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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.
A prisión por "mal carácter"
Jueves 30 de
Enero 2014

La Corte de Justicia de Salta confirmó una condena a prisión efectiva contra un hombre cuyo delito cometido podría haber tenido prisión condicional. Los jueces argumentaron "el temor que infunde entre sus vecinos" para que la prisión sea efectiva.
La Corte de Justicia "en feria" de la provincia de Salta confirmó una condena de prisión efectiva contra un hombre que fue condenado por un delito que, tal y como lo solicitó la defensa del hombre, podría haber obtenido la prisión condicional.
El hombre, llamado Pablo Ezequiel Cruz, fue condenado a tres años y dos meses de prisión efectiva impuesta a "como autor responsable de los delitos de violación de domicilio (dos hechos), coacción, amenazas (tres hechos), daños y lesiones, todo en concurso real".
La defensa presentó un escrito donde solicitaba la ejecución de la pena de manera condicional pero, aunque la condena podía haber sido de ejecución condicional el máximo tribunal provincial tuvo en cuenta, en forma coincidente con la Sala V del Tribunal de Juicio, "el temor que infunde entre sus vecinos" el imputado para justificar la prisión "efectiva".
El máximo tribunal salteño "tuvo en cuenta la personalidad de Cruz demostrada en los reiterados hechos que protagonizó y además el temor que infunde entre sus vecinos”. Por todo ello, los magistrados resolvieron que “la condena de cumplimiento efectivo a pesar de la falta de antecedentes condenatorios".
Los jueces de la Corte de Justicia de Salta basaron el rechazó a la prisión condicional del condenado en "la personalidad agresiva, impulsiva y violenta del condenado, el temor que infunde en el barrio que habita y su problemática como adicto".
Además, los jueces ordenaron al hombre que "realice tratamiento psicológico durante el tiempo de reclusión".
“La prisión efectiva es la regla y la condicionalidad lo extraordinario, por lo que ésta no es una obligación del juez" concluyeron los jueces.
El hombre, llamado Pablo Ezequiel Cruz, fue condenado a tres años y dos meses de prisión efectiva impuesta a "como autor responsable de los delitos de violación de domicilio (dos hechos), coacción, amenazas (tres hechos), daños y lesiones, todo en concurso real".
La defensa presentó un escrito donde solicitaba la ejecución de la pena de manera condicional pero, aunque la condena podía haber sido de ejecución condicional el máximo tribunal provincial tuvo en cuenta, en forma coincidente con la Sala V del Tribunal de Juicio, "el temor que infunde entre sus vecinos" el imputado para justificar la prisión "efectiva".
El máximo tribunal salteño "tuvo en cuenta la personalidad de Cruz demostrada en los reiterados hechos que protagonizó y además el temor que infunde entre sus vecinos”. Por todo ello, los magistrados resolvieron que “la condena de cumplimiento efectivo a pesar de la falta de antecedentes condenatorios".
Los jueces de la Corte de Justicia de Salta basaron el rechazó a la prisión condicional del condenado en "la personalidad agresiva, impulsiva y violenta del condenado, el temor que infunde en el barrio que habita y su problemática como adicto".
Además, los jueces ordenaron al hombre que "realice tratamiento psicológico durante el tiempo de reclusión".
“La prisión efectiva es la regla y la condicionalidad lo extraordinario, por lo que ésta no es una obligación del juez" concluyeron los jueces.
Con información de
DJU

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