ARCA: los comercios ya no deberán pedir el DNI a los clientes en compras menores a $10 millones
Martes 27 de
Mayo 2025

Desde junio, solo se deberá identificar al comprador cuando supere los $10 millones. Se eliminan varios regímenes informativos y se elevan los umbrales de control sobre cuentas, inversiones y transferencias.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza un paso más en la oficialización de las medidas tomadas el pasado jueves. Dentro de los anuncios clave del organismo a cargo de Juan Pazo, se destacó la eliminación de algunos régimenes informativos y la elevación de umbrales para el inicio de investigaciones fiscales.
Este martes, se publicó la Resolución General 5700/2025 en el Boletín Oficial, que elevó a $10.000.000 el monto a partir del cual corresponde identificar al adquirente, locatario, o prestatario cuando actúe como consumidor final. Una vez superado ese umbral, deberá consignarse su CUIT, CUIL, CDI o DNI (en caso de extranjeros, documento del país de origen o pasaporte).
En paralelo, también se amplía a $500.000 el monto de operaciones que pueden documentarse mediante el sistema simplificado del "Facturador".
Además, la Agencia de Recaudación de Control Avanzado (ARCA), ex AFIP, estableció nuevos límites mínimos que disparan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado:
- Transferencias/acreditaciones: $50 millones (personas físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos
- Saldos bancarios: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Plazos fijos: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Billeteras virtuales: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Sociedades de bolsa: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Compras como consumidor final: hasta $10 millones sin identificación ni reporte
- Reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales
- El sistema CITI Escribanos, que obligaba a informar operaciones notariales desde $10 millones
- Informes de compra-venta de vehículos usados
- Reporte de expensas desde $32.000
- Declaración del COTI al publicar inmuebles en venta
Estas modificaciones forman parte de una política de desburocratización del control fiscal sobre consumos y transacciones de personas físicas, que ahora contarán con mayor privacidad en sus operaciones.
El titular de ARCA, Juan Pazo, explicó que con la implementación del nuevo régimen se busca un cambio de paradigma: “Aumentar los umbrales significa que hasta $50 millones vas a poder operar sin que ARCA tenga información previa. Lo mismo va a aplicar para billeteras virtuales y tarjetas de crédito o débito. Vas a poder comprarte un auto o un departamento con ahorro bien habido, sin necesidad de justificarlo”, sostuvo.
Pazo remarcó que el objetivo es “invitar a la gente a que facture por las buenas razones, porque el sistema te lo va a premiar”. En esa línea, defendió la idea de construir confianza en el sistema formal: “Tu número de seguridad social y tu historia crediticia son lo más importante que podés tener, porque son la llave para acceder al sistema”.
Este martes, se publicó la Resolución General 5700/2025 en el Boletín Oficial, que elevó a $10.000.000 el monto a partir del cual corresponde identificar al adquirente, locatario, o prestatario cuando actúe como consumidor final. Una vez superado ese umbral, deberá consignarse su CUIT, CUIL, CDI o DNI (en caso de extranjeros, documento del país de origen o pasaporte).
En paralelo, también se amplía a $500.000 el monto de operaciones que pueden documentarse mediante el sistema simplificado del "Facturador".
ARCA elevó los umbrales para iniciar investigaciones
Además, la Agencia de Recaudación de Control Avanzado (ARCA), ex AFIP, estableció nuevos límites mínimos que disparan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado:
- Transferencias/acreditaciones: $50 millones (personas físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos
- Saldos bancarios: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Plazos fijos: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Billeteras virtuales: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Sociedades de bolsa: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
- Compras como consumidor final: hasta $10 millones sin identificación ni reporte
A su vez, las Resoluciones 5697 y 5698/2025 también eliminan varios regímenes de información obligatorios, entre ellos:
- Reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales
- El sistema CITI Escribanos, que obligaba a informar operaciones notariales desde $10 millones
- Informes de compra-venta de vehículos usados
- Reporte de expensas desde $32.000
- Declaración del COTI al publicar inmuebles en venta
Estas modificaciones forman parte de una política de desburocratización del control fiscal sobre consumos y transacciones de personas físicas, que ahora contarán con mayor privacidad en sus operaciones.
El titular de ARCA, Juan Pazo, explicó que con la implementación del nuevo régimen se busca un cambio de paradigma: “Aumentar los umbrales significa que hasta $50 millones vas a poder operar sin que ARCA tenga información previa. Lo mismo va a aplicar para billeteras virtuales y tarjetas de crédito o débito. Vas a poder comprarte un auto o un departamento con ahorro bien habido, sin necesidad de justificarlo”, sostuvo.
Pazo remarcó que el objetivo es “invitar a la gente a que facture por las buenas razones, porque el sistema te lo va a premiar”. En esa línea, defendió la idea de construir confianza en el sistema formal: “Tu número de seguridad social y tu historia crediticia son lo más importante que podés tener, porque son la llave para acceder al sistema”.
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