SANTA FE | DECRETO Nº 4028

La provincia reglamentó la ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género

Lunes 25 de Noviembre 2013
La reglamentación surgió de un trabajo conjunto entre los ministerios de Desarrollo Social, Justicia y Derechos Humanos, Salud, Educación y Seguridad, y las organizaciones de la sociedad civil de toda la provincia.
La reglamentación surgió de un trabajo conjunto entre los ministerios de Desarrollo Social, Justicia y Derechos Humanos, Salud, Educación y Seguridad, y las organizaciones de la sociedad civil de toda la provincia.

El gobierno provincial reglamentó, mediante el Decreto Nº 4.028, la Ley Nº 13.348 a través de la cual la provincia de Santa Fe adhiere a la Ley Nacional Nº 26485 denominada ‘Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales.‘

La reglamentación surgió de un trabajo conjunto entre los ministerios de Desarrollo Social, Justicia y Derechos Humanos, Salud, Educación y Seguridad, y las organizaciones de la sociedad civil de toda la provincia.
 
AVANCES
 
La ‘Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres‘, es un importante avance para la toma de medidas efectivas para enfrentar a la violencia contra las mujeres. Su reglamentación prevé políticas públicas integrales, transversales, participativas, consensuadas y planificadas, a fin de promover, proteger y garantizar a todas las mujeres, el goce y ejercicio de sus derechos, sin discriminación por razón de su sexo, género, edad, salud, características físicas, posición social, económica, condición étnica, nacionalidad, opinión, identidad sexual, orientación sexual, estado civil o cualquier otra forma que atente contra su dignidad humana y las libertades fundamentales, en las esferas política, económica, social, cultural, civil o en cualquier otra esfera.
 
Un avance muy importante de la Ley es que da una definición de mujer de acuerdo a los postulados de la Ley Nacional de Identidad de Género. ‘Se deja bien sentada la definición de mujer desde las convenciones internacionales y leyes nacionales; planteando fundamentalmente el tema de autopercepción y de sentimiento subjetivo de la identidad de mujer‘.
 
‘Esto no es una mera definición, no es un concepto más, es lo que debe regir todas nuestras acciones; de ahora en más tenemos que poder revisar hasta el último formulario que se le exige a la mujer cuando tiene que llenar un simple trámite‘, puntualizó Mónica Bifarello, Ministra de Desarrollo Social.
 
Otro gran paso se da en relación al derecho humano de acceso a la justicia, entendido no sólo como la llegada al sistema judicial, sino como el conocimiento de los derechos, por parte de las mujeres, a los medios para ejercer y hacer reconocer esos derechos. Adoptando las recomendaciones llevadas a cabo por los organismos internacionales en miras a erradicar la violencia de género.
 
COMPETENCIAS
 
El documento establece como autoridad de aplicación a la Dirección Provincial de Políticas de Género, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social. ‘Nosotros estamos convencidos de que el abordaje de las políticas de género no es privativo o exclusivo de un área, es por ello que concebimos el rol de la Dirección como de orientación y coordinación de todas las múltiples tareas que se vienen desarrollando desde los diferentes ministerios‘, explicó la ministra.
 
La reciente reglamentación establece que el Estado provincial debe propender, promover y promocionar que en los municipios y comunas se estructuren áreas especiales para la atención de la violencia de género. En este sentido, Bifarello detalló que ‘el Ministerio de Desarrollo Social firma anualmente convenios con los gobiernos locales con el objetivo de crear y fortalecer equipos sociales, instándolos a ser sensibles a la problemática de género.‘
 
Por otra parte, el documento plantea la necesidad de crear una comisión interinstitucional que aborde la temática. ‘Dicha Comisión ya está en marcha, es coordinada por la Dirección Provincial de Género y está integrada por representantes de todos los ministerios. Periódicamente se reúne para poner a la problemática de género sobre la mesa y ver qué se hace desde cada uno de los lugares‘, sostuvo.
 
También prevé la Conformación de un Consejo con funciones consultivas, denominado Consejo Provincial para prevenir, asistir y erradicar la violencia de género. Establece que el Consejo deberá estar conformado por actores sociales intervinientes en la problemática de violencia de género, tales como el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo con participación del Gabinete Social, Poder Judicial, Universidades, representantes de Municipios y Comunas, representantes de Colegios Profesionales y Organizaciones No Gubernamentales involucrados en la temática. En tal sentido, Bifarello anunció que dicho organismo se creará el próximo año y comenzará a sesionar durante el mes de febrero.
 
En uno de sus apartados el documento hace referencia a instancias de tránsito denominadas Casas de Amparo temporarias para víctimas de violencia, para brindar alojamiento seguro e inmediato a las mujeres víctima de violencia. ‘La provincia cuenta actualmente con una red de Casas de Amparo, el funcionamiento de dichos espacios se trabaja de manera conjunta con gobiernos locales y organizaciones de la sociedad civil‘, detalló la ministra.
 
La ley plantea además la necesidad de contar con una Guía de Atención para Situaciones de Violencia de Género. Dicho material, creado en el año 2012 por el Ministerio de Desarrollo Social, fue editado por tercera vez y se encuentra disponible en la página oficial de la provincia de Santa Fe. 

Con información de NOTA22.COM

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