Pros y contras de la unificación de los códigos procesales en Argentina

Domingo 01 de Febrero 2026
Por: Dr. Carlos D. Renna

Los principales autores que han reflexionado sobre esta cuestión.
I.- La unificación procesal en Argentina es un tema central del derecho constitucional y administrativo, principalmente por la tensión que genera nuestra estructura federal. Mientras que el derecho sustantivo (Civil, Penal, Comercial) es único para todo el país, el derecho procesal es una facultad reservada por las provincias.
 
¿Cuáles son los autores que realmente plantearon el tema de la uniformidad de Digestos Procesales?

A continuación, te detallo los autores y referentes que han marcado el camino en este debate, es decir los Precursores:

 
1.- Los Referentes Históricos y de Base: Muchos autores han impulsado la idea de "Códigos Tipo" o leyes modelo para reducir la brecha entre jurisdicciones provinciales y también de países que podrían tener una misma legislación.

En materia procesal penal el Dr. Ricardo Levene (H) fue uno de los autores que planteó la uniformidad de código procesal penal tipo para América latina. El Dr. Ricardo Levene (H) hoy fallecido, pero dejó una trayectoria enorme e impecable en el derecho procesal penal y es autor del anteproyecto del código procesal mixto que aun rige para la justicia Federal. Fue un excelente profesor -puedo asegurarlo porque fue mi profesor de Derecho Procesal Penal en el Doctorado en Ciencias Penales en la Universidad Argentina John Kennedy- de vasta trayectoria en la academia, en el poder judicial de la Argentina siendo ministro de la CSJN. También fue ministro de Justicia de la Nación en años anteriores.

2.- El Dr. Augusto Mario Morello: Es, posiblemente, el autor más prolífico en este campo. Defendió la necesidad de un "derecho procesal de la integración" y trabajó incansablemente por la modernización y uniformidad de las estructuras procesales. El Dr. Morello es un destacado Civilista con cuantiosas obras sobre derecho Civil y procesal civil, con una trayectoria académica enorme.

3.- El Dr. Roland Arazi: Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (UBA); Profesor titular consulto en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Premio Konex de Platino 2016, además de ser un gran impulsor de la oralidad y la simplificación de procesos. Su enfoque se centra en que, si bien las provincias tienen autonomía, “la tutela judicial efectiva debe ser igual para todos los ciudadanos”.

4.- El Dr. Lino Enrique Palacio: Sus tratados son la base del derecho procesal argentino. Aunque respetuoso del federalismo, sentó las bases doctrinarias para que los códigos provinciales “sigan una línea lógica similar”. Falleció en el año 2020, pero dejó una carrera brillante en la universidad UBA, además de participar en numerosas conferencias e instituciones jurídicas, fue uno de los procesalistas mas importantes de país.

 
2. Autores Contemporáneos y Reformistas.

Estos autores se enfocan en la unificación de hecho a través de reformas procesales modernas (como el paso al sistema acusatorio en lo penal o la oralidad en lo civil).

a.- El Dr. Alberto Binder: Argentino. Profesor de posgrado de Derecho Procesal Penal en la Universidad de Buenos Aires. Abogado y doctor en derecho por esa misma universidad. Es la figura clave en la unificación de criterios del proceso penal. Ha sido el motor detrás de la implementación de “sistemas acusatorios y juicios por jurados” en casi todas las provincias, buscando un estándar mínimo de justicia republicana. Es presidente de INECIP.

b.- El Dr. Adolfo Alvarado Velloso: Representante de la escuela "garantista" del proceso. Si bien es crítico de ciertas intervenciones estatales, sus teorías sobre el debido proceso buscan una “aplicación uniforme de las garantías constitucionales en cualquier código procesal del país”. Presidente del Instituto Argentino de Derecho Procesal Garantista (desde 2000). Director Asesor de la Academia Latinoamericana de Derecho Procesal Garantista (desde 2003). Miembro Titular del Instituto Panamericano de Derecho Procesal (desde su fundación hasta hoy). Fue su presidente entre los años 2004 y 2012). Ex funcionario judicial desde 1956 magistrado judicial desde 1962 y Juez de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario.

c.- El Dr. Jorge Peyrano: Creador de la teoría de las "cargas probatorias dinámicas". Su influencia ha logrado que este concepto se unifique en la práctica judicial de casi todo el país, independientemente de lo que diga el código local escrito. Nació el 26/12/1946. Abogado egresado con Medalla de Oro de la PUCA (Rosario), Doctor en Ciencias Jurídicas por la UNL. Académico correspondiente de la Academia Nacional de Derecho de Córdoba, y ganador del Premio Academia 1995. Miembro de la Asociación Internacional de Derecho Procesal y del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal, y Fundador de la Asociación Argentina de Derecho Procesal.


Presidente del Ateneo de Estudios del Proceso Civil de Rosario. Profesor Honorario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Perú). Ex consultor internacional del Banco Mundial. Es magistrado judicial (Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Rosario) y orientó su vocación docente a la enseñanza de grado y posgrado en materia procesal civil y comercial, desarrollada en Argentina y en el exterior. Publicó una treintena de libros y más de cuatrocientos trabajos doctrinarios sobre temas de su especialidad, dados a conocer localmente y en otros países. Premio Konex 2006: Derecho Procesal, Internacional y de la Integración.

Si bien señalamos estos autores muy recocidos, también existen otros tantos, que no son tan conocidos por la doctrina, pero que adhieren a la posición de simplificar los sistemas procesales, aunque mi opinión es directamente “unificar los digestos procesales en todo el país”, procurando la misma legislación procesal penal en todo el país.
 

II.- ¿Cuáles serían los puntos clave del debate doctrinal?
 
La discusión entre estos autores suele girar en torno a dos ejes:
En primer lugar, la postura “Federalista Estricta”, que tiene como argumento “El proceso es facultad no delegada por las provincias (Art. 121 CN)”. La mayoría de los que defienden esto son Constitucionalistas clásicos. Pero esta postura se hace difícil de sostener “por la globalización mundial”, la influencia de los medios de comunicación por redes sociales y medios de comunicación que informan al minuto lo que ocurre en el mundo, los contratos que se celebran entre países o empresas y “requieren urgente un derecho unificado común a todos los países”, por lo que es indefendible en este momento decir que se pueden tener 25 sistemas procesales distintos en un solo país.

Por otro lado, están los Unificacionista, que consideran más eficaz el sistema uniforme de normas. Sostienen que no puede haber ciudadanos de "primera" y "segunda" según el código local. (Entre ellos Morello, Binder, Arazi).

 
¿Cuál sería la desventaja de unificar los procesos penales o civiles en el país actualmente?

La idea de una unificación procesal total en Argentina suena lógica para evitar el caos de tener 24 códigos distintos como ya hemos mencionado anteriormente, pero en la práctica choca aparentemente con barreras legales y realidades geográficas muy profundas.
Estas son las principales desventajas y obstáculos que señalan los juristas:
  

1. La supuesta Inconstitucionalidad que no es tal, (Sería el Freno Legal).

La principal desventaja es que, actualmente, sería ilegal sin una reforma de la Constitución Nacional. Ya que los artículos 75 inc. 12 y 121: La Constitución establece que las provincias delegan a la Nación la facultad de dictar los códigos sustantivos (Civil, Penal, etc.), pero se reservan para sí la facultad de dictar sus propias leyes de forma (procedimientos).

Podría ser un riesgo una ley de unificación nacional podría ser declarada inconstitucional por la Corte Suprema por avasallar las autonomías provinciales, “siempre que las provincias no contribuyan a la uniformidad participando en los debates legislativos”. Toda vez que si las provincias debaten y consideran que es mejor la uniformidad para brindar mayor seguridad jurídica, no tendría sentido hoy con la globalización cada vez más importante y creciente en el comercio y el sistema financiero, hacer mosaicos legislativos que entorpecen la uniformidad de funcionamiento.

Consecuentemente con ello, no seria un riesgo de que se declare la unificación de las normas procesales, si las provincias participan en la discusión de los puntos centrales de unificación legislativa procesal. Además, en la práctica se copia demasiado de los digestos procesales de una provincia a la otra, inclusivo de países a otros, se copian los modelos, por lo que no será incorrecto simplificar los procesos procesales y hacer un solo código procesal en materia penal, civil, laboral para toda la Argentina.

 
2. El Desapego a las Realidades Locales:  Argentina es un país con asimetrías geográficas y demográficas enormes. Un código unificado podría ser eficiente para la Ciudad de Buenos Aires, pero inviable para zonas rurales o provincias con menos recursos. Este argumento, hoy puede rebatirse fácilmente ya que durante la pandemia se trabajo con Zoom por medios telefónicos o computadoras que solucionaron las diferencias de distancias y culturas que se unificaron en todo el país. Las realidades distintas hoy no son un obstáculo, sino que pueden adaptarse fácilmente como se hace actualmente con el código procesal penal de la Nación que se aplica en todo el país.

 
3.- Infraestructura: Un proceso que exija digitalización total o plazos muy cortos puede funcionar en un centro urbano, pero fracasar en una jurisdicción donde la conectividad es limitada o las distancias entre juzgados son de cientos de kilómetros. En este sentido, es necesario mejorar la conectividad, pero ello es posible que existen en la actualidad numerosas empresas que pueden cumplir el sistema de conectividad en forma eficiente.

4.- Cultura Jurídica: Algunas provincias han avanzado mucho en la oralidad y el juicio por jurados, mientras que otras aún están en procesos de transición. Forzar una norma única ignorando el ritmo de cada provincia podría generar una parálisis judicial.  Este argumento es falaz ya que por ejemplo Chaco, Entre Ríos y Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires, tienen juicio oral con jurados ya y otras provincias lo están implementando, por lo que es una falacia ese argumento en la actualidad.
 
3. La Pérdida de los "Laboratorios de Innovación":
Una ventaja del sistema federal es que las provincias funcionan como laboratorios.
Si, por ejemplo, una provincia (como Chubut o Córdoba) prueba un sistema procesal penal novedoso como mediación o “probation”, y funciona bien correctamente como algo novedoso, las demás pueden copiarlo, o adaptarlo a su realidad.
 
4. Costos de Implementación y Burocracia:

Unificar procesos implica unificar también la forma en que se organizan los tribunales, lo cual pueden hacerlo las Cortes Supremas de cada Provincia. No hay que descartar un posible gasto o inversión en tecnología local provincial, ya que cambiar los códigos de 24 jurisdicciones de un día para otro requeriría una inversión masiva en capacitación de jueces, abogados y nuevos sistemas informáticos, pero que existe recursos humanos posibles para dicha reforma.

También podrían unificarse los Consejos de la Magistratura y formas de elegir jueces en cada provincia.  Unificar el proceso suele traer aparejada la presión de unificar la estructura orgánica, lo que genera en algunos casos resistencia política. Aunque hoy la clase política ha evolucionado mucho para considerar que se opongan a algo que mejorará la estructura y funcionamiento de los procesos penales en todo el país.

En conclusión, consideramos que no existen desventajas en su implementación.

Desde lo Institucional, entendemos que no hay debilitamiento del sistema federal y autonomía provincial, tal como se explicó.

Desde lo operativo, no existe rigidez frente a las diferencias geográficas y económicas de cada provincia, la tecnología y la capacitación pueden tranquilamente ayudar a adaptar los recursos humanos.

Tampoco existiría un caos transitorio durante la migración masiva a un sistema único, porque la participación de los representantes de provincias podría optimizar y enriquecer el sistema único.

Dejo aclarado que algunos autores proponen como alternativa los "Códigos Modelo" (que las provincias adhieran voluntariamente) en lugar de una unificación forzosa, pero pienso que ello no lograría una unificación al estilo que presenta esta idea.


NOTA22.COM

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