La IGJ desreguló una norma clave y podrán flexibilizarse todas las sociedades
Martes 11 de
Febrero 2025
Se oficializó hoy en el Boletín Oficial. Permite que sociedades complejas pasaran a estructuras con menores costos y condiciones más flexibles para los socios
La desregulación que está poniendo en práctica la Casa Rosada abarca a prácticamente todas las áreas del Estado, incluso hasta las más técnicas como es el caso de la Inspección General de Justicia (IGJ), el organismo que se encarga de inscribir y fiscalizar sociedades de diverso tipo.
A través de la Resolución General 5/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial, la IGJ estableció mayores facilidades para que las empresas y organizaciones que están encuadrados en regímenes societarios más complejos puedan transformarse en otras formas más simples.
En términos técnicos, se admitirá que las sociedades denominadas "típicas" y "regulares" puedan transformarse en sociedades "simples", contempladas en la Sección IV del Capítulo I de la Ley General de Sociedades.
Según explicaron desde la IGJ a El Cronista, las formas jurídicas que estarán disponibles para pasar a transformarse son las Sociedades Anónimas (SA), Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedades en Comandita Simple (SCS), Sociedades de Capital e Industria (SCI) y Sociedades Colectivas (SC).
Desde que se sancionó la Ley de Sociedades -hace más de 50 años- que estas sociedades típicas y regulares no podían trasladarse a estructuras más flexibles. En 2015 hubo un intento de hacerlo cuando se estableció el nuevo Artículo 162 del Código Civil y Comercial de la Nación. Este habilitaba las transformaciones, pero los registros públicos y las autoridades de control no las pusieron en práctica.
Ahora, afirman, con el dictado de esta Resolución se admite la inscripción ante la IGJ de todas aquellas sociedades típicas y regulares que voluntariamente deseen ir hacia estructuras más flexibles, económicas y adaptables a la nueva dinámica negocial, manteniendo un régimen de razonable limitación de responsabilidad de los socios.
Según expresó el titular de la IGJ, Daniel Vítolo, a El Cronista esto tiene impacto positivo en ámbitos de la actividad empresarial como en empresas de auditorías, sociedades de abogados, contadores y empresas de tecnología, por decir algunos. "También la norma permite la inscripción registral de quien posea una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificada Unipersonal (SAS unipersonal), y decida transformarse en una sociedad libre incorporando uno o más socios", afirmó.
"Esto es un cambio revolucionario para los pactos internos que se pueden tener en las mismas sociedades, agregó Vítolo. Los nuevos mecanismos podrían dar mayor autonomía para establecer clausular más flexibles en los derechos y obligaciones de los socios, así como de los límites y alcances de su responsabilidad, el régimen de elección de autoridades, y poder también regular derechos de retiro, salida o reemplazo de socios.
La IGJ, que depende del Ministerio de Justicia -de Mariano Cúneo Libarona-, ya había anunciado una moratoria para que más de 520.000 sociedades puedan regularizar balances y documentación contable hasta un nuevo plazo.
A través de la Resolución General 5/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial, la IGJ estableció mayores facilidades para que las empresas y organizaciones que están encuadrados en regímenes societarios más complejos puedan transformarse en otras formas más simples.
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Según explicaron desde la IGJ a El Cronista, las formas jurídicas que estarán disponibles para pasar a transformarse son las Sociedades Anónimas (SA), Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedades en Comandita Simple (SCS), Sociedades de Capital e Industria (SCI) y Sociedades Colectivas (SC).
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Con información de
Cronista
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