Caputo gana una batalla contra los municipios: no se podrán cortar los servicios por tasas impagas
Viernes 21 de
Febrero 2025
Economía quiere que las distribuidoras de servicios públicos no interrumpan el suministro si las tasas municipales de las facturas están impagas. Un fallo le dio la razón
El ministro de Economía, Luis Caputo, ganó una batalla en su pelea con los municipios. El funcionario ideó un esquema por el cual las distribuidoras de luz y gas no podrán cortar el suministro de esos servicios si las tasas municipales están impagas.
De esa forma, busca que los clientes no se vean obligados a pagar tasas municipales a la hora de abonar sus boletas de servicios públicos.
Según su explicación, los clientes que paguen tasas municipales en los servicios públicos y no quieran hacerlo, podrán pedir un resarcimiento al respecto.
El municipio de Tres de Febrero ya retiró cualquier cargo de luz en sus boletas, y lo trasladó a la Tasa de Seguridad e Higiene (TSG).
La justicia rechazó amparos presentados por los municipios de Tigre, Hurlingham, Moreno, General Rodríguez, José C. Paz, Ituzaingó y San Martín "Además, en el fallo del Juzgado se destacó el valor del sistema protectorado de los consumidores que reconoce la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor", destacó Caputo.
"El fallo judicial dejó expresamente reconocida la validez y legalidad de las normas del ENARGAS y el Entre, y de la Resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio en la que se señala que la información relacionada a los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios deben referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio"
La secretaría de Energía, que está bajo la órbita de Caputo, ya propuso esta medida en la audiencia pública del gas que se realizó a comienzos de este mes. Y la repetirá en la audiencia pública de electricidad que se realizará esta semana.
Allí el Gobierno pretende dejar determinadas las tarifas del próximo quinquenio.
"Esta Resolución de la Secretaría de Industria y Comercio también definía que el incumplimiento a lo establecido prevé posibles sanciones en el marco del régimen de penalidades de la Ley de Defensa del Consumidor", agregó.
"Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios deberán colocar en toda facturación que se extienda al usuario su derecho a reclamar una indemnización si le son facturadas sumas o conceptos indebidos".
"La inclusión de conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor en las facturas de servicios públicos por parte de municipios y gobiernos provinciales se ha ido transformando en una práctica generalizada. Esta práctica configura no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino también una clara violación a la libertad de elección"
De esa forma, busca que los clientes no se vean obligados a pagar tasas municipales a la hora de abonar sus boletas de servicios públicos.
Según su explicación, los clientes que paguen tasas municipales en los servicios públicos y no quieran hacerlo, podrán pedir un resarcimiento al respecto.
El municipio de Tres de Febrero ya retiró cualquier cargo de luz en sus boletas, y lo trasladó a la Tasa de Seguridad e Higiene (TSG).
La justicia rechazó amparos presentados por los municipios de Tigre, Hurlingham, Moreno, General Rodríguez, José C. Paz, Ituzaingó y San Martín "Además, en el fallo del Juzgado se destacó el valor del sistema protectorado de los consumidores que reconoce la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor", destacó Caputo.
"El fallo judicial dejó expresamente reconocida la validez y legalidad de las normas del ENARGAS y el Entre, y de la Resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio en la que se señala que la información relacionada a los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios deben referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio"
La secretaría de Energía, que está bajo la órbita de Caputo, ya propuso esta medida en la audiencia pública del gas que se realizó a comienzos de este mes. Y la repetirá en la audiencia pública de electricidad que se realizará esta semana.
Allí el Gobierno pretende dejar determinadas las tarifas del próximo quinquenio.
"Esta Resolución de la Secretaría de Industria y Comercio también definía que el incumplimiento a lo establecido prevé posibles sanciones en el marco del régimen de penalidades de la Ley de Defensa del Consumidor", agregó.
"Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios deberán colocar en toda facturación que se extienda al usuario su derecho a reclamar una indemnización si le son facturadas sumas o conceptos indebidos".
"La inclusión de conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor en las facturas de servicios públicos por parte de municipios y gobiernos provinciales se ha ido transformando en una práctica generalizada. Esta práctica configura no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino también una clara violación a la libertad de elección"
Con información de
Cronista
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