¿Es hora de sacar los dólares del colchón? El nuevo esquema de multas y las dudas de los especialistas
Miércoles 07 de
Enero 2026
La ley de Inocencia fiscal ya fue aprobada y promulgada, pero el endurecimiento de las sanciones despierta controversias. Dónde ponen la lupa los expertos para saber si conviene.
La ley de “Inocencia Fiscal” fue aprobada por el Congreso, aunque un detalle no menor generó inquietud entre los especialistas antes de que el Senado le diera luz verde al proyecto.
El Gobierno aún debe precisar cómo será la normativa para que los argentinos inviertan los denominados “dólares del colchón” en la economía formal. Sin embargo, existe un aspecto de la iniciativa que encendió señales de alerta entre los individuos y/o sociedades.
Uno de los aspectos críticos durante el debate parlamentario fue el endurecimiento de las multas automáticas por falta de presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas (IVA, Ganancias y Bienes Personales, entre otras)
Semanas atrás, el ministro de Economía, Luis Caputo, prometió que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) iba a trabajar en una solución menos rígida. “En vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles“, aseguró en su cuenta de X.
Con la sanción de la ley, se actualizaron los montos de las sanciones establecidas en la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal. La multa por omisión de presentación de declaración jurada para personas humanas pasó de $ 200 a $ 220.000, mientras que para las personas jurídicas se incrementó de $ 400 a $ 440.000.
Además, la normativa establece que los montos se actualizarán automáticamente, a partir del 1° de enero de 2027, según la variación de las Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs).
En línea con lo anticipado por Caputo, el fisco publicó los cambios, una decisión que, de algún modo, reconoce que los valores resultaban desproporcionados. No obstante, aún no hay detalles sobre cómo será el esquema de graduación de las multas.
“En cuanto ocurra el vencimiento del plazo para presentar la declaración jurada, en vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio con antelación de 10 a 15 días hábiles“, señalaron desde el organismo que conduce Andrés Vázquez.
Cumplido el plazo, el ente recaudador de impuestos podrá intimar y aplicar sanciones sobre los individuos y/o empresas que no hayan presentado la declaración jurada.
“ARCA va a merituar la cantidad de días de demora en la presentación para aplicar una multa menor, según el caso, y de este modo poder distinguir los incumplimientos frecuentes de aquellos ocasionales y no aplicar automáticamente una medida inflexible", detallaron.
De este modo, el Ejecutivo intentó moderar un esquema que podía provocar arbitrariedades, aunque los montos para las sanciones administrativas continúan sin cambios.

¿Se resolvió el problema de fondo? Para los especialistas, no del todo. Las multas siguen siendo consideradas “excesivas” y, si bien el Gobierno planteó que podría haber cambios en la ley, cualquier modificación deberá debatirse en el Congreso.
Un experto en tributación señaló que lo ideal sería que los “nuevos montos” quedaran establecidos en la ley. No solo para aliviar a los contribuyentes, sino “porque la reglamentación podría ser modificada o derogada” por futuras gestiones.
“Es un beneficio y un alivio en el corto plazo, pero una preocupación y un dolor de cabeza para el futuro. Para asegurar la tranquilidad de pymes y contribuyentes, hay que modificar nuevamente la ley. Que no quede todo a criterio de ARCA”, consideró el contador Marcos Felice.
El Gobierno reconoció que estaba dispuesto a aceptar cambios en el régimen de las multas automáticas, aunque recién cuando se pongan en marcha las sesiones ordinarias en el Congreso.
“Nosotros estamos dispuestos a las sesiones ordinarias a analizar el planteo que hacen los senadores [Maximiliano] Abad y [Eduardo] Vischi para plantear cuáles serían las multas en los contribuyentes pequeños y la posibilidad de que esas multas sean acordes. En todo caso, como creemos importante poner en marcha esta ley, nos comprometemos a analizar una ley corta que pueda subsanar este problema", dijo la senadora Patricia Bullrich, quien encabezó las negociaciones en la Cámara alta.
El Gobierno aún debe precisar cómo será la normativa para que los argentinos inviertan los denominados “dólares del colchón” en la economía formal. Sin embargo, existe un aspecto de la iniciativa que encendió señales de alerta entre los individuos y/o sociedades.
Uno de los aspectos críticos durante el debate parlamentario fue el endurecimiento de las multas automáticas por falta de presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas (IVA, Ganancias y Bienes Personales, entre otras)
Semanas atrás, el ministro de Economía, Luis Caputo, prometió que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) iba a trabajar en una solución menos rígida. “En vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles“, aseguró en su cuenta de X.
Con la sanción de la ley, se actualizaron los montos de las sanciones establecidas en la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal. La multa por omisión de presentación de declaración jurada para personas humanas pasó de $ 200 a $ 220.000, mientras que para las personas jurídicas se incrementó de $ 400 a $ 440.000.
Además, la normativa establece que los montos se actualizarán automáticamente, a partir del 1° de enero de 2027, según la variación de las Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs).
En línea con lo anticipado por Caputo, el fisco publicó los cambios, una decisión que, de algún modo, reconoce que los valores resultaban desproporcionados. No obstante, aún no hay detalles sobre cómo será el esquema de graduación de las multas.
“En cuanto ocurra el vencimiento del plazo para presentar la declaración jurada, en vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio con antelación de 10 a 15 días hábiles“, señalaron desde el organismo que conduce Andrés Vázquez.
Cumplido el plazo, el ente recaudador de impuestos podrá intimar y aplicar sanciones sobre los individuos y/o empresas que no hayan presentado la declaración jurada.
“ARCA va a merituar la cantidad de días de demora en la presentación para aplicar una multa menor, según el caso, y de este modo poder distinguir los incumplimientos frecuentes de aquellos ocasionales y no aplicar automáticamente una medida inflexible", detallaron.
De este modo, el Ejecutivo intentó moderar un esquema que podía provocar arbitrariedades, aunque los montos para las sanciones administrativas continúan sin cambios.

¿Se resolvió el problema de fondo? Para los especialistas, no del todo. Las multas siguen siendo consideradas “excesivas” y, si bien el Gobierno planteó que podría haber cambios en la ley, cualquier modificación deberá debatirse en el Congreso.
Un experto en tributación señaló que lo ideal sería que los “nuevos montos” quedaran establecidos en la ley. No solo para aliviar a los contribuyentes, sino “porque la reglamentación podría ser modificada o derogada” por futuras gestiones.
“Es un beneficio y un alivio en el corto plazo, pero una preocupación y un dolor de cabeza para el futuro. Para asegurar la tranquilidad de pymes y contribuyentes, hay que modificar nuevamente la ley. Que no quede todo a criterio de ARCA”, consideró el contador Marcos Felice.
El Gobierno reconoció que estaba dispuesto a aceptar cambios en el régimen de las multas automáticas, aunque recién cuando se pongan en marcha las sesiones ordinarias en el Congreso.
“Nosotros estamos dispuestos a las sesiones ordinarias a analizar el planteo que hacen los senadores [Maximiliano] Abad y [Eduardo] Vischi para plantear cuáles serían las multas en los contribuyentes pequeños y la posibilidad de que esas multas sean acordes. En todo caso, como creemos importante poner en marcha esta ley, nos comprometemos a analizar una ley corta que pueda subsanar este problema", dijo la senadora Patricia Bullrich, quien encabezó las negociaciones en la Cámara alta.
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