Delitos financieros: débitos directos con tarjeta de crédito bajo análisis jurídico

Por: Dr. Carlos Renna
Martes 14 de Julio 2026

Fraude con tarjetas (Carding): robo de datos de tarjetas de crédito mediante hackeos a tiendas online vulnerables, para luego usarlas en compras fraudulentas o vender los datos en el mercado negro.
¿Si te descuentan de una compra que vos no realizaste, es responsable el banco emisor de tu tarjeta de crédito o débito?
 
Sí, en la gran mayoría de los casos el banco emisor es el responsable de responder y devolverte el dinero, aunque el proceso y  nivel de protección varían dependiendo de si la compra se hizo con tarjeta de crédito o tarjeta de débito.
 
Cómo funciona la responsabilidad y qué tendría que hacer de inmediato:
 
1. Si la compra fue con Tarjeta de Crédito (Máxima protección): La ley de Tarjetas de Crédito suele proteger fuertemente al usuario ante cargos no reconocidos. La regla de oro: No tenés que pagar por algo que no compraste.
 
Tu responsabilidad: Tenés un plazo de 30 días desde que recibís el resumen de la tarjeta para impugnar o desconocer el cargo.
 
La obligación del banco: El banco emisor debe tomar tu reclamo, abrir una investigación y, mientras tanto, no puede cobrarte ese monto ni aplicarte intereses sobre esa cifra en disputa. Si la investigación demuestra que no fuiste vos, el cargo se cancela definitivamente.
 
2. Si la compra fue con Tarjeta de Débito (Mayor urgencia)
 
Con el débito la situación es más delicada porque el dinero ya salió de tu cuenta bancaria.
 
La obligación del banco: El banco sigue siendo el custodio de tus fondos y debe garantizar la seguridad de sus canales. Si vos no autorizaste la transacción (por ejemplo, por clonación de tarjeta o hackeo), el banco debe restituirte los fondos.
 
¿Cuál es el problema del consumidor o usuario de la tarjeta?: El proceso de devolución puede demorar unos días mientras el banco investiga.
 
¿Cuál es tu responsabilidad? Reclamar de forma inmediata. Cuanto más rápido denuncies el movimiento sospechoso, más fácil será para el banco rastrearlo y revertirlo.
 

Carlos Renna
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Pasos urgentes que debes seguir HOY:
 
Pausá o da de baja la tarjeta: Hacerlo de inmediato desde la app de tu banco para evitar que sigan ingresando consumos.
 
Llamá para desconocer la compra: Comunícate con el centro de atención al cliente de la tarjeta (Visa, Mastercard, etc.) o directamente con tu banco emisor. Explicá que es un "cargo no reconocido".
 
Anotá el número de reclamo: Es tu seguro de vida legal. Guardá el día, la hora y el nombre de quien te atendió.
 
Pedí la reposición del plástico: Al haber una compra no autorizada, tus datos están filtrados. El banco debe dar de baja esa tarjeta y emitirte una nueva con otra numeración. El Banco debe atenderte inmediatamente sin trámites burocráticos “on line” con defectos de ser efectivo en forma inmediata y urgente. Según la suma que sea, el banco puede ser pasible de daños y perjuicios por la falencia en el control.
 
El banco solo podría desvincularse de la responsabilidad si logra demostrar de forma irrefutable que vos actuaste con negligencia grave (por ejemplo, si le entregaste voluntariamente tu clave de seguridad o el token a un tercero). 
 
Cuando ocurre un fraude o un descuento indebido en tu cuenta, hay una distinción clave que debes conocer: el banco rara vez es el autor directo del delito penal de estafa, pero sí suele ser civilmente responsable y puede sufrir gravísimas sanciones económicas y legales por su negligencia.
 
A continuación, qué delitos y figuras legales aplican en estos casos:
 
1.El delito penal: Estafa Informática o Defraudación.
 
Si un tercero te robó los datos, te hizo un phishing (suplantación de identidad) o hackeó los sistemas del banco para sacarte plata, el delito penal que se investiga es: Estafa Informática o Defraudación mediante técnicas de manipulación informática (en Argentina, tipificado en el artículo 173, inciso 16 del Código Penal). “Inciso 16: El que defraudare a otro mediante cualquier técnica de manipulación informática que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos."
 
¿Quién es el delincuente aquí? 
 
El tercero (el estafador/hacker) que cometió la maniobra.
 
¿Qué pasa con el banco? El banco no cometió la estafa “directamente”, pero su sistema falló en prevenirla. Penalmente, no se puede accionar al banco si te devuelve el dinero
 
Además, es una figura jurídica no persona física, aunque sí se podría investigar a directivos o empleados si existió una complicidad interna o "entrega" de datos, lo cual constituiría el delito de defraudación por administración fraudulenta.  
 
2.La responsabilidad del banco: Incumplimiento del Deber de Seguridad. Aunque el banco intente defenderse diciendo "pero el cliente fue engañado y entregó sus claves", la justicia argentina es sumamente estricta. Las entidades financieras son pasibles de severas demandas y condenas bajo la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) por lo siguiente: Violación al Deber de Seguridad (Art. 5 y 40 de la Ley 24.240): El banco provee un servicio (el homebanking, las tarjetas, la aplicación) y tiene la obligación de que ese servicio sea seguro. Si sus sistemas no detectaron transferencias inusuales, compras sospechosas a altas horas de la noche o un vaciamiento repentino de cuenta, la justicia considera que el sistema de seguridad del banco falló.
 
3.Responsabilidad Objetiva: Esto significa que el banco responde sí o sí por el riesgo de su propia actividad comercial. Al ser el eslabón profesional y más fuerte de la relación, debe asumir las pérdidas de los fraudes informáticos.  
 
4. ¿A qué condenas y sanciones se expone el banco en la Justicia? Cuando un usuario demanda al banco por no devolverle el dinero de una estafa, los jueces “suelen condenar a las entidades financieras a pagar sumas millonarias” bajo tres conceptos: Rubro a pagar por el Banco ¿En qué consiste? 
 
Devolución del Capital + Intereses. El reintegro inmediato del dinero que te debitaron o del préstamo que sacaron a tu nombre, actualizado a la fecha. 
 
Daño Moral e Indemnización por la angustia, el estrés, la pérdida de tiempo y el mal momento que te hicieron pasar al no darte una solución rápida.
 
Daño Punitivo (Sanción civil) Una multa económica ejemplificadora que el juez le impone al banco por su conducta grave, negligente o desaprensiva (por ejemplo, cuando el banco ignora tus reclamos, te sigue cobrando las cuotas de un préstamo estafado o te trata con total indiferencia).
 
5. Casos de Jurisprudencia reciente: Los tribunales del país vienen fallando sistemáticamente a favor de los consumidores, ordenando a los bancos a devolver cifras de millones de pesos y miles de dólares, argumentando que las entidades financieras son responsables de la vulnerabilidad de sus propios canales digitales.  Si el banco se niega a resolver tu situación, además de hacer la denuncia penal correspondiente por la estafa informática, debes iniciar el reclamo en Defensa del Consumidor (COPREC) o buscar patrocinio legal para demandar al banco civilmente. No dejes que te digan que "la culpa es tuya".
 
Dato importante: Diferencia clave con el Inciso 15 del Art. 173 del CPA, tiene otro inciso muy cercano, el inciso 15, que se aplica específicamente al “uso fraudulento de tarjetas de crédito o débito (cuando son robadas, clonadas, o se usan sus datos sin autorización del titular)”.  Si alguien te clona la tarjeta y hace una compra online: Generalmente se encuadra en el Inciso 15 (uso no autorizado de datos de tarjeta). Si alguien hackea el sistema del banco, burla las medidas de seguridad informática o usa un virus para desviar los fondos de tu cuenta: Se encuadra en el Inciso 16 (estafa informática).
 
En cualquiera de los dos casos la entidad bancaria tiene absoluto control para desconfiar si esa operación es ilegal o no, porque si es una compra en dólares y el sujeto titular nunca compra en dólares es posible que la entidad bancaria consulte al titular si esa compra es realizada por su cliente. Y no hacer una autorización incorrecta y temeraria.


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