Para empresas: cómo será el futuro régimen de ajuste por inflación

Por: SERGIO CAVEGGIA
Lunes 25 de Septiembre 2017

Vamos a sumar algunas precisiones sobre el ajuste por inflación del nuevo proyecto de ley.
El proyecto de ley enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo intentar restablecer el sistema de ajuste por inflación del Impuesto a las Ganancias. Recordamos que este ajuste fue suspendido hace años pero sus normas han permanecido inalteradas dentro del título VI de la ley del Impuesto a las Ganancias.
 
El nuevo proyecto intenta dotar al impuesto a la renta de una herramienta necesaria para corregir la erosión que produce la inflación en los resultados sujetos a impuesto.
 
Al respecto el borrador establece que el mecanismo de ajuste por inflación de los resultados que arroje el balance fiscal de los sujetos empresa únicamente será aplicable en el ejercicio fiscal en el que se verifique un porcentaje de variación del índice de precios internos al por mayor, acumulado en los 36 meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida, superior al 100%. Estas disposiciones entrarán en vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018. Respecto del primero y segundo ejercicio a partir de la vigencia del régimen, el texto también establece que el mecanismo será aplicable en caso que la variación acumulada del índice calculada desde el inicio del primero de ellos y hasta el cierre de cada ejercicio, supere un tercio o dos tercios respectivamente, del porcentaje mencionado.
 
Con esta medida el Poder Ejecutivo intenta alinear el ajuste por inflación impositivo a las normas internacionales de información financiera (NIIF) las cuales disponen un esquema similar para permitir el ajuste por inflación de los estados contables. En un escenario de inflación decreciente y metas de inflación, pareciera que, en la práctica y salvo una degradación significativa de las variables económicas en los próximos años, el índice reseñado no llegaría al supuesto previsto para la aplicación del régimen en el corto plazo. 
 
No obstante sí es importante detenernos en otro artículo del proyecto de ley que permite el ajuste por inflación del costo histórico de bienes en el supuesto en que los índices de inflación no superen el 100% acumulado en 36 meses. En otras palabras, en el escenario de inflación menor a dicho parámetro, no se habilitará el ajuste por inflación del resultado del balance fiscal pero sí el reconocimiento de la inflación sobre el costo de origen de aquellas inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018. Este aspecto del proyecto de ley será, en un escenario de inflación moderada o baja, el mecanismo que podrá utilizarse para proteger el costo fiscal de nuevas inversiones.
 
Los activos que podrán ser ajustados por este mecanismo son bienes de cambio, inmuebles, bienes muebles amortizables, inmuebles que no constituyan bienes de cambio, intangibles, acciones, entre otros y las amortizaciones correspondientes.
 
En definitiva, el andamiaje que propone el proyecto de ley permite el revalúo optativo de activos adquiridos con anterioridad a la vigencia de la ley mediante el pago de un impuesto especial, el restablecimiento del mecanismo de ajuste por inflación de los sujetos empresa únicamente en escenarios de alta inflación y, por último, un mecanismo de ajuste específico sobre inversiones que mantendrá a valores constantes su costo de origen y, consecuentemente, las amortizaciones deducibles en ejercicios futuros.
 
No obstante, se prevé que aquellos que ejerzan la opción del revalúo impositivo deberán renunciar a promover cualquier reclamo tendiente a recuperar el ajuste por inflación respecto del período de la opción o períodos anteriores.
Con información de Ámbito

NOTA22.COM


Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com

LO MÁS VISTO
Una encuesta inquietante para Pullaro, un poder que niega la realidad y el PJ funcional a la Casa Gris
El oficialismo frente a un escenario cada vez más complicado que ya no puede disimular.
El índice de precios de julio marcó 2,1%, después del 1,9% de junio. El dato interrumpió tres meses consecutivos a la baja.
En una extensa entrevista, la concejala de La Libertad Avanza abordó diversos temas sensibles para los vecinos de la ciudad de Santa Fe: el SEOM, el acceso a la información pública, las multas, los semáforos inteligentes y distintos proyectos en debate, entre otros asuntos de interés local.
Carlos Renna explicó detalladamente la imposibilidad jurídica —dentro del sistema penal moderno— de que quien intervino como fiscal pueda luego actuar como juez en una misma causa penal.

arrow_upward