La Justicia rechazó un recurso de la defensa de Cristina Kirchner para ampliar el ingreso de personal doméstico
Viernes 02 de
Enero 2026
El Tribunal Oral Federal 2 ratificó las condiciones del régimen de prisión domiciliaria y dejó sin efecto un planteo presentado mientras el tema es analizado por la Cámara Federal de Casación Penal
Cristina Fernández de Kirchner cerró 2025 con un nuevo revés judicial por las visitas durante la ejecución de su condena a seis años de prisión en la causa Vialidad. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 rechazó un recurso de su defensa, vinculado a un pedido para que revise una decisión sobre la ampliación de permisos para el ingreso de personal doméstico.
Se trató de un recurso de “reposición” rechazado “in limine” en el cual se ratificó que las restricciones al régimen de visitas y al ingreso de personas al domicilio donde cumple prisión domiciliaria siguen vigentes mientras el tema es revisado por la Cámara Federal de Casación.
El planteo había sido formulado por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, quienes solicitaron que se reconsiderara una decisión y se ampliaran las autorizaciones de ingreso respecto de una persona para tareas domésticas. El Tribunal autorizó el tema pero desde el momento en que la ex presidenta reciba el alta médica tras ser internada por apendicitis y vuelva al domicilio de San José 1111, donde cumple prisión domiciliaria con tobillera electrónica. El juez de ejecución de la condena, Jorge Gorini, sostuvo que los argumentos de la defensa no lograron demostrar arbitrariedad ni rigor excesivo.
El tribunal recordó que ya había contemplado la necesidad de garantizar el aseo y mantenimiento de la vivienda, autorizando el reemplazo de otras dos personas por este nuevo ingreso. No obstante, aclaró que sólo podrá efectivizarse una vez que la ex presidenta sea externada del sanatorio Otamendi y regrese a su domicilio. Se descartó que exista una restricción irrazonable. “No se advierte arbitrariedad ni rigor excesivo alguno, sino una razonable ponderación de las circunstancias del caso y de los fines propios del régimen de ejecución de la pena bajo modalidad domiciliaria”, sostuvo el magistrado.
Este conflicto se enmarcó en uno más amplio por las visitas y al régimen impuesto a la ex presidenta en su prisión domiciliaria. Al respecto el Tribunal recordó que todo está ya apelado ante la Cámara Federal de Casación Penal pero sin efecto suspensivo, por lo que las restricciones continúan plenamente vigentes.
Ese régimen fija un máximo de tres personas por día, visitas que no pueden extenderse más de dos horas, autorizaciones solo en dos oportunidades semanales, salvo circunstancias excepcionalísimas, y la obligación de requerir autorización judicial previa para toda persona que no esté incluida en una nómina habilitada. A ello se suma la limitación para el uso de espacios comunes: la ex presidenta solo puede acceder a la terraza del edificio una vez por día, en horario diurno —entre las 6 y las 20— y por un lapso máximo de dos horas.
La discusión de fondo quedó ahora en manos de la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá definir si esas reglas constituyen un control razonable de la ejecución de la pena o si implican, como sostiene la defensa, un agravamiento ilegítimo del castigo, contrario a los principios de legalidad y a los estándares de derechos humanos.
Un dato clave es que, si se habilita la feria judicial de enero, la definición podría quedar en manos de la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal, que tendría competencia para intervenir de manera excepcional durante el receso.
En la revisión de las decisiones vinculadas a la causa Vialidad interviene de manera habitual la sala IV del máximo tribunal penal federal del país integrada por los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos. Pero durante enero quedó a cargo la sala de feria con los camaristas Borinsky, Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci.
El 29 de diciembre el Tribunal Oral Federal 2 concedió el recurso de Casación contra la decisión de limitar las visitas y dejar fuera del listado irrestricto a otras personas, como su cuñada Alicia Kirchner y las hijas de esta última Romina y Natalia.
Se trató de un recurso de “reposición” rechazado “in limine” en el cual se ratificó que las restricciones al régimen de visitas y al ingreso de personas al domicilio donde cumple prisión domiciliaria siguen vigentes mientras el tema es revisado por la Cámara Federal de Casación.
El planteo había sido formulado por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, quienes solicitaron que se reconsiderara una decisión y se ampliaran las autorizaciones de ingreso respecto de una persona para tareas domésticas. El Tribunal autorizó el tema pero desde el momento en que la ex presidenta reciba el alta médica tras ser internada por apendicitis y vuelva al domicilio de San José 1111, donde cumple prisión domiciliaria con tobillera electrónica. El juez de ejecución de la condena, Jorge Gorini, sostuvo que los argumentos de la defensa no lograron demostrar arbitrariedad ni rigor excesivo.
El tribunal recordó que ya había contemplado la necesidad de garantizar el aseo y mantenimiento de la vivienda, autorizando el reemplazo de otras dos personas por este nuevo ingreso. No obstante, aclaró que sólo podrá efectivizarse una vez que la ex presidenta sea externada del sanatorio Otamendi y regrese a su domicilio. Se descartó que exista una restricción irrazonable. “No se advierte arbitrariedad ni rigor excesivo alguno, sino una razonable ponderación de las circunstancias del caso y de los fines propios del régimen de ejecución de la pena bajo modalidad domiciliaria”, sostuvo el magistrado.
Todo en Casación
Este conflicto se enmarcó en uno más amplio por las visitas y al régimen impuesto a la ex presidenta en su prisión domiciliaria. Al respecto el Tribunal recordó que todo está ya apelado ante la Cámara Federal de Casación Penal pero sin efecto suspensivo, por lo que las restricciones continúan plenamente vigentes.
Ese régimen fija un máximo de tres personas por día, visitas que no pueden extenderse más de dos horas, autorizaciones solo en dos oportunidades semanales, salvo circunstancias excepcionalísimas, y la obligación de requerir autorización judicial previa para toda persona que no esté incluida en una nómina habilitada. A ello se suma la limitación para el uso de espacios comunes: la ex presidenta solo puede acceder a la terraza del edificio una vez por día, en horario diurno —entre las 6 y las 20— y por un lapso máximo de dos horas.
La discusión de fondo quedó ahora en manos de la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá definir si esas reglas constituyen un control razonable de la ejecución de la pena o si implican, como sostiene la defensa, un agravamiento ilegítimo del castigo, contrario a los principios de legalidad y a los estándares de derechos humanos.
Un dato clave es que, si se habilita la feria judicial de enero, la definición podría quedar en manos de la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal, que tendría competencia para intervenir de manera excepcional durante el receso.
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Con información de
Infobae
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