"Mafia" de los Medicamentos: apartaron de la causa a Oyarbide
Miércoles 03 de
Septiembre 2014

La Cámara federal dispuso la medida contra el magistrado y también lo denunció por mal desempeño de sus funciones.
La Cámara Federal porteña apartó al juez federal Norberto Oyarbide de la investigación de la llamada "mafia de los medicamentos" y lo denunció por mal desempeño ante el Consejo de la Magistratura.
La Sala II de la Cámara Federal, compuesta por los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun, sostuvo que Oyarbide incumplió las órdenes contenidas en dos fallos para que la investigación por presunto lavado de dinero fuese enviada a su par Ariel Lijo, quien investigaba hechos similares, en relación a una causa de lavado de activos de origen delictivo.
Pese a ello, Oyarbide no cumplió con esas resoluciones y sobreseyó por ese delito al exsuperintendente de Servicios de Salud (SSS) Héctor Cappacioli, al exlegislador del Frente para la Victoria Sebastián Gramajo, y al director de Lotería Nacional Hérnan Diez -los tres a cargo de la recaudación de fondos para la campaña presidencial de 2011 de Cristina Kirchner y Julio Cobos- y al empresario Gabriel Brito.
Sin "presumir las razones que pudieron llevar a repetir esa irregularidad" de sobreseer a los exfuncionarios sin cumplir las órdenes del tribunal de alzada, "sí habrá de observarse que, cualquiera sean esos motivos, un fallo dictado en semejantes condiciones torna aplicable la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para supuestos asimilables", indicaron los camaristas.
Pese a ello, Oyarbide no cumplió con esas resoluciones y sobreseyó por ese delito al exsuperintendente de Servicios de Salud (SSS) Héctor Cappacioli, al exlegislador del Frente para la Victoria Sebastián Gramajo, y al director de Lotería Nacional Hérnan Diez -los tres a cargo de la recaudación de fondos para la campaña presidencial de 2011 de Cristina Kirchner y Julio Cobos- y al empresario Gabriel Brito.
Sin "presumir las razones que pudieron llevar a repetir esa irregularidad" de sobreseer a los exfuncionarios sin cumplir las órdenes del tribunal de alzada, "sí habrá de observarse que, cualquiera sean esos motivos, un fallo dictado en semejantes condiciones torna aplicable la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para supuestos asimilables", indicaron los camaristas.
Con información de
NA

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