Pagos en dólares con tarjetas de débito y QR: qué rubros aceptan esta modalidad
Jueves 27 de
Febrero 2025

A partir de esta medida implementada por el Banco Central, cada usuario podrá seleccionar en qué moneda decide realizar la transacción al momento de abonar. Qué se va a poder comprar.
A partir de este viernes, ya están habilitados los pagos en dólares con tarjetas de débito y billeteras virtuales. Esta medida, implementada por el Banco Central (BCRA), permitirá que las personas y los comercios puedan utilizar la moneda que deseen en sus transacciones cotidianas, ya sea en pesos o utilizando la divisa norteamericana.
Esta nueva modalidad de pago implica otro paso del Gobierno en su camino hacia una economía bimonetaria, incentivando el consumo con los dólares del blanqueo o "bajo el colchón".
Asimismo, el Central también permitirá la posibilidad de realizar pagos mediante códigos QR interoperables, y se habilita la opción de abonar en cuotas.
Los usuarios podrán utilizar las mismas tarjetas de débito que poseen para pagar en pesos en las compras que se realicen bajo la divisa estadounidense.
Al momento de abonar, le informarán al vendedor cuál es la opción elegida de acuerdo a la compra. Vale destacar que solo podrán utilizarse tarjetas bancarias, y no aquellas que dependan de billeteras virtuales.
Asimismo, el sistema será obligatorio para bancos y administradoras de tarjetas. Es decir que deberán habilitarle la opción a todos los usuarios en los comercios que acepten esta modalidad de pago.
Mientras que, en el caso de los comerciantes, la incorporación será voluntaria. Desde el BCRA, aclararon que se abonará la misma cantidad de aranceles y comisiones que si la operación se hubiera realizado en pesos.
Por otra parte, en ningún caso habrá una conversión cambiaria: el precio del producto o del servicio deberá establecerse en dólares y, al momento de abonar, las tarjetas de débito tendrán que estar vinculadas a una caja de ahorro de dicha moneda.
Los comercios también requerirán abrirse una cuenta bancaria en dólares, por lo que el Banco Central incita a las demás entidades financieras a agilizar el trámite antes de la fecha límite.
Inicialmente, los primeros sectores donde se podrá comprar con dólares serán aquellos bienes y servicios donde ya se utilizaba esta forma de pago con anterioridad, aunque de manera informal.
La lista de rubros son los siguientes:
- Turismo
- Electro y tecnología
- Hogar, materiales para la construcción, artículos para para la casa, decoración, diseño
- Comercio minorista (supermercados y retail)
Los comercios podrán exhibir precios en ambas monedas y decidir si aceptan pagos en dólares, aunque su implementación será voluntaria.
La entidad monetaria introdujo además la variante del DEBIN denominada "DEBIN programado". Se trata de una modalidad diseñada para pagar la compra de bienes o servicios en cuotas fijas en pesos o en dólares con una única autorización.
En ese sentido, el texto remarca que cada plan de pagos requiere una "adhesión individual", que solo puede ser iniciada "por el cliente ordenante y aceptada por el cliente receptor".
Esta adhesión tiene efecto inmediato tras la autorización. "No es necesaria la baja de la adhesión al completar el pago de la última cuota", se indica. Además, tanto el cliente receptor como el ordenante pueden solicitar la baja del plan en cualquier momento.
Según determinó el Central, las reversiones y contracargos "aplican solo a la primera cuota". Por otra parte, los resúmenes deben identificar los débitos como "DEBIN programado", junto con el nombre del ordenante, el importe y la cuota correspondiente.
Esta nueva modalidad de pago implica otro paso del Gobierno en su camino hacia una economía bimonetaria, incentivando el consumo con los dólares del blanqueo o "bajo el colchón".
Asimismo, el Central también permitirá la posibilidad de realizar pagos mediante códigos QR interoperables, y se habilita la opción de abonar en cuotas.
¿Cómo funcionará el sistema de pago?
Los usuarios podrán utilizar las mismas tarjetas de débito que poseen para pagar en pesos en las compras que se realicen bajo la divisa estadounidense.
Al momento de abonar, le informarán al vendedor cuál es la opción elegida de acuerdo a la compra. Vale destacar que solo podrán utilizarse tarjetas bancarias, y no aquellas que dependan de billeteras virtuales.
Asimismo, el sistema será obligatorio para bancos y administradoras de tarjetas. Es decir que deberán habilitarle la opción a todos los usuarios en los comercios que acepten esta modalidad de pago.
Mientras que, en el caso de los comerciantes, la incorporación será voluntaria. Desde el BCRA, aclararon que se abonará la misma cantidad de aranceles y comisiones que si la operación se hubiera realizado en pesos.
Por otra parte, en ningún caso habrá una conversión cambiaria: el precio del producto o del servicio deberá establecerse en dólares y, al momento de abonar, las tarjetas de débito tendrán que estar vinculadas a una caja de ahorro de dicha moneda.
Los comercios también requerirán abrirse una cuenta bancaria en dólares, por lo que el Banco Central incita a las demás entidades financieras a agilizar el trámite antes de la fecha límite.
Uno por uno, todos los rubros que aceptarán los pagos en dólares con tarjeta o QR
Inicialmente, los primeros sectores donde se podrá comprar con dólares serán aquellos bienes y servicios donde ya se utilizaba esta forma de pago con anterioridad, aunque de manera informal.
La lista de rubros son los siguientes:
- Turismo
- Electro y tecnología
- Hogar, materiales para la construcción, artículos para para la casa, decoración, diseño
- Comercio minorista (supermercados y retail)
Los comercios podrán exhibir precios en ambas monedas y decidir si aceptan pagos en dólares, aunque su implementación será voluntaria.
Opción de pago en cuotas
La entidad monetaria introdujo además la variante del DEBIN denominada "DEBIN programado". Se trata de una modalidad diseñada para pagar la compra de bienes o servicios en cuotas fijas en pesos o en dólares con una única autorización.
En ese sentido, el texto remarca que cada plan de pagos requiere una "adhesión individual", que solo puede ser iniciada "por el cliente ordenante y aceptada por el cliente receptor".
Esta adhesión tiene efecto inmediato tras la autorización. "No es necesaria la baja de la adhesión al completar el pago de la última cuota", se indica. Además, tanto el cliente receptor como el ordenante pueden solicitar la baja del plan en cualquier momento.
Según determinó el Central, las reversiones y contracargos "aplican solo a la primera cuota". Por otra parte, los resúmenes deben identificar los débitos como "DEBIN programado", junto con el nombre del ordenante, el importe y la cuota correspondiente.
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