El Gobierno reglamentó el programa “Previaje”, que permite la devolución del 50% de los gastos en turismo

Miércoles 14 de Octubre 2020

El reintegro se podrá utilizar en servicios turísticos nacionales durante 2021. El beneficio aprobado tiene un tope de 100 mil pesos y el monto mínimo que deberá acreditarse en concepto de compras anticipadas para acceder al beneficio es de 10 mil pesos
El Gobierno Nacional reglamentó el programa “Previaje”, que permite la devolución del 50% de los gastos en turismo realizados hasta el 31 de diciembre de este año en destinos locales. Tal como se había anticipado, el reintegro debe ser utilizado durante 2021, también en gastos turísticos dentro de la Argentina.
 
Los detalles del programa fueron oficializados a través de la Resolución 456/2020 del Ministerio de Turismo y Deportes, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Considerando que se trata de una de las actividades más golpeadas por la pandemia de coronavirus, la cartera que conduce Matías Lammens explicó que “en el escenario post pandémico, el turismo será un dinamizador de la economía y el consumo regional en función del rol redistributivo que por naturaleza tiene la actividad turística, por lo que requiere del apoyo y soporte del Estado Nacional en lo inmediato para continuar siendo un factor insoslayable de desarrollo local, y torna preciso la toma de medidas afines al sostenimiento y promoción de una pronta recuperación del sector”.
 
De esta forma, se justificó la reglamentación del programa que consiste en que por cada compra anticipada -ya sea en agencia de viajes, alojamiento, pasajes u otros servicios turísticos- realizada hasta el 31 de diciembre de este año para viajar por Argentina en 2021, se recibirá un crédito equivalente al 50% de las compras realizadas.
 
Una vez realizado los gastos relacionados al turismo de manera anticipada, el usuario debe ingresar en la web oficial de “Previaje”, completar datos personales y la información sobre el viaje a realizar adjuntando los comprobantes. La solicitud debe efectuarse en un plazo de hasta 30 días, desde la fecha de realizada la compra.
 
 
Según se precisó este miércoles en la resolución publicada en el Boletín Oficial, al reintegro puede acceder cualquier persona a través de su CUIT o CUIL, mayor de 18 años, que cumpla con los pasos de verificación de identidad y declare un domicilio en la Argentina. El crédito estará disponible a partir de la fecha del viaje o de prestación del servicio y hasta el 31 de diciembre de 2021.
 
El beneficio aprobado tiene un tope de 100 mil pesos. El reintegro del 50% se acreditará en una billetera electrónica o en una tarjeta precargada expedida por el Banco Nación. Los comercios luego deben aceptar tarjetas Mastercard o cobro mediante código QR para la Billetera Electrónica BNA+.
 
No obstante, se aclaró que “no generarán beneficio ni estarán alcanzadas por el Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales aquellas compras anticipadas por un importe total menor a 1.000 pesos”.
 
“Asimismo, el monto mínimo que deberá acreditarse en concepto de una o más compras anticipadas para acceder al beneficio es de 10 mil pesos”, se agregó. Mientras que se hizo hincapié en que el beneficio rige solo para compras realizadas dentro del territorio nacional.
 
 
“Las compras anticipadas en concepto de: a) servicios de alojamiento turístico nacional en hoteles, hosterías, cabañas, bungalow, aparts, camping, refugios de montaña, albergues juveniles y apartamentos de tiempo compartido, b) transporte aerocomercial de cabotaje y terrestre de larga distancia nacional y c) servicios adquiridos ante Agencias de Viaje nacionales, podrán generar crédito en concepto de beneficio por un monto de hasta 100 mil pesos”, se precisó.
 
Mientras que los demás servicios turísticos podrán generar crédito por un monto total de hasta 5 mil pesos. Una vez alcanzada la suma de 100 mil pesos, “ya no podrá volver a generar crédito ni beneficio”.
 
La posibilidad de canjear el beneficio se habilitará una vez alcanzado el monto mínimo acumulado de $10.000 entre uno o más comprobantes. El importe mínimo por comprobante es de $1.000. Se pueden presentar facturas B, C, ticket aéreos o boleto y pasaje en caso de transporte terrestre.
Con información de Infobae

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