JUEVES 17 DE MAYO

Monotributo: qué cambios incluye el proyecto de ley que se aprobó en Diputados

Por: Silvia Stang
Martes 30 de Abril 2024

La iniciativa contempla subas de más de 200% en los topes de facturación y unifica en $68 millones el ingreso anual máximo, sin diferenciar por actividad; cuánto subiría el impuesto y cómo quedarían los aportes al sistema jubilatorio y a la obra social
El proyecto de ley sobre medidas fiscales que se votó favorablemente en Diputados (y que ahora será considerado por el Senado) incluye cambios significativos en el monotributo. Uno de ellos es la eliminación de la diferencia hoy vigente en el tope de ingresos permitidos para estar en el régimen, según se trate de personas dedicadas al comercio o a la prestación de servicios.
 
Para ambas actividades, la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo que fue aprobada en Diputados, el límite de facturación anual para ser monotributista subirá a $68 millones. El límite actual es de $16.957.968,71 en comercio y de $11.916.410,45 en servicios.
 
También se elevarían los topes de ingresos permitidos en cada categoría de la tabla, en todos los casos en más de un 200%.
 
El texto, que ahora se tratará en el Senado, incluye un incremento de los importes que pagan mensualmente los monotributistas por el impuesto integrado y por los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social (los montos se detallan unos párrafos más adelante).
 
Por ejemplo, el impuesto de la categoría A pasaría de $1047,86 a $3000, y en la B, de $2018,89 a $5700. En la práctica, en esas dos categorías en particular, el cambio implicaría que quienes sigan en esos escalones de tabla pasarían -en la mayoría de los casos- de no pagar nada a abonar $3000 o $5700.
 
Esto sería así porque el proyecto busca eliminar la exención del componente impositivo que rige (con excepciones) para quienes están en las categorías A y B (la exención no rige, por ejemplo, para quienes además de estar en el monotributo son asalariados).
 
En la categoría más alta, la K, el impuesto aumentaría de $72.817,31 a $245.000 mensuales para el comercio, mientras que en servicios el importe sería de $735.000.
 
El impacto real de esos aumentos dependerá de la nueva ubicación que cada contribuyente tenga en la tabla. Los incrementos en las facturaciones tope de cada escalón son significativos y eso hará muy probable que haya personas que bajen de categoría.
 
Los cambios en la tabla del régimen tendrían efecto desde enero de este año. En cambio, los nuevos importes a pagar tendrían vigencia desde el mes siguiente al de la aprobación de la ley. Si en el Senado la ley se vota durante mayo, los montos incrementados tendrán vigencia desde junio.
 
Los topes actuales de facturación rigen desde enero y son el resultado de haberse aplicado la actualización automática dispuesta por ley. Los importes son un 110,9% más altos que los vigentes en la primera mitad de 2023 y el porcentaje equivale a la suba que tuvieron el año pasado las jubilaciones del sistema general de la Anses. Es un índice que quedó muy por debajo de la inflación, que fue de 211,4% entre enero y diciembre de 2023.
 
Ese desfase de gran magnitud dejó a muchos monotributistas en riesgo de tener que abandonar el sistema simplificado, para ir al más oneroso régimen impositivo general (con inscripción en IVA y Ganancias y con el pago de aportes previsionales como autónomos), aun cuando sus ingresos muy probablemente disminuyeron en términos de capacidad de compra.
 
Los valores propuestos
El proyecto de ley busca llevar el ingreso máximo anual a los siguientes valores, según la categoría.
 
*A: de $2.108.288,01 a $6,45 millones
 
*B: de $3.133.941,63 a $9,45 millones
 
*C: de $4.387.518,23 a $13,25 millones
 
*D: de $5.449.094,55 a $16,45 millones
 
*E: de $6.416.528,72 a $19,35 millones
 
*F: de $8.020.660,9 a $24,25 millones
 
*G: de $9.624.793,05 a $29 millones
 
*H: de $11.916.410,45 a $44 millones
 
En las tres categorías más altas, en las que hasta ahora se admite solo a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los límites de facturación anual subirían según el siguiente detalle.
 
*I: de $13.337.213,22 a $49,25 millones
 
*J: de $15.285.088,04 a $56,4 millones
 
*K: de $16.957.968,71 a $68 millones
 
Cómo quedaría el impuesto
El impuesto integrado mensual subiría en la categoría A de $1047,86 a $3000; en la B, de $2018,89 a $5700; en la C, de $3452,09 a $9800 (servicios) y de $3190 a $9000 (comercio); en la D, de $5671,23 a $16.000 (servicios) y de $5239,75 a $14.900 (comercio); en la E, de $10.787,67 a $30.000 (servicios) y de $8368,13 a $23.800 (comercio); en la F, de $14.840,88 a $42.200 (servicios) y de $10.926,38 a $31.000 (comercio); en la G, de $18.878,58 a $76.800 (servicios) y de $13.623,24 a $38.400 (comercio); en la H, de $43.150,91 a $220.000 (servicios) y de $33.442,08 a $110.000 (comercio).
 
En las tres categorías más altas, para quienes desarrollan como actividad de venta de cosas muebles, se pasaría de un impuesto de $53.938,71 a $175.000 en la I; de $63.385,73 a $210.000 en la J, y de $72.817,31 a $245.000 en la categoría H. Y para los prestadores de servicios (actualmente no considerados en estas categorías), los importes mensuales serían de $437.500 (categoría I); $525.000 (categoría J) y $735.000 (categoría K).
 
Aportes jubilatorios y a la obra social
Con respecto al aporte jubilatorio, se propone que en la categoría A sea de $9800, en lugar de los $4623,27 actuales (un reajuste de 112%) y que el importe se incremente un 10% en cada escalón hasta la categoría F y, luego, en un 40% a partir de la categoría G.
 
De esa manera, en la categoría B el pago sería de $10.780; en la C, de $11.858; en la D, de $13.043,8; en la E, de $14.348,18; en la F, de $15.783; en la G, de $22.096; en la H, de $30.935; en la I, de $43.308 y en la K, de $60.632.
 
El pago con destino a la obra social, en tanto, se incrementaría de $6457,26 a $13.800 en las categorías A, B y C; de $7673,13 a $16.400 en la D; de $9389,36 a $20.000 en la E; de $10.850,9 a $23.000 en la F; de $11.625,96 a $24.800 en la G; de $13.951,15 a $29.800 en la H; de $17.272,86 a $36.800 en la I; de $19.332,31 a $41.300 en la J, y de $22.155,77 a $47.200 en la K. Los montos son por mes y por persona; por cada familiar al que se quiera sumar a la cobertura se suma un adicional.
 
Alquileres y precio máximo
La propuesta también contempla elevar los montos de los alquileres devengados anualmente que se permiten en el sistema, por inmuebles que estén afectados a la actividad económica. Los importes actuales quedaron muy retrasados frente a la inflación y a los precios de mercado.
 
En las categorías A y B, ese parámetro pasaría de $485.448,92 a $1,05 millones anuales; en las C y D, de $970.897,79 a $2,05 millones; en las E y F, de $1.209.769,4 y $1.213.622,14 a $2,6 millones; en la G, de $1.456.346,67 a $3,1 millones y en las categorías superiores, de $1.941.795,53 a $4,5 millones.
 
Además, el precio unitario máximo que puede tener un bien que se comercialice estando en el monotributo aumentaría de $180.589,67 a $385.000.
 
Un artículo de la iniciativa prevé que se le den facultades al Poder Ejecutivo para incrementar durante este año los montos máximos de facturación, los de alquileres, topes devengados y también los importes del impuesto integrado y de los aportes jubilatorio y a las obras sociales.
 
Sobre ese aspecto, la presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, Gabriela Russo, consideró que “siempre es positivo contar con un mecanismo de ajuste automático y no depender de la discrecionalidad de la administración gubernamental para la corrección de los montos”.
 
Además, advirtió que el proyecto no hace referencia al reingreso al sistema del monotributo para quienes quedaron excluidos durante este tiempo. “Seguramente, eso será objeto de reglamentación por parte de la AFIP”, agregó.

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