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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.
Aún sin decreto, los colegios privados de Santa Fe subieron las cuotas
Domingo 29 de
Marzo 2015
Los topes que marca el gobierno se actualizan con el aumento salarial de los docentes. Como este año el acuerdo demoró en llegar, los aranceles se incrementaron dentro de lo habilitado en 2014
Todos los años, de acuerdo a lo que establece la normativa, el Ministerio de Educación establece los topes para las cuotas que pueden cobrar los establecimientos educativos de gestión privada, en relación al porcentaje de aporte que reciben del Estado para cubrir los salarios de los docentes. Esa actualización está vinculada a la recomposición salarial acordada para el sector. Sin embargo, como en esta oportunidad la paritaria de los educadores no llegó a un acuerdo sino hasta hace algunas semanas, la mayoría de los colegios privados decidió aplicar ya este mes el incremento, dentro de los márgenes que se habilitaron en julio pasado. “Dado que aún no está vigente el decreto de la política salarial 2015, tampoco se actualizó la disposición del Servicio Provincial de Enseñanza Privada (SPEP) sobre los montos máximos de cuotas para colegios de gestión privada”, explicó el director provincial de Educación Privada, Germán Falo. Al respecto añadió: “Por lo tanto, las escuelas ya actualizaron sus cuotas al inicio del ciclo lectivo, en el marco de los montos vigentes desde 2014. En este sentido, estimamos que el decreto que autoriza nuevos topes para estas cuotas no repercutirá de manera significativa en los aranceles que ya están pagando las familias”. Además el funcionario remarcó que, por el momento, no se han detectado establecimientos que hayan exigido cuotas por encima de los máximos permitidos. De todas maneras, las familias que quieran realizar consultas al respecto pueden contactarse con el Servicio Provincial de Enseñanza Privada, en la sede de la cartera educativa de la capital provincial –avenida Presidente Illia 1153, 2º Piso. La decisión de los establecimientos educativos de aplicar los incrementos en los primeros meses del año está vinculada, en general, a dar a las familias la posibilidad de que puedan prever el gasto que tendrán en ese rubro. Cabe recordar que el último incremento en los topes se había generado en julio, cuando se abonó la segunda parte del incremento docente definido en la paritaria del año pasado. Ese fue el parámetro que tomó la mayoría de los establecimientos para definir los aranceles de esta primera etapa del ciclo lectivo. De todas maneras, una vez que se actualice el monto, las cuotas máximas que se podrán cobrar estarán más de un 20 por ciento por encima de las cifras actuales. Como el tope se debe actualizar cada vez que ocurra lo mismo con el sueldo del maestro de grado es importante tener en cuenta que se habilitarán nuevos máximos en julio, cuando se perciba la última cuota de la recomposición acordada. Información El cálculo que se realiza para determinar el monto máximo que puede percibir por mes de cada uno de sus estudiantes una escuela considera, en primer lugar, la cantidad de aporte que recibe la institución del Estado para pagar los salarios docentes.
Entonces, en los casos en los que la provincia cubre el ciento por ciento de los haberes de los educadores, el arancel es voluntario y no puede exigirse su pago. De todas maneras, en esos establecimientos, por las características de la población que reciben, siempre se solicita un aporte muy por debajo del tope permitido que, por ahora, está en 406 pesos. Para determinar la cuota se toma como base de cálculo el sueldo nominal actualizado (incluido el incentivo docente) de un maestro de grado con antigüedad inicial.
En cuanto al cálculo del porcentaje para obtener la cuota máxima a cobrar se establece para los establecimientos con el ciento por ciento de aporte estatal un cinco por ciento, que incluye enseñanza programática y extraprogramática. Mientras que para los establecimientos con un porcentaje de aporte estatal inferior se fijan porcentajes que varían del nueve al 15 por ciento de acuerdo al subsidio que perciban. Eso se puede incrementar a razón de un 10 por ciento por cada módulo extraprogramático hasta un 50 por ciento (es decir, cinco módulos extraprogramáticos) por sobre la cuota base. Estos valores son de público conocimiento y se encuentran en el sitio web del subportal de Educación –www.santafe.gov.ar/educacion– para quienes quieran realizar alguna consulta. Allí también se aclara que las cuotas establecidas podrán percibirse por no más de 10 meses y que se habilita a los establecimientos educativos a cobrar, en concepto de inscripción, un monto equivalente al doble del cobrado de manera mensual.
Entonces, en los casos en los que la provincia cubre el ciento por ciento de los haberes de los educadores, el arancel es voluntario y no puede exigirse su pago. De todas maneras, en esos establecimientos, por las características de la población que reciben, siempre se solicita un aporte muy por debajo del tope permitido que, por ahora, está en 406 pesos. Para determinar la cuota se toma como base de cálculo el sueldo nominal actualizado (incluido el incentivo docente) de un maestro de grado con antigüedad inicial.
En cuanto al cálculo del porcentaje para obtener la cuota máxima a cobrar se establece para los establecimientos con el ciento por ciento de aporte estatal un cinco por ciento, que incluye enseñanza programática y extraprogramática. Mientras que para los establecimientos con un porcentaje de aporte estatal inferior se fijan porcentajes que varían del nueve al 15 por ciento de acuerdo al subsidio que perciban. Eso se puede incrementar a razón de un 10 por ciento por cada módulo extraprogramático hasta un 50 por ciento (es decir, cinco módulos extraprogramáticos) por sobre la cuota base. Estos valores son de público conocimiento y se encuentran en el sitio web del subportal de Educación –www.santafe.gov.ar/educacion– para quienes quieran realizar alguna consulta. Allí también se aclara que las cuotas establecidas podrán percibirse por no más de 10 meses y que se habilita a los establecimientos educativos a cobrar, en concepto de inscripción, un monto equivalente al doble del cobrado de manera mensual.
Con información de
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Santa Fe: el salario docente pierde frente a la inflación. Fuerte crítica y profunda preocupación del presidente de la Asociación de Abogados Penalistas de Rosario por la reforma procesal penal que impulsa el Gobierno de Pullaro. Habla José Nanni. También participa el Dr. Adrián Ruiz, integrante del Tribunal de Ética del Colegio de la Abogacía de Rosario.
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