El Gobierno elimina pagos a empresas por pasajes gratuitos para personas con discapacidad
Martes 26 de
Mayo 2026
La medida alcanza a los micros de larga distancia y deja sin efecto las compensaciones que pagaba el Estado. La Resolución publicada en el Boletín Oficial aclara que las personas con discapacidad, trasplantadas y pacientes oncológicos seguirán viajando gratis.
El Gobierno eliminó el régimen de compensaciones económicas que el Estado pagaba a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos para personas con discapacidad y otros grupos alcanzados por la normativa vigente.
La medida fue oficializada a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial de este martes. El texto dispone dejar “sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional” por los boletos gratuitos.
El esquema alcanzaba a los servicios de larga distancia y contemplaba el pago parcial por parte del Estado de los boletos sin cargo que las compañías debían otorgar en cumplimiento de la ley.
Esos pasajes gratuitos están establecidos en distintas normas, que incluyen a personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
La Resolución, de todos modos, aclara que esos derechos no se modifican. En ese sentido, establece que la medida “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad”, el cual permanece “plenamente vigente y exigible”.
De esta manera, las empresas deberán continuar otorgando los pasajes sin costo, aunque dejarán de recibir compensaciones del Estado por ese concepto.
El texto recuerda que, a partir de la publicación del Decreto 883/2024, los transportistas pueden “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”.
También explica que el régimen anterior se había creado en un contexto de intervención estatal en tarifas y que tenía como objetivo “mitigar los desequilibrios económicos” derivados de los boletos gratuitos.
Según el texto, “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada”. A partir de ese cambio, el Gobierno concluye que la prolongación del sistema “torna innecesaria su continuidad”.
La Resolución también establece que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) deberá garantizar “el efectivo cumplimiento de las obligaciones” vinculadas a la emisión de pasajes gratuitos.
Además, incorpora una cláusula transitoria para asegurar que la medida no afecte situaciones anteriores, en cumplimiento del principio de “seguridad jurídica”.
La medida fue oficializada a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial de este martes. El texto dispone dejar “sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional” por los boletos gratuitos.
El esquema alcanzaba a los servicios de larga distancia y contemplaba el pago parcial por parte del Estado de los boletos sin cargo que las compañías debían otorgar en cumplimiento de la ley.
Esos pasajes gratuitos están establecidos en distintas normas, que incluyen a personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
La Resolución, de todos modos, aclara que esos derechos no se modifican. En ese sentido, establece que la medida “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad”, el cual permanece “plenamente vigente y exigible”.
De esta manera, las empresas deberán continuar otorgando los pasajes sin costo, aunque dejarán de recibir compensaciones del Estado por ese concepto.
El texto recuerda que, a partir de la publicación del Decreto 883/2024, los transportistas pueden “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”.
También explica que el régimen anterior se había creado en un contexto de intervención estatal en tarifas y que tenía como objetivo “mitigar los desequilibrios económicos” derivados de los boletos gratuitos.
Según el texto, “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada”. A partir de ese cambio, el Gobierno concluye que la prolongación del sistema “torna innecesaria su continuidad”.
La Resolución también establece que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) deberá garantizar “el efectivo cumplimiento de las obligaciones” vinculadas a la emisión de pasajes gratuitos.
Además, incorpora una cláusula transitoria para asegurar que la medida no afecte situaciones anteriores, en cumplimiento del principio de “seguridad jurídica”.
Con información de
Clarín
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