España confirma prohibición del uso civil de drones

Jueves 10 de Abril 2014

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea aclaró que "no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control remoto con fines comerciales o profesionales.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) de ese país reafirmó que el uso de drones "no está permitido y nunca lo ha estado", ante el uso cada vez más extendido de esos dispositivos aéreos.
 
La entidad responsable de controlar el espacio aéreo y aeronaves en España aseguró que a través de un comunicado que "no está permitido el uso de drones para aplicaciones civiles".
 
La aclaración de AESA buscó poner claridad sobre las reglamentaciones vigentes "con el objetivo de evitar malos entendidos y posibles incidentes", debido a la utilización cada vez más extendida de los dispositivos aéreos no tripulados.
 
Los drones son cada vez más utilizados por personas particulares así como por entidades con fines comerciales, entre ellos productoras de televisión y medios de comunicación, que los utilizan para coberturas periodísticas.
 
En los últimos meses también empezaron a considerar su uso empresas que realizan envíos a domicilio, como la alemana Deutsche Post, que estudia emplearlos para mandar correspondencia, o Amazon, que anunció en diciembre que utilizará "mini-drones" para sus envíos de mercadería.
 
El comunicado de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea aclaró que "no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control remoto con fines comerciales o profesionales, para realizar actividades consideradas trabajos aéreos, fotogrametría, agricultura inteligente, reportajes gráficos de todo tipo, vigilancia de fronteras, detección de incendios forestales, reconocimiento de los lugares afectados por catástrofes naturales para dirigir las ayudas adecuadamente", entre otras.
 
Además, AESA se exime de la regulación de drones para usos militares o trabajos aéreos especializados ya que requieren permisos especiales otorgados por otras dependencias para su utilización.
 
También se da por errónea la creencia de que "en la capa de espacio aéreo que se extiende desde el suelo hasta 400 pies se puede volar con estos aparatos sin restricciones”.
 
La entidad de Segurida Aérea advierte de posibles sanciones por violar las reglamentaciones y excluye, por supuesto, a los vuelos de drones que se realicen en recintos cerrados, ya que no forman parte del espacio aéreo.

NOTA22.COM

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