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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.

Importemos Ética judicial

Lunes 12 de Mayo 2014

La Comisión de Reglamentación aprobó el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial. Aunque el proyecto inicial planteaba ser para todo el Poder Judicial, se limitó sólo al ámbito del Consejo.

La Comisión de Reglamentación aprobó la incorporación del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial para el ámbito del Consejo de la Magistratura. Se trata de una iniciativa que reunirá los proyectos presentados por el actual presidente de la Comisión, Daniel Ostropolsky, y el consejero Alejandro Fargosi.
 
El proyecto presentado por Ostropolsky tenía el objetivo de la plena adopción reglamentaria para la Justicia Nacional del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial. Pero tal y como recordó uno de los consejeros durante la reunión la Corte ya dijo que el consejo no tiene facultada para modificar el reglamento para la Justicia Nacional.
 
Por eso, recordando un proyecto presentado hace dos años por el otro consejero abogado Alejandro Fargosi, se acordó sacar esto y, en lo sustancial, aprobar la incorporación del código pero para que “sirva de base para los procesos de selección, disciplinarios y acusatorios”. Ahora este dictamen tiene que ser refrendado por el plenario del Consejo.
 
Los Principios de la Ética Judicial Iberoamericana detallan en su articulado que “el juez, con sus actitudes y comportamientos, debe poner de manifiesto que no recibe influencias -directas o indirectas- de ningún otro poder público o privado, bien sea externo o interno al orden judicial”, al tiempo que “la imparcialidad de juicio obliga al juez a generar hábitos rigurosos de honestidad intelectual y de autocrítica”.
 
“La integridad de la conducta del juez fuera del ámbito estricto de la actividad jurisdiccional contribuye a una fundada confianza de los ciudadanos en la judicatura” y “debe evitar comportamientos o actitudes que puedan entenderse como búsqueda injustificada o desmesurada de reconocimiento social”, se consigna también.
 
La comisión de Reglamentación se encuentra compuesta, además de Ostropolsky, por Eduardo De Pedro, Alejandro Sánchez Freytes, Mario Cimadevilla, Mario Fera y Manuel Urriza.

Con información de DJU

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