superior de Justicia de Brasil de la República Federativa de Brasil (TSJ) publicó hoy su decisión unánime de rechazar el recurso de aclaratoria presentado por Ternium Argentina S.A. (“Ternium Argentina” o “la Sociedad”) junto con la subsidiaria de Ternium, Ternium Investments, y con Confab Industrial S.A., subsidiaria de Tenaris S.A. (todas las cuales componen el denominado Grupo T/T bajo el acuerdo de accionistas de Usinas Siderúrgicas de Minas Gerais S.A. – USIMINAS)”, informó Ternium el viernes a la CNV.
 
Y añadió que sa presentación que fue rechazada “tenía como objetivo revertir la decisión del TSJ del 18 de junio 2024 que ordenaba al Grupo T/T pagar una indemnización a Companhia Siderúrgica Nacional (“CSN”) en relación con la adquisición por parte del Grupo T/T de una participación en Usiminas”.
 
A continuación la siderúrgica del grupo Techint aclaró que “sin perjuicio de lo mencionado, el TSJ resolvió, también por unanimidad, modificar el mecanismo de ajuste monetario aplicable, al igual que limitar los honorarios de los abogados, reduciendo de esta manera el monto total que sería pagadero por el Grupo T/T a CSN en caso de que esta última prevaleciera en sus reclamos”.
 
“Asumiendo ajuste monetario hasta el 30 de noviembre de 2024 y fijando en BRL5 millones el monto de honorarios de abogados, en cada caso según lo determinado de conformidad con la decisión del TSJ publicada hoy, el monto potencialmente pagadero por Ternium Argentina sería aproximadamente de BRL 700 millones (aproximadamente u$s109 millones)”, añadió.
 
Más allá de estas consideraciones, Ternium destacó que “la Sociedad, así como el resto de los miembros del Grupo T/T, continúan considerando que todos los reclamos y alegaciones de CSN son infundadas y carentes de mérito, y que en relación con la adquisición de Usiminas, el Grupo T/T no estaba obligado a realizar una oferta pública de adquisición ni a pagar indemnización alguna a CSN”.
 
“En consecuencia, Ternium Argentina tiene la intención de seguir defendiendo vigorosamente sus derechos y presentar todos los recursos y apelaciones disponibles contra las decisiones del TSJ que han ordenado el pago de una indemnización”, concluyó.
 
La disputa con CSN se originó con la compra en 2011 por parte de Ternium de lo que entonces equivalía a una participación del 27,7% en acciones de Usiminas.
 
CSN, que en ese momento poseía el 12,9% de los títulos de la empresa, interpuso una demanda alegando que Ternium debería haber lanzado una oferta pública de adquisición de los papeles propiedad de accionistas minoritarios.
 
Luego el TSJ le dio la razón alegando que la operación debería haberse ajustado a la legislación brasileña y no a la interpretación realizada por la siderúrgica argentina.
Con información de Ámbito

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