Condenan a los padres por un caso de bullying
Viernes 18 de
Abril 2014

Según la Justicia, los adultos son civilmente responsables. Y deben controlar a sus hijos.
Un caso de bullying que involucró a tres adolescentes terminó con una condena judicial para los padres de dos de los involucrados. El hecho sucedió en Córdoba, cuando dos menores de edad agredieron a otro adolescente. No trascendieron detalles del caso por tratarse de menores. Pero a pesar de que un fallo de primera instancia había desestimado la responsabilidad civil de los padres, la Cámara Civil y Comercial de Córdoba los hizo responsables porque "a pesar de su vigilancia activa (sobre sus hijos), les había sido imposible impedir el daño".
El juicio lo empezó la familia de un chico que había sido agredido por otros dos compañeros y fue difundido por el sitio de noticias Diario Judicial. Una jueza de primera instancia había rechazado la causa, pero la Cámara insistió en que había responsabilidad civil por el hecho. En la revisión del fallo se analizó si los padres de los agresores debían responder por los daños que produjeron en la víctima, y la conclusión fue que eran responsables colectivos y que a pesar de su "vigilancia activa, les había sido imposible impedir el daño".
Los padres condenados había presentado pruebas que acreditaban "la excelente educación impartida" a sus hijos, pero según los jueces eso no fue suficiente para exculparlos. En el fallo, los camaristas admiten que en la actualidad "la libertad otorgada a los adolescentes y el margen discrecional para su comportamiento ha crecido hasta flexibilizarse a un punto de difícil retorno, equiparándolo equivocadamente con los adultos". Sin embargo, "esta realidad social no exime a los padres del debido control de su hijo menor, aún a costa de que la reacción de éstos ante el límite eventualmente impuesto por los progenitores les acarreé un problema familiar". Y en otro párrafo insisten que en un contexto de violencia como el que se vive en la actualidad, "es deber de los padres ser extremadamente puntillosos a la hora de autorizar salidas sin su presencia".
El juicio lo empezó la familia de un chico que había sido agredido por otros dos compañeros y fue difundido por el sitio de noticias Diario Judicial. Una jueza de primera instancia había rechazado la causa, pero la Cámara insistió en que había responsabilidad civil por el hecho. En la revisión del fallo se analizó si los padres de los agresores debían responder por los daños que produjeron en la víctima, y la conclusión fue que eran responsables colectivos y que a pesar de su "vigilancia activa, les había sido imposible impedir el daño".
Los padres condenados había presentado pruebas que acreditaban "la excelente educación impartida" a sus hijos, pero según los jueces eso no fue suficiente para exculparlos. En el fallo, los camaristas admiten que en la actualidad "la libertad otorgada a los adolescentes y el margen discrecional para su comportamiento ha crecido hasta flexibilizarse a un punto de difícil retorno, equiparándolo equivocadamente con los adultos". Sin embargo, "esta realidad social no exime a los padres del debido control de su hijo menor, aún a costa de que la reacción de éstos ante el límite eventualmente impuesto por los progenitores les acarreé un problema familiar". Y en otro párrafo insisten que en un contexto de violencia como el que se vive en la actualidad, "es deber de los padres ser extremadamente puntillosos a la hora de autorizar salidas sin su presencia".
Con información de
Clarin

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