SANTA FE
Límite de 40% al aumento de patente, más coparticipación a municipios y comunas y beneficios fiscales para call centers
Jueves 11 de
Febrero 2021

El Poder Ejecutivo remitió a la Legislatura, para ser tratados en el período de sesiones extraordinarias, dos proyectos de ley de contenido tributario.
Uno de los proyectos tiene por objetivo ampliar la masa coparticipable en favor de los Municipios y Comunas respecto a la patente, estableciendo un límite del 40% al incremento de dicho impuesto en el caso de la patente de vehículos a pagar en 2021 para atenuar el impacto de las valuaciones.
El otro proyecto otorgar beneficios impositivos a las empresas radicadas en la provincia que se dedican a la actividad de Call Center.
En relación a la patente única sobre vehículos y el impuesto sobre las embarcaciones deportivas o de recreación, el proyecto busca aumentar la participación de los gobiernos locales en la distribución del producido de los impuestos Patente Única sobre Vehículos y sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, con el objeto de ampliar el esquema de coparticipación vigente, fortalecer el esquema de financiamiento de municipios y comunas de la provincia y avanzar en un mayor grado de descentralización del tributo.
A tal efecto, se propone en primer término modificar la masa coparticipable de los tributos señalados, aumentando la participación de los entes locales del 90 al 93% en el caso del impuesto Patente Única sobre Vehículos y del 90 % al 100% en el caso del impuesto sobre las embarcaciones deportivas o de recreación.
La recaudación del impuesto Patente Única sobre Vehículos, en el esquema propuesto, se distribuirá de la siguiente forma:
▪️El 60% (sesenta por ciento) se acredita automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de cada Municipalidad o Comuna en donde se encuentre registrado el vehículo.
▪️El 30% (treinta por ciento) se acredita automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. entre todas las Municipalidades y Comunas, conforme a los coeficientes que a tal efecto establezca para cada una de ellas la Contaduría General de la Provincia teniendo en cuenta para su determinación, la emisión correspondiente a cada Distrito.
▪️EL 7% (siete por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de Rentas Generales de la Provincia.
▪️EL 2 % (dos por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en partes iguales entre todas las Municipalidades de la Provincia.
▪️EL 1 % (uno por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en partes iguales entre todas las Comunas de la Provincia.
En el caso de la recaudación del impuesto sobre embarcaciones, el cien por ciento (100%) de lo recaudado se distribuirá a favor de los Municipios y Comunas, en base a iguales criterios y modalidades a los utilizados actualmente. Además, se les confiere la administración y cobro del impuesto como así también el contralor para la inscripción de las embarcaciones en el registro que al efecto reglamente la Administración Provincial de Impuestos. Por su parte, si bien para el año fiscal 2021 el cálculo del impuesto Patente Unica sobre Vehículos se ha efectuado en base a idénticas alícuotas a las aprobadas por la ley 13.226 en el año 2011, la particular dinámica del mercado automotor -caracterizada por un alto grado de dispersión y heterogeneidad en los incrementos de precios- ha generado en algunos modelos, principalmente los más antiguos, mayores variaciones en el impuesto a pagar, por lo que se entiende razonable establecer un límite a éstas distorsiones, de tal manera que en ningún caso pueda superar el 40% respecto del año anterior.
Call Center: Por su parte, el proyecto relacionado a las empresas cuya actividad principal es operar como “Call Center”, busca otorgar una serie de beneficios fiscales a todas aquellas empresas, en la medida que estén radicadas en la Provincia de Santa Fe, o que en el futuro se establezcan.
▪️Desde el Poder Ejecutivo, se continúa así con la política de mejoramiento de los niveles de inversión y empleo en el ámbito del territorio provincial, entendiendo que la radicación y la ampliación de este tipo de emprendimientos son un canal adecuado para ello especialmente en las zonas urbanas y respecto de sectores jóvenes de la sociedad.
▪️El otorgamiento de beneficios impositivos a largo plazo, dados con responsabilidad y orientados a sectores económicos dinámicos, permiten alcanzar las metas propuestas de la reactivación y la promoción del empleo. Con la ley propuesta se aspira a lograr una armonización normativa en temas impositivos y promocionales de actividades o sectores en la región, evitando así desequilibrios entre provincias de similares características que redunden en desmedro del empleo o la inversión en Santa Fe.
▪️Los beneficios se confieren a empresas que ya se encuentren radicadas en la Provincia o a las que en el futuro se radiquen, eximiéndolas por el término de 10 años del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos e Impuesto Inmobiliario. Todo este cumulo de beneficios fiscales, sumados a los incorporados a la ley impositiva anual para el 2021 y los otorgados a lo largo del 2020, importan un esfuerzo fiscal por parte del Poder Ejecutivo sin precedentes en la última década en la Provincia de Santa Fe.
El otro proyecto otorgar beneficios impositivos a las empresas radicadas en la provincia que se dedican a la actividad de Call Center.
En relación a la patente única sobre vehículos y el impuesto sobre las embarcaciones deportivas o de recreación, el proyecto busca aumentar la participación de los gobiernos locales en la distribución del producido de los impuestos Patente Única sobre Vehículos y sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, con el objeto de ampliar el esquema de coparticipación vigente, fortalecer el esquema de financiamiento de municipios y comunas de la provincia y avanzar en un mayor grado de descentralización del tributo.
A tal efecto, se propone en primer término modificar la masa coparticipable de los tributos señalados, aumentando la participación de los entes locales del 90 al 93% en el caso del impuesto Patente Única sobre Vehículos y del 90 % al 100% en el caso del impuesto sobre las embarcaciones deportivas o de recreación.
La recaudación del impuesto Patente Única sobre Vehículos, en el esquema propuesto, se distribuirá de la siguiente forma:
▪️El 60% (sesenta por ciento) se acredita automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de cada Municipalidad o Comuna en donde se encuentre registrado el vehículo.
▪️El 30% (treinta por ciento) se acredita automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. entre todas las Municipalidades y Comunas, conforme a los coeficientes que a tal efecto establezca para cada una de ellas la Contaduría General de la Provincia teniendo en cuenta para su determinación, la emisión correspondiente a cada Distrito.
▪️EL 7% (siete por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de Rentas Generales de la Provincia.
▪️EL 2 % (dos por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en partes iguales entre todas las Municipalidades de la Provincia.
▪️EL 1 % (uno por ciento) será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco Santa Fe S.A. en partes iguales entre todas las Comunas de la Provincia.
En el caso de la recaudación del impuesto sobre embarcaciones, el cien por ciento (100%) de lo recaudado se distribuirá a favor de los Municipios y Comunas, en base a iguales criterios y modalidades a los utilizados actualmente. Además, se les confiere la administración y cobro del impuesto como así también el contralor para la inscripción de las embarcaciones en el registro que al efecto reglamente la Administración Provincial de Impuestos. Por su parte, si bien para el año fiscal 2021 el cálculo del impuesto Patente Unica sobre Vehículos se ha efectuado en base a idénticas alícuotas a las aprobadas por la ley 13.226 en el año 2011, la particular dinámica del mercado automotor -caracterizada por un alto grado de dispersión y heterogeneidad en los incrementos de precios- ha generado en algunos modelos, principalmente los más antiguos, mayores variaciones en el impuesto a pagar, por lo que se entiende razonable establecer un límite a éstas distorsiones, de tal manera que en ningún caso pueda superar el 40% respecto del año anterior.
Call Center: Por su parte, el proyecto relacionado a las empresas cuya actividad principal es operar como “Call Center”, busca otorgar una serie de beneficios fiscales a todas aquellas empresas, en la medida que estén radicadas en la Provincia de Santa Fe, o que en el futuro se establezcan.
▪️Desde el Poder Ejecutivo, se continúa así con la política de mejoramiento de los niveles de inversión y empleo en el ámbito del territorio provincial, entendiendo que la radicación y la ampliación de este tipo de emprendimientos son un canal adecuado para ello especialmente en las zonas urbanas y respecto de sectores jóvenes de la sociedad.
▪️El otorgamiento de beneficios impositivos a largo plazo, dados con responsabilidad y orientados a sectores económicos dinámicos, permiten alcanzar las metas propuestas de la reactivación y la promoción del empleo. Con la ley propuesta se aspira a lograr una armonización normativa en temas impositivos y promocionales de actividades o sectores en la región, evitando así desequilibrios entre provincias de similares características que redunden en desmedro del empleo o la inversión en Santa Fe.
▪️Los beneficios se confieren a empresas que ya se encuentren radicadas en la Provincia o a las que en el futuro se radiquen, eximiéndolas por el término de 10 años del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos e Impuesto Inmobiliario. Todo este cumulo de beneficios fiscales, sumados a los incorporados a la ley impositiva anual para el 2021 y los otorgados a lo largo del 2020, importan un esfuerzo fiscal por parte del Poder Ejecutivo sin precedentes en la última década en la Provincia de Santa Fe.
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