Diferencias entre la insuficiencia de la acción penal y la insubsistencia de la acción penal

Miércoles 14 de Enero 2026
Por: Dr. Carlos D. Renna

El análisis del Dr. Carlos Renna.
I.- La insuficiencia de la acción penal.
  
Trataremos en primer lugar la insuficiencia de la acción penal, que es un concepto jurídico que se refiere a los supuestos en los que el Estado, a través del Ministerio Público (o la Fiscalía), no cuenta con los elementos necesarios para iniciar, mantener o concluir con éxito un proceso penal contra una persona.
 
En términos sencillos, es la falta de fuerza legal o probatoria para sostener una acusación. Aquí te detallo los escenarios principales donde esto ocurre:
 
1. Falta de Elementos de Prueba (Insuficiencia Probatoria)
 
Es el escenario más común. La acción penal es insuficiente cuando las pruebas recabadas durante la investigación no logran demostrar: a.- La existencia del hecho: No se puede probar que el delito realmente ocurrió. b.- La participación del imputado: Aunque el delito existió, no hay pruebas suficientes para vincular directamente a la persona acusada con el acto. c.- En este caso, rige el principio "In dubio pro reo" (en caso de duda, a favor del reo), lo que suele derivar en un sobreseimiento o una sentencia absolutoria.
 
2. Ausencia de Requisitos de Procedibilidad
 
A veces, la acción penal no puede ejercerse porque falta un requisito legal previo. Por ejemplo:
 
Querella necesaria: En delitos privados (como injurias o ciertos robos familiares), si la víctima no presenta la denuncia formal, la Fiscalía no puede actuar de oficio.
Declaratoria de perjuicio: Requerida en algunos delitos Fiscales o financieros donde existe administración del estado.
 
Falta de antejuicio: Cuando el imputado goza de inmunidad (fueros) y no se ha realizado el proceso legal para retirársela.
 
3. Causas de Extinción de la Acción Penal
 
La acción penal puede considerarse insuficiente o "agotada" cuando ocurre un evento legal que impide continuar el proceso: a.- Prescripción: Ha pasado el tiempo máximo que la ley otorga para perseguir el delito. B.- Muerte del imputado: La responsabilidad penal es personalísima. c.- Amnistía o Indulto: Decisiones políticas/jurídicas que anulan la persecución.
 
d.- Cosa Juzgada: La persona ya fue juzgada por los mismos hechos. Ne bis in idem.
 
4. Atipicidad del Hecho
 
Ocurre cuando la conducta investigada, aunque sea reprochable moralmente, no encaja exactamente en la descripción de un delito establecida en el Código Penal. Si el hecho no es "típico", la acción penal carece de fundamento jurídico. Puede ser que se investigó un hecho con una calificación legal pero no se puedo probar esa calificación y correspondía otra.
 
Diferencia entre Insuficiencia y Deficiencia:
 
Es importante no confundirlas: a.- Insuficiencia: Es una carencia de "materia" (pruebas o derecho) para actuar. B.- Deficiencia: Es un error u omisión del Fiscal en la estrategia, la redacción de la acusación o el manejo de los tiempos procesales.
 
¿Cuáles son las Consecuencias Jurídicas?
 
Cuando se determina que la acción penal es insuficiente, el Juez suele dictar un Sobreseimiento Art. 306 del CPPSF. Este tiene efectos similares a una sentencia absolutoria: pone fin al proceso, levanta las medidas cautelares y evita que la persona vuelva a ser perseguida por ese mismo hecho.
 
En el sistema acusatorio de Santa Fe, el Fiscal tiene facultades para archivar la causa por falta de pruebas o no pudo comprobar la autoría de alguno de los imputados. Para ser absolutamente sincero, estas causas ocurren muy a menudo en los Tribunales de todo el país.
 
II.- La insubsistencia de la acción penal es un concepto jurídico distinto a la "insuficiencia". Mientras que la insuficiencia se refiere a la falta de pruebas, la insubsistencia se refiere a la pérdida de validez o de fuerza legal de la acción penal debido, principalmente, al paso del tiempo en condiciones que vulneran derechos fundamentales.
 
Es una garantía que protege al imputado frente a la inactividad o ineficiencia del Estado. Aquí te explico sus pilares:
 
1. El Plazo Razonable (Concepto Central)
 
La insubsistencia ocurre cuando un proceso judicial se extiende de manera excesiva e injustificada. La jurisprudencia (especialmente en Argentina y bajo la Corte Interamericana de Derechos Humanos) establece que nadie puede estar sometido a un "estado de sospecha" de forma indefinida.
 
Si el Estado no logra dictar una sentencia en un tiempo lógico, la acción penal "deja de subsistir" porque mantenerla violaría el derecho constitucional a un juicio rápido y al debido proceso. En el proceso penal santafesino, rigen los principios de oralidad, publicidad, contradicción, concentración, inmediatez, simplificación y celeridad según el art. 3 del CPPSF.
 
2. Diferencia con la Prescripción
 
Aunque ambas implican el fin del caso por el paso del tiempo, tienen orígenes distintos:
 
Prescripción: Está fijada por plazos rígidos en el Código Penal (ej. 5 o 10 años según el delito). Se cuenta desde que se cometió el hecho.
 
Insubsistencia: Es un concepto pretoriano (creado por jueces). Puede declararse incluso si la acción aún no ha prescrito legalmente, pero el Juez considera que el trámite ha sido tan lento que ya es irrazonable continuar.
 
3. ¿Cómo se determina si la acción es insubsistente?
 
Los jueces no usan un cronómetro fijo, sino que analizan tres criterios (conocidos como el "estándar de la CIDH"): a.- Complejidad del asunto: ¿Es un caso con muchos imputados, pruebas en el extranjero o peritajes técnicos difíciles?; b.- Actividad procesal del interesado: ¿El imputado retrasó el caso con recursos innecesarios o estuvo a disposición? C.- Conducta de las autoridades: ¿Hubo períodos de "muerte" del expediente donde el Fiscal o el Juez no hicieron nada?
 
4. Efectos Jurídicos
 
Cuando un tribunal declara la insubsistencia de la acción penal, las consecuencias son definitivas: Extinción de la persecución: El Estado pierde la potestad de seguir investigando o juzgando ese hecho. Sobreseimiento total: Se dicta el sobreseimiento del imputado, eliminando cualquier antecedente relacionado con esa causa.
 
Cosa Juzgada: El caso se cierra para siempre; no puede reabrirse, aunque aparezcan nuevas pruebas después.
 
En resumen, la insubsistencia es el "freno de mano" que los jueces aplican cuando el sistema judicial es tan lento que el proceso mismo se convierte en una pena anticipada para el ciudadano.
 
III.- Un leading case: El caso "Mattei" (Mattei, Ángel s/ contrabando), sentenciado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina el 29 de noviembre de 1968, es el leading case (caso testigo) que dio origen a la doctrina de la insubsistencia de la acción penal y el derecho al plazo razonable.
 
Es uno de los fallos más importantes de la historia jurídica argentina porque estableció que el proceso penal no puede durar para siempre.
 
1. Los Hechos del Caso: Ángel Mattei fue imputado por contrabando en 1963. El proceso avanzó penosamente hasta que, tras varios años, el Juez de primera instancia cerró la investigación (sumario) y el Fiscal acusó. Cuando el caso llegó a la Cámara de Apelaciones para ser revisado, los jueces de Cámara decidieron, de oficio, anular todo lo actuado y mandar el expediente de vuelta al principio porque consideraban que faltaban algunas pruebas.
 
Esto significaba que Mattei, que ya llevaba años bajo proceso y con su libertad restringida, debía empezar el juicio de nuevo desde cero.
 
2. Lo que resolvió la Corte Suprema de Justicia.
 
La Corte revocó la decisión de la Cámara y estableció principios que hoy son pilares del derecho penal: a.- Principio de Progresividad y Preclusión: El proceso penal se divide en etapas que deben avanzar. Una vez que una etapa se cierra (como la investigación), no se puede volver atrás arbitrariamente. Esto da seguridad jurídica. B.- Derecho a un Pronunciamiento Rápido: La Corte afirmó que dentro de la garantía de "defensa en juicio" (Art. 18 de la Constitución Nacional) está implícito el derecho de todo ciudadano a que se defina su situación procesal en el menor tiempo posible. C.- Estado de Sospecha: No es constitucionalmente válido mantener a una persona bajo un "estado de sospecha" de forma indefinida, ya que el proceso penal en sí mismo es un sufrimiento y una restricción a la libertad.
 
3. ¿Por qué se habla de "Insubsistencia"?
 
En el fallo Mattei, la Corte utilizó una lógica poderosa: si el Estado ha sido ineficiente y ha dejado pasar tanto tiempo que seguir con el juicio violaría la Constitución, la acción penal deja de subsistir.
 
Es decir, aunque el delito no haya prescrito técnicamente (según los años que dice el Código Penal), la acción se extingue porque el tiempo transcurrido la volvió inválida.
 
4. Importancia Actual
 
Aunque el fallo es de 1968, su vigencia se reforzó con la reforma constitucional de 1994, que incorporó tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual exige expresamente el "plazo razonable" (Art. 8.1).
 
Puntos clave: Garantía contra la morosidad judicial: El imputado no tiene que pagar con su libertad la lentitud de los jueces o Fiscales. Límite al poder del Estado: El Estado no tiene un tiempo infinito para probar un delito. Cierre definitivo: Cuando se declara la insubsistencia por el estándar del caso Mattei, el imputado es sobreseído.
 
IV.- Otros precedentes importantes en Argentina. Además de "Mattei", la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y otros tribunales argentinos han consolidado esta doctrina a través de varios fallos clave.
 
Estos casos han servido para definir que, incluso si no se cumplen los plazos de la prescripción "matemática" del Código Penal, la acción puede morir por la ineficiencia del Estado.
 
Entre los más emblemáticos:
 
1. Caso "Mozzatti" (1978) Este fallo profundizó lo dicho en Mattei. El hecho: Se trataba de una causa que llevaba 25 años en trámite sin sentencia firme. La decisión: La Corte declaró la insubsistencia de la acción penal señalando que la demora era "grosera". Estableció que el derecho a un juicio rápido no es una sugerencia, sino un límite real al poder punitivo. Aquí la Corte empezó a usar la figura de la prescripción como la herramienta técnica para ejecutar esa insubsistencia.
 
2. Caso "Kipperband" (1999) Un fallo fundamental para entender el rol de los jueces. La decisión: La Corte (en especial los votos de los jueces Petracchi y Boggiano) sostuvo que la garantía del plazo razonable es operativa. Esto significa que los jueces no deben esperar a que una ley les diga cuánto es "mucho tiempo", sino que deben analizar cada caso y declarar la insubsistencia si la demora es injustificada.
 
3. Caso "Barra" (2004), Relacionado con una causa de defraudación por administración fraudulenta. El hecho: El proceso se había extendido por casi 20 años. La decisión: La CSJN reiteró que la duración irrazonable del proceso penal constituye una violación al derecho de defensa. Aplicó la doctrina de la insubsistencia para cerrar la causa, enfatizando que no se puede permitir que el Estado haga "repetidos intentos" de condena alargando los tiempos.
 
4. Caso "Egea" (2004), La decisión: La Corte consideró que un proceso de 18 años violaba ostensiblemente la garantía. Lo relevante de este fallo es que aclaró que, sin importar si hubo "actos interruptivos" de la prescripción (como llamados a indagatoria), el tiempo total acumulado era tan grande que la acción penal ya no podía sostenerse.
 
5. Caso "Núñez" (2023) - Jurisprudencia Reciente. Este es uno de los fallos más actuales de la CSJN sobre el tema. El hecho: Una causa por falso testimonio que duró 17 años pese a ser un caso simple, con un solo imputado y sin pruebas complejas. La decisión: La Corte dejó sin efecto la sentencia que rechazaba la insubsistencia. Argumentó que, dado que el caso no era complejo, la extensión del proceso era incompatible con el derecho constitucional a ser juzgado en un plazo razonable.

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