Empleadas domésticas: cuánto cobran en octubre de 2025
Martes 23 de
Septiembre 2025
A la espera de una nueva negociación, este mes rigen los mismos valores del anterior y ya no se distribuye el bono extraordinario
Los trabajadores del servicio doméstico reciben en octubre el mismo monto que el mes previo, dado que en septiembre impactó el último tramo de incrementos que formaba parte del más reciente acuerdo paritario para empleados del sector y, al momento, no hay nuevas subas negociadas.
Además, las empleadas domésticas ya no cuentan con el bono extraordinario en el décimo mes del año, dado que las entregas se pautaron para tres veces consecutivas, y culminaron junto al salario de septiembre.
De esta manera, para el mes de octubre, se toman como referencia los valores más recientes que fueron publicados por la Upacp (Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares) y difundidos en su sitio, donde figuran las cifras exactas para el personal que trabaja por hora y por mes en sus distintas categorías.
Según la grilla publicada por el Upacp, para la liquidación salarial de las personas que están contratadas por horas o por jornada se toman como referencia los siguientes valores mínimos:
- Por hora con retiro: $3052,99
- Por hora sin retiro: $3293,99
Estos valores sirven para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
En octubre, quienes trabajan con un esquema mensual cobran los siguientes montos:
- Mensual con retiro: $374.541,36
- Mensual sin retiro: $416.485,63
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
La ley también toma en consideración un pago adicional del 30% sobre los salarios mínimos para cada categoría en los casos en que el trabajo se desarrolle en territorios que sean considerados como “zonas desfavorables”:
- La Pampa
- Río Negro
- Chubut
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego
- Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Partido de Patagones, dentro de la Provincia de Buenos Aires
Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.
Además, las empleadas domésticas ya no cuentan con el bono extraordinario en el décimo mes del año, dado que las entregas se pautaron para tres veces consecutivas, y culminaron junto al salario de septiembre.
De esta manera, para el mes de octubre, se toman como referencia los valores más recientes que fueron publicados por la Upacp (Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares) y difundidos en su sitio, donde figuran las cifras exactas para el personal que trabaja por hora y por mes en sus distintas categorías.
Salario por hora de las empleadas domésticas en octubre 2025
Según la grilla publicada por el Upacp, para la liquidación salarial de las personas que están contratadas por horas o por jornada se toman como referencia los siguientes valores mínimos:
- Por hora con retiro: $3052,99
- Por hora sin retiro: $3293,99
Estos valores sirven para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Salario mensual de las empleadas domésticas en octubre de 2025
En octubre, quienes trabajan con un esquema mensual cobran los siguientes montos:
- Mensual con retiro: $374.541,36
- Mensual sin retiro: $416.485,63
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Quiénes reciben un porcentaje extra en sus salarios
La ley también toma en consideración un pago adicional del 30% sobre los salarios mínimos para cada categoría en los casos en que el trabajo se desarrolle en territorios que sean considerados como “zonas desfavorables”:
- La Pampa
- Río Negro
- Chubut
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego
- Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Partido de Patagones, dentro de la Provincia de Buenos Aires
Los pasos para registrar en ARCA a los trabajadores de casas particulares
Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
Este registro se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.
Con información de
La Nación
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