Vuelve el confinamiento: qué se puede hacer y qué no este fin de semana en Santa Fe
Viernes 04 de
Junio 2021
Este fin de semana vuelve el confinamiento estricto en los distritos más afectados por la segunda ola de coronavirus en el país, entre ellos Santa Fe.
Por lo tanto, se implementarán en la ciudad y la provincia las mismas medidas decretadas por el presidente Alberto Fernández el pasado 20 de mayo, cuando ordenó una cuarentena de nueve días.
En todos los distritos del país calificados como zonas de alarma epidemiológica, quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial este 5 y 6 de junio.
Estarán habilitados los comercios esenciales, los comercios con envío a domicilio y para llevar ( take away). Sólo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18, o por razones especialmente autorizadas.
Los negocios como peluquerías, salones de belleza y otros servicios similares, donde los clientes necesariamente deben ingresar al establecimiento para ser atendidos, permanecerán cerrados. También se suspende la actividad del personal doméstico, entre otros.
Quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial este 5 y 6 de junio.
El transporte público seguirá siendo de uso exclusivo para los trabajadores de tareas esenciales y solo se permitirá la circulación para actividades de cercanía, como ir a la farmacia o a comprar algo a algún local de la zona. Quienes dispongan de los colectivos deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19, con el permiso correspondiente. Lo mismo ocurrirá para quienes utilicen sus vehículos particulares y decidan trasladarse.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 334/2021 se establece que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y “solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios”.
No obstante, el texto precisa que “podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias”, para lo cual “no será necesario contar con autorización para circular”.
Sin embargo, se remarcó que “en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia”.
En todos los distritos del país calificados como zonas de alarma epidemiológica, quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial este 5 y 6 de junio.
Estarán habilitados los comercios esenciales, los comercios con envío a domicilio y para llevar ( take away). Sólo se podrá circular en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18, o por razones especialmente autorizadas.
Los negocios como peluquerías, salones de belleza y otros servicios similares, donde los clientes necesariamente deben ingresar al establecimiento para ser atendidos, permanecerán cerrados. También se suspende la actividad del personal doméstico, entre otros.
Quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial este 5 y 6 de junio.
El transporte público seguirá siendo de uso exclusivo para los trabajadores de tareas esenciales y solo se permitirá la circulación para actividades de cercanía, como ir a la farmacia o a comprar algo a algún local de la zona. Quienes dispongan de los colectivos deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19, con el permiso correspondiente. Lo mismo ocurrirá para quienes utilicen sus vehículos particulares y decidan trasladarse.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 334/2021 se establece que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y “solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios”.
No obstante, el texto precisa que “podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias”, para lo cual “no será necesario contar con autorización para circular”.
Sin embargo, se remarcó que “en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia”.
Con información de
Aire de Santa Fe
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