VENEZUELA
El Tribunal Supremo venezolano decidió asumir las competencias de la Asamblea Nacional
Jueves 30 de
Marzo 2017
La Suprema Corte, controlada por el régimen chavista, deja sin poderes al Parlamento, de mayoría opositora. Los jueces justificaron la decisión con la persistencia del “desacato”, un estatus que la corte impuso el año pasado por el incumplimiento de varias sentencias
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela decidió este miércoles que asumirá las competencias del Parlamento, controlado por los opositores, debido a la persistencia del "desacato", un estatus que el Supremo impuso el año pasado a la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) por el incumplimiento de varias sentencias.
"Mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho", reza la sentencia 156 de dicha Sala.
Esta decisión es un nuevo golpe al Parlamento, luego de que los diputados, en su mayoría de la MUD, quedaron este martes sin fueros por otro fallo del máximo tribunal que autorizó al presidente Nicolás Maduro a buscar su enjuiciamiento, incluso por delitos militares y terrorismo.
La nueva sentencia surgió en respuesta a un recurso de interpretación en el que cuatro abogadas pidieron al Supremo analizar el alcance de un artículo constitucional y otro de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
Estos apartados establecen que la constitución de empresas mixtas "requerirá la aprobación previa" de la AN, "a cuyo efecto el Ejecutivo (…) deberá informarla de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones, incluidas las ventajas especiales previstas a favor de la República".
La Ley de Hidrocarburos indica que en esta materia el Parlamento podrá modificar las condiciones propuestas o establecer las que considere convenientes, y que cualquier cambio posterior también deberá ser sometido a la evaluación de la Cámara.
Sin embargo, el Supremo resolvió hoy que "no existe impedimento alguno" para que el Ejecutivo constituya empresas mixtas, e indicó que éste deberá informar a la Sala Constitucional "de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones".
Además, el TSJ subrayó que el Parlamento, "actuando de facto", no podrá modificar las condiciones propuestas ni pretender el establecimiento de otras condiciones en estas asociaciones.
Entre las consideraciones para decidir, el Supremo recordó que la AN, que se instaló en enero de 2016 con una inédita mayoría opositora, incorporó a tres de los cuatro diputados del estado Amazonas (sur), cuya investidura ha sido impugnada y que por este caso todavía no hay una decisión.
La Alta Corte ha dicho que, mientras se mantenga el desacato, todos los actos del Legislativo son nulos y carecen de validez.
El diputado oficialista y ex presidente del Parlamento, Diosdado Cabello, uno de los hombres más influyentes del Gobierno de Nicolás Maduro, celebró esta decisión del Supremo y sugirió a los opositores someterse a los dictámenes del máximo tribunal.
"Aquí nosotros no podemos estar con una Asamblea Nacional ausente porque ellos (opositores) quieran", dijo Cabello durante su programa semanal de televisión.
"Mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho", reza la sentencia 156 de dicha Sala.
Esta decisión es un nuevo golpe al Parlamento, luego de que los diputados, en su mayoría de la MUD, quedaron este martes sin fueros por otro fallo del máximo tribunal que autorizó al presidente Nicolás Maduro a buscar su enjuiciamiento, incluso por delitos militares y terrorismo.
La nueva sentencia surgió en respuesta a un recurso de interpretación en el que cuatro abogadas pidieron al Supremo analizar el alcance de un artículo constitucional y otro de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
Estos apartados establecen que la constitución de empresas mixtas "requerirá la aprobación previa" de la AN, "a cuyo efecto el Ejecutivo (…) deberá informarla de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones, incluidas las ventajas especiales previstas a favor de la República".
La Ley de Hidrocarburos indica que en esta materia el Parlamento podrá modificar las condiciones propuestas o establecer las que considere convenientes, y que cualquier cambio posterior también deberá ser sometido a la evaluación de la Cámara.
Sin embargo, el Supremo resolvió hoy que "no existe impedimento alguno" para que el Ejecutivo constituya empresas mixtas, e indicó que éste deberá informar a la Sala Constitucional "de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones".
Además, el TSJ subrayó que el Parlamento, "actuando de facto", no podrá modificar las condiciones propuestas ni pretender el establecimiento de otras condiciones en estas asociaciones.
Entre las consideraciones para decidir, el Supremo recordó que la AN, que se instaló en enero de 2016 con una inédita mayoría opositora, incorporó a tres de los cuatro diputados del estado Amazonas (sur), cuya investidura ha sido impugnada y que por este caso todavía no hay una decisión.
La Alta Corte ha dicho que, mientras se mantenga el desacato, todos los actos del Legislativo son nulos y carecen de validez.
El diputado oficialista y ex presidente del Parlamento, Diosdado Cabello, uno de los hombres más influyentes del Gobierno de Nicolás Maduro, celebró esta decisión del Supremo y sugirió a los opositores someterse a los dictámenes del máximo tribunal.
"Aquí nosotros no podemos estar con una Asamblea Nacional ausente porque ellos (opositores) quieran", dijo Cabello durante su programa semanal de televisión.
Con información de
infobae
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