El Gobierno habilitó la opción de pagar en dólares con tarjeta de débito y cuotas
Jueves 06 de
Febrero 2025
La Comunicación "A" 8180/2025 del Banco Central publicada en el Boletín Oficial significa un nuevo avance en la competencia de monedas.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó la adecuación para implementar los pagos en cuotas con dólares, junto con la posibilidad de abonar con tarjeta de débito y códigos QR en moneda estadounidense.
La Comunicación "A" 8180/2025 publicada este miércoles 5 de febrero en el Boletín Oficial significa un nuevo avance en la competencia de monedas impulsada por la administración de Javier Milei.
La opción de realizar una compra en cuotas con dólares estará habilitada por medio de la utilización del débito inmediato (DEBIN) recurrente para pagar la adquisición de bienes o servicios en cuotas, en una variante que se denomina “DEBIN programado”.
La puesta en marcha tiene como fecha límite el 28 de febrero, para que las entidades involucradas se adapten y puedan empezar a ofrecer este mecanismo.
En el texto normativo, quedó estipulado que “la cantidad de cuotas, y su monto, son fijas y establecidas de antemano”, aclarando que “cada plan de pagos debe ser objeto de una adhesión individual” y que “el cliente receptor solo puede solicitar la adhesión a través del cliente ordenante”.
En ese sentido, se determinó que la operación debe ser autorizada primeramente por el cliente receptor y quedó establecido que una vez tramitado el aval correspondiente, la adhesión tiene efecto inmediato.
Al mismo tiempo, se precisó que “una vez abonada la última cuota, no requiere pedido de baja de la adhesión por parte del cliente receptor” y se remarcó que “tanto el cliente receptor como el cliente ordenante pueden solicitar la baja del plan en cualquier momento”.
El BCRA también fijó que las reversiones y contracargos solo serán aplicables a la primera cuota y definió que los resúmenes de cuenta deberán identificar estos débitos con la etiqueta "DEBIN programado", incluyendo el nombre del ordenante, el monto y el número de cuota correspondiente.
Por otro lado, la entidad monetaria informó que “el DEBIN programado no puede ser utilizado por clientes ordenantes cuya actividad o rubro comercial sea lotería, casinos u otros juegos de azar”.
En relación a la iniciativa de incorporar al sistema de QR interoperable los pagos con tarjeta de débito en pesos y dólares, desde el Banco Central expresaron que “esta medida amplía las posibilidades y mejora la experiencia de los clientes y de los comercios que podrán realizar y recibir pagos con cualquier instrumento que tengan enrolado en su billetera, simplemente escaneando cualquier código QR”.
Al respecto, el texto oficial dispuso que “los pagos con tarjeta de débito en dólares estadounidenses deben estar disponibles para los comercios que deseen aceptar esa modalidad de pago”. Esta disposición entrará en vigencia a partir del 1 de abril del corriente año.
La Comunicación "A" 8180/2025 publicada este miércoles 5 de febrero en el Boletín Oficial significa un nuevo avance en la competencia de monedas impulsada por la administración de Javier Milei.
La opción de realizar una compra en cuotas con dólares estará habilitada por medio de la utilización del débito inmediato (DEBIN) recurrente para pagar la adquisición de bienes o servicios en cuotas, en una variante que se denomina “DEBIN programado”.
La puesta en marcha tiene como fecha límite el 28 de febrero, para que las entidades involucradas se adapten y puedan empezar a ofrecer este mecanismo.
Cómo se podrá pagar en cuotas con dólares
En el texto normativo, quedó estipulado que “la cantidad de cuotas, y su monto, son fijas y establecidas de antemano”, aclarando que “cada plan de pagos debe ser objeto de una adhesión individual” y que “el cliente receptor solo puede solicitar la adhesión a través del cliente ordenante”.
En ese sentido, se determinó que la operación debe ser autorizada primeramente por el cliente receptor y quedó establecido que una vez tramitado el aval correspondiente, la adhesión tiene efecto inmediato.
Al mismo tiempo, se precisó que “una vez abonada la última cuota, no requiere pedido de baja de la adhesión por parte del cliente receptor” y se remarcó que “tanto el cliente receptor como el cliente ordenante pueden solicitar la baja del plan en cualquier momento”.
El BCRA también fijó que las reversiones y contracargos solo serán aplicables a la primera cuota y definió que los resúmenes de cuenta deberán identificar estos débitos con la etiqueta "DEBIN programado", incluyendo el nombre del ordenante, el monto y el número de cuota correspondiente.
Por otro lado, la entidad monetaria informó que “el DEBIN programado no puede ser utilizado por clientes ordenantes cuya actividad o rubro comercial sea lotería, casinos u otros juegos de azar”.
Pagos en dólares con QR
En relación a la iniciativa de incorporar al sistema de QR interoperable los pagos con tarjeta de débito en pesos y dólares, desde el Banco Central expresaron que “esta medida amplía las posibilidades y mejora la experiencia de los clientes y de los comercios que podrán realizar y recibir pagos con cualquier instrumento que tengan enrolado en su billetera, simplemente escaneando cualquier código QR”.
Al respecto, el texto oficial dispuso que “los pagos con tarjeta de débito en dólares estadounidenses deben estar disponibles para los comercios que deseen aceptar esa modalidad de pago”. Esta disposición entrará en vigencia a partir del 1 de abril del corriente año.
Con información de
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