Europa: plataformas digitales deberán pagar a los medios de comunicación por usar sus contenido
Miércoles 13 de
Mayo 2026
El Tribunal de la Unión Europea falló a favor del marco europeo en materia de derechos de prensa en el mercado único digital ante un recurso interpuesto por Meta.
La Justicia de Europa se pronunció este martes a favor de los medios de comunicación y reconoció su derecho a una "remuneración equitativa" por el uso de sus contenidos en las diferentes plataformas digitales en medio de una disputa por derechos de autor.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló a favor de los medios de comunicación a partir de un recurso interpuesto por Meta, la compañía de Mark Zuckerberg y propietaria de Facebook, Instagram y WhatsApp, en contra de una decisión de la Autoridad Garante de las Comunicaciones Italiana (AGCOM).
La sentencia que favorece a los medios se dictó en un contexto de disputa por los derechos de autor, un reclamo que fue iniciado por los editores y creadores frente al uso de sus contenidos para, entre otros ejemplos, capacitaciones sobre herramientas de Inteligencia Artificial.
"Un derecho a una remuneración equitativa de las editoriales es compatible con el Derecho de la Unión, siempre y cuando esta remuneración constituya la contrapartida económica de la autorización para utilizar en línea sus publicaciones", sentenció en este caso el TJUE en Luxemburgo.
La nueva decisión, firme y vinculante en el territorio de la UE, responde a una cuestión prejudicial que planteó un juez italiano al que le llegó el recurso interpuesto por Meta por los criterios definidos por la AGCOM para determinar los términos en los que se otorga la mencionada "remuneración equitativa" en Italia.
Desde la Justicia europea se determinó que los criterios fijados infringen "el marco europeo en materia de derechos de las editoriales en el mercado único digital" y que "las editoriales deben poder denegar esta autorización o concederla a título gratuito", al mismo tiempo que "no puede exigirse ningún pago a los prestadores que no utilicen estas publicaciones".
En esta disputa el TJUE reconoció el impacto de las tecnologías y plataformas digitales en los medios de comunicación, donde se presentó una "drástica caída de los ingresos de las editoriales" junto a una amenaza a su modelo económico y su función en las sociedades democráticas.
En línea con este debate, ya se había creado la Directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital, aplicada en España por un Real Decreto Ley en 2021, que reconoce que las compañías de prensa tienen un derecho por los usos en línea de sus publicaciones en plataformas digitales, pudiendo autorizar o prohibir dicha difusión.
La aplicación de la norma en Italia, efectivamente estableció a favor de la prensa "el derecho a una remuneración equitativa por el uso en línea de sus publicaciones", decisión que Meta pidió que sea anulada sin éxito luego de que la AGCOM estableciera los términos de dicha remuneración.
Desde el TJUE se consideró que "parecen estar justificadas" las decisiones que establecen la prohibición de limitar la visibilidad de los contenidos y la imposición de proporcionar los datos necesarios para establecer la remuneración que debe darse en la negociación entre las plataformas y las empresas editoras para que su contenido sea difundido.
Para concluir, el Tribunal europeo recordó que la finalidad de la Directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital "es conferir a las editoriales derechos exclusivos de reproducción y de puesta a disposición del público de sus publicaciones de prensa", aunque "deja a los Estados miembros un margen de apreciación para garantizar su aplicación".
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló a favor de los medios de comunicación a partir de un recurso interpuesto por Meta, la compañía de Mark Zuckerberg y propietaria de Facebook, Instagram y WhatsApp, en contra de una decisión de la Autoridad Garante de las Comunicaciones Italiana (AGCOM).
La sentencia que favorece a los medios se dictó en un contexto de disputa por los derechos de autor, un reclamo que fue iniciado por los editores y creadores frente al uso de sus contenidos para, entre otros ejemplos, capacitaciones sobre herramientas de Inteligencia Artificial.
"Un derecho a una remuneración equitativa de las editoriales es compatible con el Derecho de la Unión, siempre y cuando esta remuneración constituya la contrapartida económica de la autorización para utilizar en línea sus publicaciones", sentenció en este caso el TJUE en Luxemburgo.
La nueva decisión, firme y vinculante en el territorio de la UE, responde a una cuestión prejudicial que planteó un juez italiano al que le llegó el recurso interpuesto por Meta por los criterios definidos por la AGCOM para determinar los términos en los que se otorga la mencionada "remuneración equitativa" en Italia.
Desde la Justicia europea se determinó que los criterios fijados infringen "el marco europeo en materia de derechos de las editoriales en el mercado único digital" y que "las editoriales deben poder denegar esta autorización o concederla a título gratuito", al mismo tiempo que "no puede exigirse ningún pago a los prestadores que no utilicen estas publicaciones".
En esta disputa el TJUE reconoció el impacto de las tecnologías y plataformas digitales en los medios de comunicación, donde se presentó una "drástica caída de los ingresos de las editoriales" junto a una amenaza a su modelo económico y su función en las sociedades democráticas.
En línea con este debate, ya se había creado la Directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital, aplicada en España por un Real Decreto Ley en 2021, que reconoce que las compañías de prensa tienen un derecho por los usos en línea de sus publicaciones en plataformas digitales, pudiendo autorizar o prohibir dicha difusión.
La aplicación de la norma en Italia, efectivamente estableció a favor de la prensa "el derecho a una remuneración equitativa por el uso en línea de sus publicaciones", decisión que Meta pidió que sea anulada sin éxito luego de que la AGCOM estableciera los términos de dicha remuneración.
Desde el TJUE se consideró que "parecen estar justificadas" las decisiones que establecen la prohibición de limitar la visibilidad de los contenidos y la imposición de proporcionar los datos necesarios para establecer la remuneración que debe darse en la negociación entre las plataformas y las empresas editoras para que su contenido sea difundido.
Para concluir, el Tribunal europeo recordó que la finalidad de la Directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital "es conferir a las editoriales derechos exclusivos de reproducción y de puesta a disposición del público de sus publicaciones de prensa", aunque "deja a los Estados miembros un margen de apreciación para garantizar su aplicación".
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