Se abrió la inscripción para el ATP de los sueldos de septiembre: ¿cuándo se pagará?
Lunes 28 de
Septiembre 2020
AFIP habilitó una nueva inscripción para aquellos empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de salarios.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó desde hoy el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de septiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar hasta el 2 de octubre, inclusive. De momento, no está informada la fecha en que ANSES lo depositará en las cuentas de los trabajadores.
El Programa ATP forma parte de las distintas políticas contracíclicas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. En agosto más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1.760.000 trabajadores y trabajadoras. De esta forma, el Estado argentino lleva invertidos cerca de $ 194.000 millones en el Programa ATP para sostener los puestos de trabajo del sector privado.
El Programa ATP prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre los meses agosto de 2020 y 2019 accedan al Salario Complementario. Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15% .
El Programa ATP forma parte de las distintas políticas contracíclicas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. En agosto más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1.760.000 trabajadores y trabajadoras. De esta forma, el Estado argentino lleva invertidos cerca de $ 194.000 millones en el Programa ATP para sostener los puestos de trabajo del sector privado.
El Programa ATP prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre los meses agosto de 2020 y 2019 accedan al Salario Complementario. Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15% .
Con información de
Ámbito

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