Cómo pedir la devolución del 30% de impuestos por gastos en dólares con tarjeta en el exterior
Jueves 08 de
Enero 2026
ARCA ya habilitó el trámite para los contribuyentes que hicieron consumos en otros países y hayan recibido percepciones por Ganancias y Bienes Personales
Con el inicio de año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite para solicitar la devolución del 30% de las percepciones aplicadas sobre gastos en moneda extranjera y la compra de dólar oficial efectuados durante 2025, por lo que determinados contribuyentes podrán recuperar lo abonado en concepto de tributos.
Estas percepciones corresponden a adelantos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, que pueden ser reintegrados a quienes no resulten alcanzados por esos impuestos o tengan saldo a favor.
Este régimen aplica determinadas operaciones en moneda extranjera, como la compra de divisas, adquisición de pasajes al exterior, compras fuera del país o la contratación de servicios digitales a proveedores extranjeros. Dado que estas percepciones funcionan como pagos anticipados, los contribuyentes pueden solicitarlas según su situación fiscal.
El trámite se realiza completamente online y requiere contar con CUIT y clave fiscal. El proceso consiste en ingresar al sitio de ARCA, acceder al servicio “Devolución de percepciones”, seleccionar el período fiscal 2025 y la opción correspondiente a pagos a cuenta por compras en el exterior.
La plataforma exhibe de manera automática las percepciones registradas por bancos y agencias de viaje, las cuales pueden ser seleccionadas y remitidas para su validación. ARCA evalúa la situación fiscal del solicitante y, si corresponde, aprueba la devolución, que se deposita en la cuenta bancaria informada.
Podrán acceder al trámite de devolución aquellas personas que no estén inscriptas en el Impuesto a las Ganancias o en el Impuesto sobre los Bienes Personales, siempre que no tengan la obligación de registrarse en esos tributos.
En el caso de empleados en relación de dependencia, la solicitud está habilitada para quienes no hayan tenido retenciones por el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría. También podrán gestionarla aquellos que, aún habiendo sufrido retenciones, hayan recibido la percepción bajo el código 219, correspondiente a Bienes Personales.
Guía para solicitar la devolución
Para iniciar el trámite, es necesario ingresar al sistema de ARCA utilizando una clave fiscal de nivel 2 o superior y acceder al servicio “Devolución de percepciones”.
El sistema permite visualizar y seleccionar las percepciones correspondientes a cada período mensual, informadas por el agente de percepción. Si alguna percepción no aparece registrada, puede incorporarse manualmente.
El primer paso consiste en ingresar al sitio web de ARCA con la clave fiscal. Luego, se debe seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”. Si este servicio no se encuentra habilitado, puede añadirse desde la opción “Mis Servicios”. A continuación, se debe elegir la opción “Nuevo” e indicar el período fiscal para el que se solicita la devolución.
Una vez verificados todos los datos, es necesario hacer clic en “Presentar” para finalizar el trámite. El estado de la solicitud puede consultarse en el mismo servicio.
- Ingresar con clave fiscal al sitio oficial de ARCA.
- Buscar y seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”.
- Crear una nueva solicitud desde la opción “Nuevo”.
- Completar el año y mes correspondiente al período. Si alguna percepción no figura, se puede agregar manualmente con el botón “Agregar percepción”.
- Hacer clic en “Presentar”.
- Confirmar los datos ingresados.
En caso de aprobación, el monto será acreditado en la cuenta bancaria de la CBU registrada.
Se puede monitorear el estado de la solicitud a través del servicio “Devolución de percepciones”.
La resolución, ya sea la aprobación o el rechazo, depende de controles automáticos y verificaciones posteriores que realiza ARCA. Si la solicitud no supera estas instancias, el organismo notificará la situación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico y la gestión quedará invalidada.
Una alternativa para no realizar este trámite consiste en pagar los consumos en dólares antes del vencimiento del resumen de la tarjeta. Para efectuar el pago en esa moneda, se puede optar por la compra de dólares oficiales mediante la aplicación bancaria o utilizar dólar MEP.
Estas percepciones corresponden a adelantos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, que pueden ser reintegrados a quienes no resulten alcanzados por esos impuestos o tengan saldo a favor.
Este régimen aplica determinadas operaciones en moneda extranjera, como la compra de divisas, adquisición de pasajes al exterior, compras fuera del país o la contratación de servicios digitales a proveedores extranjeros. Dado que estas percepciones funcionan como pagos anticipados, los contribuyentes pueden solicitarlas según su situación fiscal.
El trámite se realiza completamente online y requiere contar con CUIT y clave fiscal. El proceso consiste en ingresar al sitio de ARCA, acceder al servicio “Devolución de percepciones”, seleccionar el período fiscal 2025 y la opción correspondiente a pagos a cuenta por compras en el exterior.
La plataforma exhibe de manera automática las percepciones registradas por bancos y agencias de viaje, las cuales pueden ser seleccionadas y remitidas para su validación. ARCA evalúa la situación fiscal del solicitante y, si corresponde, aprueba la devolución, que se deposita en la cuenta bancaria informada.
Podrán acceder al trámite de devolución aquellas personas que no estén inscriptas en el Impuesto a las Ganancias o en el Impuesto sobre los Bienes Personales, siempre que no tengan la obligación de registrarse en esos tributos.
En el caso de empleados en relación de dependencia, la solicitud está habilitada para quienes no hayan tenido retenciones por el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría. También podrán gestionarla aquellos que, aún habiendo sufrido retenciones, hayan recibido la percepción bajo el código 219, correspondiente a Bienes Personales.
Guía para solicitar la devolución
Para iniciar el trámite, es necesario ingresar al sistema de ARCA utilizando una clave fiscal de nivel 2 o superior y acceder al servicio “Devolución de percepciones”.
El sistema permite visualizar y seleccionar las percepciones correspondientes a cada período mensual, informadas por el agente de percepción. Si alguna percepción no aparece registrada, puede incorporarse manualmente.
El primer paso consiste en ingresar al sitio web de ARCA con la clave fiscal. Luego, se debe seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”. Si este servicio no se encuentra habilitado, puede añadirse desde la opción “Mis Servicios”. A continuación, se debe elegir la opción “Nuevo” e indicar el período fiscal para el que se solicita la devolución.
Una vez verificados todos los datos, es necesario hacer clic en “Presentar” para finalizar el trámite. El estado de la solicitud puede consultarse en el mismo servicio.
Cómo hacer el trámite
- Ingresar con clave fiscal al sitio oficial de ARCA.
- Buscar y seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”.
- Crear una nueva solicitud desde la opción “Nuevo”.
- Completar el año y mes correspondiente al período. Si alguna percepción no figura, se puede agregar manualmente con el botón “Agregar percepción”.
- Hacer clic en “Presentar”.
- Confirmar los datos ingresados.
En caso de aprobación, el monto será acreditado en la cuenta bancaria de la CBU registrada.
Se puede monitorear el estado de la solicitud a través del servicio “Devolución de percepciones”.
La resolución, ya sea la aprobación o el rechazo, depende de controles automáticos y verificaciones posteriores que realiza ARCA. Si la solicitud no supera estas instancias, el organismo notificará la situación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico y la gestión quedará invalidada.
Una alternativa para no realizar este trámite consiste en pagar los consumos en dólares antes del vencimiento del resumen de la tarjeta. Para efectuar el pago en esa moneda, se puede optar por la compra de dólares oficiales mediante la aplicación bancaria o utilizar dólar MEP.
Con información de
Infobae
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