España
Extraen esperma de un muerto para inseminar a su mujer
Sábado 28 de
Febrero 2015

Un especialista en urología de España extrajo esperma del cadáver de un hombre que murió en un accidente de tráfico tras la solicitud de su mujer, que quiere tener un hijo mediante inseminación artificial. La petición está a consideración de un juez.
Fuentes judiciales indicaron que la mujer solicitó al juzgado de guardia que se le extrajera semen a su marido, operación que se tuvo que hacer en un plazo de menos de 24 horas de la muerte del hombre para que los espermatozoides pudieran usarse, en un plazo de un año, con éxito..
El juzgado autorizó la operación de extracción de "espermatozoides testiculares" del hombre, que murió a finales de 2014, y ordenó su conservación en un lugar especializado y congelado en nitrógeno a 196º bajo cero a la espera de que pudieran utilizarse.
Para permitir el posterior uso, el juzgado que decida la solicitud de la mujer tendrá que interpretar la Ley de Reproducción Humana Asistida, según señalaron las fuentes consultadas, que en España sólo conocen cuatro casos similares pero no idénticos y todos ellos negativos a la petición de las mujeres.
El artículo 9 de la ley indica que el hombre tendría que haber dado autorización expresa para usar su semen en caso de muerte, lo que podría demostrarse en caso de que la mujer estuviera sometida a un régimen de inseminación artificial.
En caso de que se autorice judicialmente, el hijo podría tener consideración "patrimonial", es decir, que sería inscripto como descendiente de su padre muerto y de su madre, precisaron las fuentes.
El juzgado autorizó la operación de extracción de "espermatozoides testiculares" del hombre, que murió a finales de 2014, y ordenó su conservación en un lugar especializado y congelado en nitrógeno a 196º bajo cero a la espera de que pudieran utilizarse.
Para permitir el posterior uso, el juzgado que decida la solicitud de la mujer tendrá que interpretar la Ley de Reproducción Humana Asistida, según señalaron las fuentes consultadas, que en España sólo conocen cuatro casos similares pero no idénticos y todos ellos negativos a la petición de las mujeres.
El artículo 9 de la ley indica que el hombre tendría que haber dado autorización expresa para usar su semen en caso de muerte, lo que podría demostrarse en caso de que la mujer estuviera sometida a un régimen de inseminación artificial.
En caso de que se autorice judicialmente, el hijo podría tener consideración "patrimonial", es decir, que sería inscripto como descendiente de su padre muerto y de su madre, precisaron las fuentes.
Con información de
La Capital
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