Jubilarse o no jubilarse, esa es la cuestión
Miércoles 24 de
Febrero 2021
Comenzaron a llegar las intimaciones para que los magistrados con sus jubilaciones acordadas definan su situación y presenten la renuncia al cargo o pierdan las ventajas del sistema anterior. La AMFJN iniciará una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la resolución de la Anses y no se descartan acciones individuales.
Jueces y fiscales comenzaron a recibir intimaciones de la Anses para que definan en forma inmediata su situación jubilatoria. "Me dirijo a Usted en mi carácter de Jefe de la Unidad de Trámites Descentralizados (...) a fin de emplazarlo para acompañar dentro del término de 30 días hábiles administrativos (...) la renuncia al cargo que desempeña para poder concluir el trámite previsional", puntualiza la nota que llegó esta mañana a los domicilios de los funcionarios.
La breve misiva ratifica la resolución PREV-11-46, que busca regular la "iniciación, resolución, liquidación, puesta al pago y reajuste de beneficios" solicitados por magistrados, funcionarios y fiscales. La resolución fue dictada el pasado 8 de febrero y trascendió algunos días más tarde, lo que generó dudas entre los funcionarios judiciales sobre su posible implementación. Con la notificación en mano y ante la firme decisión de la Anses, los jueces y fiscales afectados ya planean acciones individuales y colectivas.
En concreto, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), a cargo de Fernanda Raverta, dispuso que “las presentaciones en demanda de un beneficio formuladas por los magistrados y funcionarios que ejercieran los cargos comprendidos en el artículo 8 de la Ley 24.018 y sus modificatorias podrán iniciarse una vez que se haya presentado formalmente la renuncia al cargo y esta se encuentre en proceso de aceptación”. Recién al momento de presentar el cese definitivo de tareas, según el organismo, se procederá a determinar el derecho a la prestación y la liquidación y el otorgamiento del beneficio.
Los grupos de WhatsApp se llenaron de reclamos y planteos contra la decisión del organismo previsional, lo que se suma al descontento general como consecuencia de la reforma de la Ley 24.018, aprobada por el Congreso en marzo del 2020. "Primero fue Ganancias, después el régimen jubilatorio y ahora esto", se quejaron.
El consejo directivo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) anticipó que en las próximas horas presentará una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la resolución de la Anses. La Asociación de Fiscales y Funcionarios de la Nación (Affun) también acompañará el reclamo.
En los pasillos del Palacio de Tribunales y de Comodoro Py se replica la misma postura: se trata de un derecho adquirido, y la administración pública no tiene facultades para disponer al respecto. El Consejo directivo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) anticipó que en las próximas horas presentará una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la resolución de la Anses. La Asociación de Fiscales y Funcionarios de la Nación (Affun) también acompañará el reclamo.
Un total de 222 funcionarios iniciaron los trámites jubilatorios con anterioridad al nuevo régimen, pero aún continúan en funciones ya que postergaron la presentación de sus renuncias. En la larga lista de afectados se encuentra el procurador interino Eduardo Casal y el fiscal Raúl Plee, como así también los jueces Eduardo Riggi, Martín Irurzun, Leopoldo Bruglia, Guillermo Yacobucci, Carlos Mahiques, María Servini, Ángela Ledesma y Liliana Catucci.
La breve misiva ratifica la resolución PREV-11-46, que busca regular la "iniciación, resolución, liquidación, puesta al pago y reajuste de beneficios" solicitados por magistrados, funcionarios y fiscales. La resolución fue dictada el pasado 8 de febrero y trascendió algunos días más tarde, lo que generó dudas entre los funcionarios judiciales sobre su posible implementación. Con la notificación en mano y ante la firme decisión de la Anses, los jueces y fiscales afectados ya planean acciones individuales y colectivas.
En concreto, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), a cargo de Fernanda Raverta, dispuso que “las presentaciones en demanda de un beneficio formuladas por los magistrados y funcionarios que ejercieran los cargos comprendidos en el artículo 8 de la Ley 24.018 y sus modificatorias podrán iniciarse una vez que se haya presentado formalmente la renuncia al cargo y esta se encuentre en proceso de aceptación”. Recién al momento de presentar el cese definitivo de tareas, según el organismo, se procederá a determinar el derecho a la prestación y la liquidación y el otorgamiento del beneficio.
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Con información de
DIARIO JUDICIAL
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