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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.
Intervenciones telefónicas. Validez del decreto la dispuso. Estupefacientes
La presunción razonable de la comisión de un delito justifica una intervención telefónica
Miércoles 19 de
Marzo 2014

Ver archivo adjunto:
LEER FALLO CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL. CAPITAL FEDERAL
LEER FALLO CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL. CAPITAL FEDERAL
Considera que es válido el decreto que dispuso una intervención telefónica, si los elementos con los que contaba el juez antes de ordenar la medida cuestionada, eran de una entidad tal que ameritaban disponer la limitación de la garantía constitucional prevista en el art. 19 CN, ya que existía una presunción razonable de la comisión de un delito pues, a raíz de una denuncia anónima, la investigación policial determinó que el imputado llevaba una vida bastante ostentosa en comparación con su actividad de mecánico y que concurría asiduamente a domicilios donde supuestamente estaban instaladas "cocinas" de estupefacientes.

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Santa Fe: el salario docente pierde frente a la inflación. Fuerte crítica y profunda preocupación del presidente de la Asociación de Abogados Penalistas de Rosario por la reforma procesal penal que impulsa el Gobierno de Pullaro. Habla José Nanni. También participa el Dr. Adrián Ruiz, integrante del Tribunal de Ética del Colegio de la Abogacía de Rosario.
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