ARCA volvió a prorrogar Ganancias: hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada
Martes 25 de
Agosto 2026

El organismo extendió el plazo correspondiente al período fiscal 2025, pero mantuvo la fecha de pago; también postergó el vencimiento del primer anticipo de 2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Los contribuyentes alcanzados tendrán tiempo para cumplir con esa obligación hasta el 22 de septiembre de 2026.
La decisión fue oficializada mediante la Resolución General 5890/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial. La medida comprende a quienes tributan mediante el régimen general y también a los adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La nueva fecha reemplaza el vencimiento del 27 de agosto que ARCA había establecido anteriormente. La extensión, sin embargo, alcanza solamente a la presentación de la declaración jurada. El plazo para pagar el saldo resultante del impuesto no fue modificado y se mantuvo en el 27 de julio de 2026. De esta manera, las dos obligaciones tienen fechas diferentes: el pago debía efectuarse en julio, mientras que la declaración podrá presentarse hasta el 22 de septiembre.
Según indicó ARCA en la normativa, la nueva prórroga se dispuso por “razones de administración tributaria” y con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes.
El calendario ya había atravesado varias modificaciones. En una primera instancia, el organismo extendió hasta el 27 de julio el plazo para presentar las declaraciones juradas y pagar los saldos correspondientes. Más tarde otorgó un período adicional hasta el 27 de agosto para la presentación de Ganancias de 2025, aunque dejó sin cambios la fecha de pago.
La medida alcanza a la declaración anual de Ganancias de 2025, pero también modifica una obligación correspondiente al año en curso. ARCA postergó hasta el 24 de septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo del impuesto a las ganancias del período fiscal 2026. Ese primer pago a cuenta tenía originalmente su vencimiento durante agosto.
La resolución no introdujo cambios en el impuesto sobre los bienes personales. Tanto la presentación de la declaración jurada como el pago del eventual saldo correspondiente al período fiscal 2025 mantuvieron como fecha límite el 27 de julio de 2026.
De este modo, el calendario fijado por ARCA contempla ahora dos vencimientos durante septiembre. El primero será el martes 22 y corresponderá a la presentación de la declaración jurada de Ganancias de 2025. Dos días después, el jueves 24, vencerá el plazo excepcional para ingresar el primer anticipo correspondiente a 2026.
La Resolución General 5890/2026 fue firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez. La disposición entró en vigencia este martes, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.
La decisión fue oficializada mediante la Resolución General 5890/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial. La medida comprende a quienes tributan mediante el régimen general y también a los adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La nueva fecha reemplaza el vencimiento del 27 de agosto que ARCA había establecido anteriormente. La extensión, sin embargo, alcanza solamente a la presentación de la declaración jurada. El plazo para pagar el saldo resultante del impuesto no fue modificado y se mantuvo en el 27 de julio de 2026. De esta manera, las dos obligaciones tienen fechas diferentes: el pago debía efectuarse en julio, mientras que la declaración podrá presentarse hasta el 22 de septiembre.
Según indicó ARCA en la normativa, la nueva prórroga se dispuso por “razones de administración tributaria” y con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes.
El calendario ya había atravesado varias modificaciones. En una primera instancia, el organismo extendió hasta el 27 de julio el plazo para presentar las declaraciones juradas y pagar los saldos correspondientes. Más tarde otorgó un período adicional hasta el 27 de agosto para la presentación de Ganancias de 2025, aunque dejó sin cambios la fecha de pago.
La medida alcanza a la declaración anual de Ganancias de 2025, pero también modifica una obligación correspondiente al año en curso. ARCA postergó hasta el 24 de septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo del impuesto a las ganancias del período fiscal 2026. Ese primer pago a cuenta tenía originalmente su vencimiento durante agosto.
La resolución no introdujo cambios en el impuesto sobre los bienes personales. Tanto la presentación de la declaración jurada como el pago del eventual saldo correspondiente al período fiscal 2025 mantuvieron como fecha límite el 27 de julio de 2026.
De este modo, el calendario fijado por ARCA contempla ahora dos vencimientos durante septiembre. El primero será el martes 22 y corresponderá a la presentación de la declaración jurada de Ganancias de 2025. Dos días después, el jueves 24, vencerá el plazo excepcional para ingresar el primer anticipo correspondiente a 2026.
La Resolución General 5890/2026 fue firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez. La disposición entró en vigencia este martes, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.
Con información de
La Nación

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