Las sanciones a las que se expone AFA si hace la asamblea completa: desde un apercibimiento hasta a una intervención
Por:
Alejandro Casar González
Martes 15 de
Octubre 2024
La entidad no se echa atrás y la Inspección General de Justicia puede arremeter con un castigo grave
La Inspección General de Justicia (IGJ) analiza sanciones a AFA para el caso de que, como parece ocurrirá, la entidad decida realizar la asamblea del próximo jueves en forma completa. Es decir, con los puntos del orden del día que fueron suspendidos por el órgano de contralor y que incluyen la mudanza de la sede social a la provincia de Buenos Aires, la reelección a Claudio “Chiqui” Tapia como presidente hasta octubre de 2028 y la suspensión de los descensos en la Liga Profesional. Los castigos previstos por la ley varían entre un apercibimiento, una multa y una intervención.
“Sí, se está evaluando”, confirmaron a LA NACION fuentes del Ministerio de Justicia en relación con una hipotética intervención a la casa madre del fútbol argentino. La carta orgánica de la IGJ es clara en cuanto a los castigos a una entidad que desafía las decisiones del órgano de contralor. Habla de apercibimientos, que pueden incluir la publicación de la sanción; de multas, que no pueden exceder los 30.000.000 de pesos por cada infracción, y de intervención de la asociación civil en conflicto. “La IGJ puede solicitar al ministerio de Justicia de la Nación la intervención, o requerirle el retiro de la autorización, la disolución y liquidación en los siguientes casos: 1) Si verifica actos graves que importen violación de la ley, del estatuto o del reglamento; 2) Si la medida resulta necesaria en resguardo del interés público; 3) Si existen irregularidades no subsanables y 4) Si las asociaciones civiles no pueden cumplir con su objeto”.
“El castigo será en función de la gravedad de la infracción cometida. Puede haber otras medidas hasta la intervención”, dijo a LA NACION el abogado Daniel Viola, experto en derecho deportivo. “Se trata, en todo caso, de una medida administrativa sobre la persona jurídica llamada «Asociación del Fútbol Argentino». Esto, en alguna forma, confrontará los argumentos de la IGJ con aquellos que eventalmente esgrima FIFA [a la que está afiliada AFA]. Hay un orden de prelación: primero, la ley del deporte; segundo, el estatuto de AFA y, tercero, la legislación de fondo”, adelanta Viola.
Y aquí hay un punto clave: si la IGJ interviene AFA, ¿puede FIFA suspender tanto a los clubes argentinos como a la selección? Nadie se atreve a descartar que desde la calle Viamonte jueguen ante la institución internacional la carta de la intromisión en sus asuntos. “Sí. AFA les dirá a FIFA y a Conmebol que el Gobierno se mete en sus decisiones y viola las disposiciones vigentes. No tengas dudas. Eso pasó en otros países, como Grecia y El Salvador”, cuenta otro experto en derecho deportivo, que pide anonimato por la sensibilidad del tema.
Después de todo, AFA ya pidió tanto a FIFA como a Conmebol un dictamen sobre la reforma del estatuto que pidió el Gobierno para abrir los clubes al ingreso de capitales privados. Y desde Suiza alertaron sobre el riesgo que corría el fútbol argentino de ser suspendido de toda competencia internacional en caso de que esa obligación se concretara. Algo así puede ocurrir en caso de una eventual intervención administrativa, aunque nadie piensa en las copas Libertadores y Sudamericana sin equipos argentinos ni en un Mundial de Clubes con Boca y River ausentes. Mucho menos, un Mundial, el de Canadá, México y Estados Unidos, sin Lionel Messi. Sin su last dance.
Cerca de Tapia se remiten al fallo del juez en lo civil Ricardo Pettis, que ante un reclamo presentado por Pablo Toviggino, tesorero de AFA y mano derecha del “Comandante”, pidió una medida cautelar que garantizara la reunión del jueves. El magistrado la negó, pero consideró para el caso de que la IGJ suspendiera la asamblea garantizar una apelación “con efecto suspensivo”. “El juez ya la concedió en su fallo”, aseguran las fuentes de AFA que, amparándose en ese razonamiento, no piensan retroceder. Y, entonces, la asamblea del jueves tendrá lugar.
AFA no fue a FIFA ni a Conmebol, sino a un tribunal en lo Civil, el número 66. Allí consiguió lo que esperaba y lo que, entiende, le garantizará la libertad institucional para reelegir a su presidente, reformar su principal torneo y trasladar su razón social a un terreno mucho más amigable en lo político: el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, es peronista, como Tapia. Por algo eligió el 17 de octubre, Día de la Lealtad, como fecha para la asamblea que lo ungiría. Un tuit del propio Toviggino en la tarde del martes fue prueba cabal de que AFA no retrocede: “Segundos Afuera !!! Box !!! Señores y Señores comienza el segundo round !!! Nos vemos el Jueves en la Asamblea, ósea toda la Asamblea, digamos que será total e integra. La Fuerzas del Cielo Proveerán !!! Oportunamente … En Fin. Mientras tanto, hoy Selección y mañana Conmebol !!!”. Lo ilustró con una foto de Tapia junto a Lionel Messi y Rodrigo De Paul.
Una vez notificada la resolución –sucedió este martes–, la asociación tiene 15 días para recurrirla. Dice la Ley Orgánica de la IGJ que “las actuaciones se elevarán a la cámara dentro de los cinco días de interpuesto el recurso y ésta dará traslado por otros cinco días a la IGJ”. Como sea, la asamblea de este jueves va camino a desarrollarse. Con autorización o sin ella.
“Sí, se está evaluando”, confirmaron a LA NACION fuentes del Ministerio de Justicia en relación con una hipotética intervención a la casa madre del fútbol argentino. La carta orgánica de la IGJ es clara en cuanto a los castigos a una entidad que desafía las decisiones del órgano de contralor. Habla de apercibimientos, que pueden incluir la publicación de la sanción; de multas, que no pueden exceder los 30.000.000 de pesos por cada infracción, y de intervención de la asociación civil en conflicto. “La IGJ puede solicitar al ministerio de Justicia de la Nación la intervención, o requerirle el retiro de la autorización, la disolución y liquidación en los siguientes casos: 1) Si verifica actos graves que importen violación de la ley, del estatuto o del reglamento; 2) Si la medida resulta necesaria en resguardo del interés público; 3) Si existen irregularidades no subsanables y 4) Si las asociaciones civiles no pueden cumplir con su objeto”.
“El castigo será en función de la gravedad de la infracción cometida. Puede haber otras medidas hasta la intervención”, dijo a LA NACION el abogado Daniel Viola, experto en derecho deportivo. “Se trata, en todo caso, de una medida administrativa sobre la persona jurídica llamada «Asociación del Fútbol Argentino». Esto, en alguna forma, confrontará los argumentos de la IGJ con aquellos que eventalmente esgrima FIFA [a la que está afiliada AFA]. Hay un orden de prelación: primero, la ley del deporte; segundo, el estatuto de AFA y, tercero, la legislación de fondo”, adelanta Viola.
Y aquí hay un punto clave: si la IGJ interviene AFA, ¿puede FIFA suspender tanto a los clubes argentinos como a la selección? Nadie se atreve a descartar que desde la calle Viamonte jueguen ante la institución internacional la carta de la intromisión en sus asuntos. “Sí. AFA les dirá a FIFA y a Conmebol que el Gobierno se mete en sus decisiones y viola las disposiciones vigentes. No tengas dudas. Eso pasó en otros países, como Grecia y El Salvador”, cuenta otro experto en derecho deportivo, que pide anonimato por la sensibilidad del tema.
Después de todo, AFA ya pidió tanto a FIFA como a Conmebol un dictamen sobre la reforma del estatuto que pidió el Gobierno para abrir los clubes al ingreso de capitales privados. Y desde Suiza alertaron sobre el riesgo que corría el fútbol argentino de ser suspendido de toda competencia internacional en caso de que esa obligación se concretara. Algo así puede ocurrir en caso de una eventual intervención administrativa, aunque nadie piensa en las copas Libertadores y Sudamericana sin equipos argentinos ni en un Mundial de Clubes con Boca y River ausentes. Mucho menos, un Mundial, el de Canadá, México y Estados Unidos, sin Lionel Messi. Sin su last dance.
Las certezas de AFA
AFA está convencida de que la asamblea del jueves se realizará tal como estaba prevista. Es decir que los 46 representantes convocados para las 16 en el predio Lionel Andrés Messi, de Ezeiza, podrán reelegir a Tapia hasta octubre de 2028, cambiar la jurisdicción de la razón social, mudarse de la ciudad a la provincia de Buenos Aires y suspender los dos descensos en la Liga Profesional, que el próximo año pasará a tener 30 clubes.Cerca de Tapia se remiten al fallo del juez en lo civil Ricardo Pettis, que ante un reclamo presentado por Pablo Toviggino, tesorero de AFA y mano derecha del “Comandante”, pidió una medida cautelar que garantizara la reunión del jueves. El magistrado la negó, pero consideró para el caso de que la IGJ suspendiera la asamblea garantizar una apelación “con efecto suspensivo”. “El juez ya la concedió en su fallo”, aseguran las fuentes de AFA que, amparándose en ese razonamiento, no piensan retroceder. Y, entonces, la asamblea del jueves tendrá lugar.
AFA no fue a FIFA ni a Conmebol, sino a un tribunal en lo Civil, el número 66. Allí consiguió lo que esperaba y lo que, entiende, le garantizará la libertad institucional para reelegir a su presidente, reformar su principal torneo y trasladar su razón social a un terreno mucho más amigable en lo político: el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, es peronista, como Tapia. Por algo eligió el 17 de octubre, Día de la Lealtad, como fecha para la asamblea que lo ungiría. Un tuit del propio Toviggino en la tarde del martes fue prueba cabal de que AFA no retrocede: “Segundos Afuera !!! Box !!! Señores y Señores comienza el segundo round !!! Nos vemos el Jueves en la Asamblea, ósea toda la Asamblea, digamos que será total e integra. La Fuerzas del Cielo Proveerán !!! Oportunamente … En Fin. Mientras tanto, hoy Selección y mañana Conmebol !!!”. Lo ilustró con una foto de Tapia junto a Lionel Messi y Rodrigo De Paul.
Qué dice la ley
La “apelación con efectos suspensivos” que, según AFA, le concedió el juez Pettis en su fallo, en realidad, no cumple con lo dispuesto por la Carta Orgánica de la Inspección General de Justicia (IGJ). En este sentido, el artículo 16 disponee: “Las resoluciones de la Inspección General de Justicia son apelables ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, cuando se refieran a comerciantes o sociedades comerciales. Cuando dichas resoluciones o las del Ministerio de Justicia de la Nación, se refieran a asociaciones civiles y fundaciones, serán apelables ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal”. Así, lo resuelto por Pettis no tendría validez.Una vez notificada la resolución –sucedió este martes–, la asociación tiene 15 días para recurrirla. Dice la Ley Orgánica de la IGJ que “las actuaciones se elevarán a la cámara dentro de los cinco días de interpuesto el recurso y ésta dará traslado por otros cinco días a la IGJ”. Como sea, la asamblea de este jueves va camino a desarrollarse. Con autorización o sin ella.

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