¿Multas vencidas? cuándo prescriben las infracciones de tránsito en cada provincia argentina
Viernes 25 de
Julio 2025
Las multas de tránsito prescriben cada cierto tiempo y luego el Estado ya no puede reclamar el pago. Cada provincia tiene sus propios plazos
En Argentina, las multas de tránsito son una herramienta fundamental para regular el comportamiento de los conductores y garantizar la seguridad vial.
Las normas de tránsito se rigen bajo la aplicación de la Ley 24.449, pero cada provincia tiene la potestad de adecuar esa normativa a sus propias necesidades y aplicarla de manera diferencial. Entre estos puntos, se encuentra la prescripción de las multas de tránsito, es decir, pasado un período de tiempo, pierden su validez y ya no se pueda exigir el pago.
En el contexto de las multas de tránsito, una vez que el plazo de prescripción se cumplió, el Estado ya no puede exigir el cobro de la multa ni tomar acciones legales en contra del infractor.
En Argentina, el plazo para que una multa de tránsito prescriba depende de la jurisdicción en la que haya sido cometida la infracción, ya que cada municipio o provincia tiene sus propias normativas y plazos.
Según lo indica el artículo 89 de la citada ley nacional, a los dos años prescriben las faltas leves y a los cinco años las faltas graves.
Como se mencionó, la Ley de Tránsito clasifica las infracciones en dos categorías principales:
- No presentar la documentación requerida.
- Circular sin patente o seguro vigente.
- Negarse a proporcionar información cuando se le solicita.
- Pasar un semáforo en rojo.
- Estacionar en doble fila.
- Usar la bocina sin necesidad.
- Exceder hasta un 10% el límite de velocidad permitido.
Conocer la naturaleza de la infracción es fundamental para determinar cuándo prescribe y si hay acciones que puedan interrumpir ese período. Si ha transcurrido el tiempo sin ninguna acción que interrumpa el proceso, es posible evitar el pago de la multa.
Los plazos de prescripción para multas de tránsito varían significativamente entre provincias. A continuación, un breve resumen:
- Buenos Aires: 2 años (leves), 5 años (graves)
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 5 años (todas las faltas)
- Mendoza: 2 años (leves), 3 años (graves), 4 años (gravísimas)
- Chaco: 2 años (leves), 5 años (graves)
- Chubut: 6 meses (sin iniciar procedimiento), 1 año (con procedimiento iniciado), 2 años (sentencia firme)
- Formosa: 1 año (leves), 2 años (graves)
- Corrientes, San Juan y Tierra del Fuego: 2 años
- Neuquén y Córdoba: 3 años (todas las faltas)
- Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Río Negro, Salta y San Luis: 5 años
- Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán: siguen el criterio nacional.
Es crucial recordar que las multas pueden extinguirse si el acreedor no reclama su pago dentro del plazo establecido.
Aunque no se pueden eliminar automáticamente del registro, cada jurisdicción tiene la facultad de establecer sus criterios para su gestión.
Sin embargo, estas regulaciones no pueden vulnerar el derecho a ser juzgado en un tiempo razonable.
Las normas de tránsito se rigen bajo la aplicación de la Ley 24.449, pero cada provincia tiene la potestad de adecuar esa normativa a sus propias necesidades y aplicarla de manera diferencial. Entre estos puntos, se encuentra la prescripción de las multas de tránsito, es decir, pasado un período de tiempo, pierden su validez y ya no se pueda exigir el pago.
En el contexto de las multas de tránsito, una vez que el plazo de prescripción se cumplió, el Estado ya no puede exigir el cobro de la multa ni tomar acciones legales en contra del infractor.
En Argentina, el plazo para que una multa de tránsito prescriba depende de la jurisdicción en la que haya sido cometida la infracción, ya que cada municipio o provincia tiene sus propias normativas y plazos.
Según lo indica el artículo 89 de la citada ley nacional, a los dos años prescriben las faltas leves y a los cinco años las faltas graves.
Tipos de infracciones de tránsito
Como se mencionó, la Ley de Tránsito clasifica las infracciones en dos categorías principales:
Faltas graves:
- No presentar la documentación requerida.
- Circular sin patente o seguro vigente.
- Negarse a proporcionar información cuando se le solicita.
- Pasar un semáforo en rojo.
Faltas leves:
- Estacionar en doble fila.
- Usar la bocina sin necesidad.
- Exceder hasta un 10% el límite de velocidad permitido.
Conocer la naturaleza de la infracción es fundamental para determinar cuándo prescribe y si hay acciones que puedan interrumpir ese período. Si ha transcurrido el tiempo sin ninguna acción que interrumpa el proceso, es posible evitar el pago de la multa.
Plazos de prescripción de multas de tránsito, provincia por provincia
Los plazos de prescripción para multas de tránsito varían significativamente entre provincias. A continuación, un breve resumen:
- Buenos Aires: 2 años (leves), 5 años (graves)
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 5 años (todas las faltas)
- Mendoza: 2 años (leves), 3 años (graves), 4 años (gravísimas)
- Chaco: 2 años (leves), 5 años (graves)
- Chubut: 6 meses (sin iniciar procedimiento), 1 año (con procedimiento iniciado), 2 años (sentencia firme)
- Formosa: 1 año (leves), 2 años (graves)
- Corrientes, San Juan y Tierra del Fuego: 2 años
- Neuquén y Córdoba: 3 años (todas las faltas)
- Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Río Negro, Salta y San Luis: 5 años
- Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán: siguen el criterio nacional.
Es crucial recordar que las multas pueden extinguirse si el acreedor no reclama su pago dentro del plazo establecido.
Aunque no se pueden eliminar automáticamente del registro, cada jurisdicción tiene la facultad de establecer sus criterios para su gestión.
Sin embargo, estas regulaciones no pueden vulnerar el derecho a ser juzgado en un tiempo razonable.
Con información de
Iprofesional

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