La Cámara de Casación ratificó su potestad para revisar las decisiones de los tribunales inferiores
Miércoles 19 de
Agosto 2020
Así lo resolvió la Sala IV en una causa por contrabando que fue tratada por los magistrados Mariano Borinsky y Javier Carbajo. Tiene una implicancia significativa en el ambiente judicial a la hora de evaluar el rol que tendrá el máximo tribunal en materia penal en el marco del nuevo código acusatorio
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó este miércoles su potestad para revisar las decisiones de las cámaras de segunda instancia. La decisión, en el marco de una causa por contrabando de drogas, tiene una implicancia significativa en el ambiente judicial a la hora de evaluar el rol que tendrá el máximo tribunal en materia penal en el marco del nuevo código acusatorio, que ya rige en Salta y Jujuy y en dos años tendrá alcance nacional.
En la causa se resolvía sobre quién debía revisar una decisión de la Cámara en lo Penal Económico en torno a la libertad de un acusado de haber sido una “mula” que traficaba droga. . Allí se sostenía que, para ese caso, solo procedía recurso ante la Corte Suprema de Justicia. ¿Por qué? Porque el nuevo código acusatorio, que ya es aplicado en materia de excarcelaciones y prisiones domiciliarias, no prevé expresamente que sea Casación la que revise esos fallos. Su rol, entonces, quedaba de alguna manera desdibujado.
Ahora la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con firma de los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, hizo lugar a una queja presentada por el Ministerio Público Fiscal contra la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico que denegó tres recursos de casación por considerarlos improcedentes contra las sentencias dictadas por las cámaras de apelaciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 54 del Código Procesal Penal Federal.
De esta manera, la Cámara de Casación ratificó su competencia y revisará las sentencias dictadas por la Cámara de Apelaciones.
No es un dato menor en medio de la polémica sembrada sobre la reforma judicial y el comité de juristas que evalúan el funcionamiento de la Corte Suprema. “Por un lado, los cámaras federales quedarían como la última palabra si no tienen una revisión. Por otro, la única forma de apelación sería la Corte Suprema, donde hoy se quiere limitar el recurso extraordinario”, explicaron a Infobae las fuentes consultadas. “La resolución de hoy no se dicta en ninguna causa política, pero sienta un procedente para cuando tenga que resolverse causas de repercusión nacional”, añadieron.
La discusión en este caso puntual se centraba en si correspondía o no la intervención de la Cámara de Casación como revisor de la sentencia de Cámara de Apelaciones a partir de la implementación del artículo 54 del Código Procesal Penal Federal. Este nuevo código procesal entró en vigencia en junio de 2019 sólo para la jurisdicción federal de Salta y Jujuy; y fue puesto parcialmente en vigencia para todo el país por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código únicamente en lo que respecta a 10 artículos, dentro de los cuales esta el 54.
Precisamente, la implementación de esos diez artículos a la hora de evaluar detenciones es lo que permitió, por ejemplo, que salieron en libertad o recibieran prisión domiciliaria los llamados “presos k”.
La resolución fue dictada en línea con la doctrina que surge del fallo “Casal”, en donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que la Cámara Federal del Casación Penal, en su carácter de tribunal intermedio, constituye el tribunal superior de la causa para la justicia nacional en materia penal, a los efectos del artículo 14 de la ley 48.
En el caso se analizan las decisiones de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que confirmó el rechazo de excarcelación o morigeración de prisión preventiva de tres imputados en el marco de una causa de contrabando de droga, en la que se investiga la maniobra de la utilización del régimen de “envíos postales internacionales”.
La Cámara en lo Penal Económico rechazaba los planteos de apelación de la fiscalía y planteaba que debía irse hasta la Corte Suprema para protestar por un fallo. Casación, sin embargo, rechazó con ese criterio. Los casos por la aplicación del nuevo código recién comienzan a llegar a Casación. Este es el primer fallo que revisa el rol de Casación y por eso sienta un precedente, según indicaron fuentes judiciales a Infobae.
En la causa se resolvía sobre quién debía revisar una decisión de la Cámara en lo Penal Económico en torno a la libertad de un acusado de haber sido una “mula” que traficaba droga. . Allí se sostenía que, para ese caso, solo procedía recurso ante la Corte Suprema de Justicia. ¿Por qué? Porque el nuevo código acusatorio, que ya es aplicado en materia de excarcelaciones y prisiones domiciliarias, no prevé expresamente que sea Casación la que revise esos fallos. Su rol, entonces, quedaba de alguna manera desdibujado.
Ahora la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con firma de los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, hizo lugar a una queja presentada por el Ministerio Público Fiscal contra la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico que denegó tres recursos de casación por considerarlos improcedentes contra las sentencias dictadas por las cámaras de apelaciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 54 del Código Procesal Penal Federal.
De esta manera, la Cámara de Casación ratificó su competencia y revisará las sentencias dictadas por la Cámara de Apelaciones.
No es un dato menor en medio de la polémica sembrada sobre la reforma judicial y el comité de juristas que evalúan el funcionamiento de la Corte Suprema. “Por un lado, los cámaras federales quedarían como la última palabra si no tienen una revisión. Por otro, la única forma de apelación sería la Corte Suprema, donde hoy se quiere limitar el recurso extraordinario”, explicaron a Infobae las fuentes consultadas. “La resolución de hoy no se dicta en ninguna causa política, pero sienta un procedente para cuando tenga que resolverse causas de repercusión nacional”, añadieron.
La discusión en este caso puntual se centraba en si correspondía o no la intervención de la Cámara de Casación como revisor de la sentencia de Cámara de Apelaciones a partir de la implementación del artículo 54 del Código Procesal Penal Federal. Este nuevo código procesal entró en vigencia en junio de 2019 sólo para la jurisdicción federal de Salta y Jujuy; y fue puesto parcialmente en vigencia para todo el país por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código únicamente en lo que respecta a 10 artículos, dentro de los cuales esta el 54.
Precisamente, la implementación de esos diez artículos a la hora de evaluar detenciones es lo que permitió, por ejemplo, que salieron en libertad o recibieran prisión domiciliaria los llamados “presos k”.
La resolución fue dictada en línea con la doctrina que surge del fallo “Casal”, en donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que la Cámara Federal del Casación Penal, en su carácter de tribunal intermedio, constituye el tribunal superior de la causa para la justicia nacional en materia penal, a los efectos del artículo 14 de la ley 48.
En el caso se analizan las decisiones de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que confirmó el rechazo de excarcelación o morigeración de prisión preventiva de tres imputados en el marco de una causa de contrabando de droga, en la que se investiga la maniobra de la utilización del régimen de “envíos postales internacionales”.
La Cámara en lo Penal Económico rechazaba los planteos de apelación de la fiscalía y planteaba que debía irse hasta la Corte Suprema para protestar por un fallo. Casación, sin embargo, rechazó con ese criterio. Los casos por la aplicación del nuevo código recién comienzan a llegar a Casación. Este es el primer fallo que revisa el rol de Casación y por eso sienta un precedente, según indicaron fuentes judiciales a Infobae.
Con información de
Infobae

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