Los daños colaterales de la libertad de expresión

Juan Pablo Rodríguez, titular del juzgado civil N° 62, condenó al periodista Eduardo Feinmann y a su productora, Telepiu S.A., a indemnizar por daño moral al Partido Obrero y a uno de sus militantes, José Escobar, con 150 mil pesos a cada uno. Es por los dichos de este en su noticiero en 2008.
Se trata de la causa “Partido Obrero c/Feinmann, Eduardo y otro s/daños y perjuicios”, que inició el partido político y uno de sus militantes, José Escobar, quien fuera sindicado por Feinman en televisión como responsable y organizador del incendio de una formación ferroviaria en la estación de Castelar e incidentes en la estación de Merlo.
El juez sostuvo que la actitud del periodista no fue de acuerdo a su función ya que “se empeñó en atribuir a Escobar y al Partido Obrero la responsabilidad por los lamentables acontecimientos vividos, con una total despreocupación por averiguar si ello era verdadero”.
Con respecto al militante, el magistrado sostuvo que “se vio enfrentado a la necesidad de brindar reiteradas explicaciones durante un prolongado lapso para intentar remontar el descrédito en que quedara sumido”.
Descredito que debió explicar “no solo con sus colegas docentes, sino también con los alumnos de los que se ocupa como preceptor”, consigna el fallo de primera instancia.
Es que en una entrevista brindada por Escobar a Feinmann en 2008 este último directamente le endilgó la responsabilidad por la quema de vagones en la estación de Castelar.
“Estos grupos de izquierda (en clara referencia a Escobar y al Partido Obrero) estos grupos sociales van midiendo hasta dónde pueden llegar. Entonces hacen lo siguiente: llegan hasta un lugar y tiran piedras, si ven que las autoridades no aparecen después dejan de tirar piedras e incendian un vagón”, consigna la sentencia de Rodríguez.
“Frente al terrible daño causado a la organización política actora por las noticias agraviantes que la involucraron injustamente en los gravísimos hechos de Merlo y Castelar, flaco sería el servicio si con base en una noción mezquina y restrictiva se negara la procedencia del daño moral, apelando a su condición de persona jurídica”, explica el magistrado.
Por ello, el juez condenó a que tanto el periodista como la productora indemnicen al Partido Obrero y al militante con 150 mil pesos a cada uno. La sentencia es recurrible.

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