Oficializaron las nuevas disposiciones relacionadas al Servicio Militar Voluntario
Lunes 02 de
Junio 2025

El Gobierno actualizó, entre otras cosas, los requisitos para ingresar y permanecer en las Fuerzas. Lo hizo a través de un Decreto publicado en el Boletín Oficial.
El Gobierno oficializó este lunes las nuevas disposiciones relacionadas al Servicio Militar Voluntario para jóvenes de entre 18 y 28 años que había adelantado la semana pasada el vocero presidencial, Manuel Adorni, junto con el ministro de Defensa, Luis Petri.
Lo hizo con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 372/2025, donde estableció, entre otras cosas los nuevos requisitos para ingresar y permanecer en las Fuerzas.
Según explica el documento en sus considerandos, “deviene necesario actualizar el Servicio Militar Voluntario con el fin de contar con Soldados Voluntarios altamente calificados, instruidos y preparados, de acuerdo a las necesidades operacionales actuales de las Fuerzas Armadas, lo cual se logrará garantizando la finalización de la Educación Secundaria, la capacitación y posterior certificación en oficios de los ciudadanos que opten por realizar el mencionado servicio”.
En ese mismo sentido, se remarcó que “la ampliación de la instrucción militar debería incluir la capacitación para el cumplimiento de las misiones subsidiarias asignadas a las Fuerzas Armadas, brindando el apoyo necesario a la comunidad con ayuda y asistencia humanitaria ante situaciones de emergencias y desastres”.
En ese marco, el decreto que lleva las firmas de Javier Milei, Guillermo Francos y Petri, remarcó que “resulta necesario actualizar algunas disposiciones del Decreto N° 978/95 que aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 24.429 que estableciera el Servicio Militar Voluntario, en función de la evolución de las prioridades de la Política de Defensa, el diseño de las Fuerzas Armadas y la adaptación a la creciente demanda de capacitación para el desempeño en el ámbito militar”.
“Los ciudadanos que ingresen al Servicio Militar Voluntario tendrán acceso a la capacitación, educación e instrucción para desempeñarse dentro del Sistema de Defensa Nacional y percibirán la retribución que fije el Poder Ejecutivo Nacional; al mismo tiempo que desarrollarán actividades tácticas, técnicas y logísticas, así como administrativas y aquellas necesarias para el mantenimiento y funcionamiento cotidiano de las unidades militares, según la especificidad de cada una de las Fuerzas Armadas”, precisó el texto.
Entre las principales actualizaciones, entonces, se encuentran la “obligatoriedad de finalizar la Educación Secundaria para los Soldados Voluntarios, de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y sus modificatorias, que hubiesen ingresado al servicio sin los estudios secundarios completos”.
Para ello “se elaborará un plan de estudios para garantizar la finalización de la Educación Secundaria por parte del Ministerio de Defensa, el que será remitido a la Secretaría de Educación para su aprobación”.
“La participación de la Tropa de Voluntarios en el plan de estudios destinado a la finalización del nivel secundario deberá ser desarrollada sin perjuicio de las actividades del servicio. Esta disposición también será de aplicación para cursos y programas de capacitación y/o formación para el trabajo que forman parte integrante de las actividades del servicio, desarrolló la normativa”, se indicó.
De todas maneras, para el ingreso se precisa “haber acreditado la finalización de la Educación Primaria y aprobar el examen psicofísico establecido jurisdiccionalmente”, además de “aprobar un curso de admisión de entre 10 y 12 semanas.
Además, de acuerdo con la actualización del artículo 3° de la Ley N° 24.429, “la cantidad de personal de Tropa de Voluntarios que se necesite incorporar para las Fuerzas Armadas será determinada en función de los requerimientos que identifiquen cada una de las Fuerzas, en las diferentes instancias del Planeamiento para la Defensa Nacional”.
El artículo 5° de la nueva medida, por su parte, establece que “al cumplir el segundo año del compromiso de servicio inicial, la autoridad de cada Fuerza concederá el Alta Efectiva de aquellos Soldados Voluntarios de Segunda que manifiesten su voluntad de renovarlo y a los cuales se califique como ‘Propuesto para permanecer en servicio activo’, siendo requisito excluyente para su otorgamiento que el personal de Tropa de Voluntarios haya terminado su Educación Secundaria”.
“Excepcionalmente, cuando el personal de Tropa de Voluntarios haya tenido un desempeño destacado y acredite avances comprobables en dichos estudios secundarios, una Junta de Calificaciones podrá recomendar hasta dos renovaciones de dos años cada una de dicho compromiso de servicios. Se dispondrá la baja de aquellos clasificados como ‘No propuesto para permanecer en servicio activo’”, agregó el decreto.
La medida había sido adelantada el jueves pasado por Adorni. "El servicio militar voluntario formará y certificará a los voluntarios en oficios concretos como cocinas, talleres mecánicos o tareas de vigilancia, que los podrán ayudar a desenvolverse en el futuro", comentó el vocero presidencial.
En el marco del Día Nacional del Ejército Argentino, el funcionario nacional precisó que "el objetivo es inculcar en los jóvenes argentinos los altos valores que siempre caracterizaron a las Fuerzas Armadas: esfuerzo, valor, disciplina y amor por nuestra Nación".
Lo hizo con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 372/2025, donde estableció, entre otras cosas los nuevos requisitos para ingresar y permanecer en las Fuerzas.
Según explica el documento en sus considerandos, “deviene necesario actualizar el Servicio Militar Voluntario con el fin de contar con Soldados Voluntarios altamente calificados, instruidos y preparados, de acuerdo a las necesidades operacionales actuales de las Fuerzas Armadas, lo cual se logrará garantizando la finalización de la Educación Secundaria, la capacitación y posterior certificación en oficios de los ciudadanos que opten por realizar el mencionado servicio”.
En ese mismo sentido, se remarcó que “la ampliación de la instrucción militar debería incluir la capacitación para el cumplimiento de las misiones subsidiarias asignadas a las Fuerzas Armadas, brindando el apoyo necesario a la comunidad con ayuda y asistencia humanitaria ante situaciones de emergencias y desastres”.
En ese marco, el decreto que lleva las firmas de Javier Milei, Guillermo Francos y Petri, remarcó que “resulta necesario actualizar algunas disposiciones del Decreto N° 978/95 que aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 24.429 que estableciera el Servicio Militar Voluntario, en función de la evolución de las prioridades de la Política de Defensa, el diseño de las Fuerzas Armadas y la adaptación a la creciente demanda de capacitación para el desempeño en el ámbito militar”.
“Los ciudadanos que ingresen al Servicio Militar Voluntario tendrán acceso a la capacitación, educación e instrucción para desempeñarse dentro del Sistema de Defensa Nacional y percibirán la retribución que fije el Poder Ejecutivo Nacional; al mismo tiempo que desarrollarán actividades tácticas, técnicas y logísticas, así como administrativas y aquellas necesarias para el mantenimiento y funcionamiento cotidiano de las unidades militares, según la especificidad de cada una de las Fuerzas Armadas”, precisó el texto.
Entre las principales actualizaciones, entonces, se encuentran la “obligatoriedad de finalizar la Educación Secundaria para los Soldados Voluntarios, de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y sus modificatorias, que hubiesen ingresado al servicio sin los estudios secundarios completos”.
Para ello “se elaborará un plan de estudios para garantizar la finalización de la Educación Secundaria por parte del Ministerio de Defensa, el que será remitido a la Secretaría de Educación para su aprobación”.
“La participación de la Tropa de Voluntarios en el plan de estudios destinado a la finalización del nivel secundario deberá ser desarrollada sin perjuicio de las actividades del servicio. Esta disposición también será de aplicación para cursos y programas de capacitación y/o formación para el trabajo que forman parte integrante de las actividades del servicio, desarrolló la normativa”, se indicó.
De todas maneras, para el ingreso se precisa “haber acreditado la finalización de la Educación Primaria y aprobar el examen psicofísico establecido jurisdiccionalmente”, además de “aprobar un curso de admisión de entre 10 y 12 semanas.
Además, de acuerdo con la actualización del artículo 3° de la Ley N° 24.429, “la cantidad de personal de Tropa de Voluntarios que se necesite incorporar para las Fuerzas Armadas será determinada en función de los requerimientos que identifiquen cada una de las Fuerzas, en las diferentes instancias del Planeamiento para la Defensa Nacional”.
El artículo 5° de la nueva medida, por su parte, establece que “al cumplir el segundo año del compromiso de servicio inicial, la autoridad de cada Fuerza concederá el Alta Efectiva de aquellos Soldados Voluntarios de Segunda que manifiesten su voluntad de renovarlo y a los cuales se califique como ‘Propuesto para permanecer en servicio activo’, siendo requisito excluyente para su otorgamiento que el personal de Tropa de Voluntarios haya terminado su Educación Secundaria”.
“Excepcionalmente, cuando el personal de Tropa de Voluntarios haya tenido un desempeño destacado y acredite avances comprobables en dichos estudios secundarios, una Junta de Calificaciones podrá recomendar hasta dos renovaciones de dos años cada una de dicho compromiso de servicios. Se dispondrá la baja de aquellos clasificados como ‘No propuesto para permanecer en servicio activo’”, agregó el decreto.
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Con información de
Clarín
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